Se considera como menaje de casa la mercancía que comprende: El mobiliario de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, además de ropa, libros, obras de arte o científicas, siempre que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte.
Para los extranjeros existe la posibilidad de que su menaje ingrese al país como importación en franquicia o temporal.

Importación en franquicia

Los inmigrantes extranjeros podrán obtener el Certificado de Menaje de Casa, como importación en franquicia, presentando los siguientes requisitos:

a) Pasaporte y FM2 vigentes, con los que acredite su calidad migratoria de inmigrante.
b) Señalar el lugar en el que establecerá su residencia en territorio nacional y la descripción de los bienes que integran su menaje.
c) Lista de menaje de casa, por cuadriplicado, la que deberá contener una descripción detallada y la cantidad de los bienes que lo integran. Los artículos eléctricos, por ejemplo, indicarán marca, modelo y número de serie. La lista del menaje de casa no comprenderá mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales. De igual forma, no se pueden importar libre de impuestos vehículos automotores dentro del menaje de casa.
d) Cubrir lo derechos correspondientes de conformidad con la Ley Federal de Derechos.


La exención de pago de impuestos por la importación de menaje de casa surtirá efecto:

a) El interesado lo traiga consigo al momento de su llegada a México;
b) Cuando el menaje llegue dentro de los tres meses anteriores a la llegada del interesado al país. En este caso, es necesario otorgar garantía ante alguna institución financiera mexicana por los gastos de almacenaje, contribuciones por el probable exceso de lo que pudiese ser considerado dentro del menaje de casa u otros que pudieran causarse.
c) Hasta 6 meses después de la fecha en que el interesado se haya internado al país. Cabe señalar que si el menaje de casa no se interna en este periodo, se requerirá obtener de la Administración General de Aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la prórroga correspondiente.

Importación temporal

Los extranjeros que posean la calidad migratoria de No inmigrante Visitante, Visitante Distinguido y Estudiantes podrán importar al amparo del régimen de importación temporal un menaje de casa por el plazo que dure su calidad migratoria, incluyendo sus prórrogas, siempre que a su salida las retornen al extranjero, y podrán obtener el Certificado de Menaje de Casa presentando los siguientes requisitos:

a) Presentar original y copia de pasaporte vigente.
b) Original y copia de FM3 vigente con la que acrediten la calidad migratoria.
c) Señalar el lugar en el que establecerán su residencia en México.
d) Relación de bienes que integran el menaje de casa.
e) Manifestar por escrito que se obligan al retorno de la mercancía y que, en caso de cambio de domicilio, darán aviso a la autoridad aduanera.
f) Pago de derechos conforme a la Ley de Derechos.


Nota importante: En cualquiera de estos casos, sólo se expedirá un Certificado de Menaje de Casa por familia.

 

Los datos que se proporcionan por este medio tienen carácter meramente informativo y son para efectos de referencia, por lo que la Secretaria de Relaciones Exteriores no asume ninguna responsabilidad por la información aquí contenida. Dado que los requisitos de los servicios pueden cambiar frecuentemente, se aconseja a los usuarios contactar personalmente a la Embajada y/o Consulado respectivos para asegurarse que esta información sea exacta antes de realizar cualquier trámite.