Registro extemporáneo de nacimiento

Ahora los mexicanos que están en Estados Unidos podrán registrar su nacimiento o el de sus hijos nacidos en México si no lo hicieron mientras vivían en nuestro país.
Para hacer este registro se necesita:
- Certificado de nacimiento emitido por el hospital o clínica de salud donde nació la persona a registrar, o bien, por la partera debidamente registrada que atendió el parto; o
- Constancia de parto o alumbramiento; o
- Prueba pericial en genética molecular del ácido desoxirribonucleico (ADN) que cumpla con las formalidades técnicas y científicas, para comprobar filiación.
Además de:
- Acta de nacimiento de los padres.
- Identificación de la persona a registrar.
- Identificación oficial vigente de los padres.
- Certificado de inexistencia emitido por el Registro Civil del Estado de nacimiento.
- Comprobante de domicilio a nombre de la persona a registrar.
La realización de este trámite es un avance muy positivo en los servicios consulares ya que hace realidad una demanda muy sentida de los mexicanos en el exterior. Este servicio garantiza el derecho a la identidad que todos los mexicanos tenemos independientemente del lugar en donde nos encontremos y se traduce en importantes beneficios, especialmente para aquellos que se encuentren en situación vulnerable. Además, el registro de nacimiento permite el reconocimiento jurídico y social de la persona.
Si vives en los condados de San Benito, Santa Clara, Santa Cruz y Monterey, y nunca te han registrado, te invitamos a realizar este trámite en el Consulado General de México en San Jose, California.
El trámite es gratuito y para iniciarlo necesitas acudir al Consulado con tu documentación para que sea revisada y se te programe una cita.