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Ley Aduanera en México dispone el cumplimiento del pago de impuestos al comercio exterior. Sin embargo, los mexicanos que regresan al país, tienen derecho a importar su menaje de casa en franquicia libre del pago de estos impuestos.

El menaje de casa se integra por las siguientes mercancías usadas:

·         Ajuar y mobiliario de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia.

·         Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas (que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte).

·         Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante (no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres)

La lista de menaje de casa no comprenderá mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales ni las que puedan ser reguladas bajo el ámbito de la Ley del Registro Federal de Vehículos, por lo que NO PROCEDE IMPORTAR LIBRE DE IMPUESTOS, VEHÍCULOS AUTOMOTORES DENTRO DEL MENAJE DE CASA.

Para tener derecho a la exención del pago de impuestos al comercio exterior se requiere cumplir con cualquiera de los siguientes plazos:

        I.            Que el solicitante traiga o lleve consigo el menaje de casa.

     II.            Que el menaje de casa llegue o salga dentro de los tres meses anteriores a la entrada o salida del solicitante.

   III.            Que el menaje de casa llegue hasta seis meses después de la fecha en que el solicitante arribe a territorio nacional.

REQUISITOS

1.      Carta dirigida al Consulado en la que solicite el trámite de menaje de casa y manifieste su regreso definitivo a México. Debe indicar el domicilio actual (en el extranjero), así como el domicilio al que llegará en México. En dicha carta debe especificar que es la primera vez que solicita el menaje de casa y el tiempo que permaneció en el extranjero.

 

2.      Acreditar nacionalidad mexicana con:

a.       Acta de nacimiento

b.      Pasaporte mexicano

c.       Carta de Naturalización

d.      Declaratoria de Nacionalidad

 

3.      Identificación oficial vigente con fotografía

 

4.      Acreditar con documentos que demuestren, a juicio y satisfacción del funcionario consular, que estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado fuera de México por lo menos los últimos seis meses. Podrá presentar:

 

a.       Recibos de pago de salarios o de servicios públicos

b.      Contrato de arrendamiento (notariado)

c.       Estados de cuenta de tarjetas de crédito, de cheques u otra similar

d.      Carta notariada del propietario del inmueble donde vivió

 

5.      Lista de menaje de casa firmada en cada hoja. La lista deberá contener una descripción detallada de los bienes que la integran y su cantidad. En el caso de los artículos eléctricos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie.

Nota: La lista del menaje de casa no comprenderá mercancías que hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales.

COSTO

·         $138.00 dólares (Mexicanos) y $185.00 dólares (Extranjeros). El pago es en efectivo.

 

Consideraciones finales:

·         El probatorio de nacionalidad, la identificación y los documentos que acrediten su domicilio en el exterior deberán presentarse en original y acompañarse de CUATRO fotocopias

·         La lista de menaje de casa, así como la carta dirigida al Consulado deberá presentarla por CUADRUPLICADO