Pasaportes

 

PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIÓN DE PASAPORTES

Para realizar su trámite de pasaporte, es necesario programar su cita en el portal www.citas.sre.gob.mx

El interesado deberá comparecer personalmente con la documentación original en el Consulado el día de su cita, junto con los requisitos generales y particulares. Los menores de edad deberán estar acompañado por ambos padres. En caso de que algún padre esté ausente, deberá tramitar una autorización OP7-II en el consulado u oficina de pasaportes más cercana.

Debido a la naturaleza del trámite no se admiten intermediarios para tramitar pasaporte ni la presencia de terceros no autorizados, a excepción de los papás en el caso de menores de edad.

Los pasaportes con vigencia de 3, de 6 y de 10 años serán elaborados en las Oficinas Centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por lo que el trámite puede demorar en promedio seis semanas.

El Consulado puede expedir el mismo día, pasaportes de emergencia con vigencia de un año a quien se encuentre con urgencia comprobada de viaje siete días antes del mismo o de trámite migratorio.

El pasaporte de emergencia está limitado a un año o menos de vigencia y no tiene un chip electrónico integrado. El objetivo del pasaporte de emergencia es, principalmente, viajar de regreso a México. Es posible que algunos países no acepten un pasaporte de emergencia, por lo tanto, los funcionarios de inmigración pueden negarle la entrada o el personal de la aerolínea puede negarle el embarque en el avión.

Requisitos

Requisitos generales:

1.     Llenar la Solicitud de Pasaporte Ordinario Mexicano (OP5), si no le es posible obtenerla aquí en el portal le será proporcionada en el Consulado.

2.    Presentar copia certificada del acta de nacimiento mexicana (conocida como original). Si no cuenta con ella, consulte aquí el apartado de Actas Mexicanas.

Nota: Si el acta de nacimiento es extemporánea (cuando el registro en territorio nacional se efectuó después de un año del nacimiento) deberá presentar documentación complementaria.

En los casos que corresponda, presentar también Certificado de Nacionalidad Mexicana original, Carta de Naturalización Mexicana original, Declaratoria de Nacionalidad Mexicana original.

3.    Presentar identificación oficial vigente (con fotografía y firma) del interesado y de los padres en el caso de menores de edad. El nombre completo deberá coincidir plenamente con el acta de nacimiento mexicana.

4.   Pagar los derechos correspondientes, de acuerdo con la vigencia del pasaporte solicitado. El pago será realizado por PIX o boleto bancario al momento de su cita.

No requiere fotografías. El nuevo sistema permite tomarle la fotografía que aparecerá en el pasaporte.

A.  Requisitos particulares para canje/renovación:

5.   Además de los requisitos generales, presentar el pasaporte a renovar vigente o expirado.

  • Aplica también cuando se han agotado todas las páginas y no queda más espacio para sellos o visas, o bien, cuando la vigencia es menor a seis meses o inclusive a un año por trámites migratorios o de visas para otros países.
  • Los pasaportes que se presentan para renovación por un pasaporte de un año, se cancelan y se devuelven al interesado el mismo día al concluir el trámite (especialmente cuando cuentan con visas de otros países, vigentes o no). Se retienen cuando están alterados, destruidos o mutilados.
  • En el caso de pasaporte presentado para renovación por uno de 3, de 6 o de 10 años, se devuelve el mismo día y solamente será cancelado hasta recibir el pasaporte nuevo de México.
  • No se aceptan pasaportes anteriores cancelados para canje/renovación.

·         En el caso de mujeres casadas que presentan el pasaporte en el que aparecen su apellido paterno y el del esposo, deberán presentar invariablemente el original del acta de nacimiento mexicana junto con los requisitos generales, debido a que en el nuevo sistema de pasaportes deben capturarse los apellidos paterno y materno, así como el acta de matrimonio en caso de que desee que aparezca el nombre del cónyuge en el pasaporte, en un espacio aparte.

  

B. Requisitos particulares para reposición por robo, pérdida/extravío, destrucción o mutilación:

5.   Además de los requisitos generales, presentar el original del reporte de robo, pérdida/extravío, destrucción, mutilación (Boletim de Ocorrência) levantado ante autoridad competente del lugar donde ocurrieron los hechos (generalmente en cualquier delegación de policía).

  • Adicionalmente el interesado puede presentar toda la documentación de apoyo que considere pertinente.
  • Por motivos de seguridad, antes de expedir un nuevo pasaporte, el Consulado de México reportará la pérdida o robo del pasaporte a México y tratará de verificar la validez del pasaporte extraviado, así como la identificación del solicitante. Este proceso puede llevar, en promedio, diez días hábiles (pudiendo ser mayor).
  • Los pasaportes que se presentan para reposición por encontrarse destruidos, con alteraciones, dañados o mutilados (parcial o totalmente) serán retenidos.
  • No se aceptan pasaportes anteriores ya cancelados, con objeto de tramitar una reposición.

C. Requisitos particulares para expedición de pasaporte de emergencia:

5.    Además de los requisitos generales, presentar la documentación que justifique la emergencia por la cuál se tramita el pasaporte. Dicho documento puede ser la presentación de boletos de avión en un periodo no mayor de siete días a la fecha de viaje, comprobantes médicos, laborales o académicos; entre otros.

El pasaporte de emergencia está limitado a un año o menos de vigencia y no tiene un chip electrónico integrado. El objetivo del pasaporte de emergencia es, principalmente, viajar de regreso a México. Es posible que algunos países no acepten un pasaporte de emergencia, por lo tanto, los funcionarios de inmigración pueden negarle la entrada o el personal de la aerolínea puede negarle el embarque en el avión.

En el caso en el que el solicitante se presente sin cita y con emergencia comprobada, de conformidad con el punto anterior, se cobrará un 30% adicional al valor del pasaporte.

D. Requisitos particulares para menores de edad:

5.   Junto con los requisitos generales, ambos padres deben comparecer también y presentar cada uno su identificación oficial vigente con foto (p.ej. pasaporte o credencial para votar) y el acta de nacimiento mexicana del menor de edad para comprobar la filiación y firmar la Forma OP7 (consentimiento correspondiente para la expedición de pasaporte a menores de dieciocho años de edad), que se les proporcionará en el Consulado, o bien, si uno de los padres no estará presente para tramitar el pasaporte del menor de edad, entonces:

  • Si se encuentra en México deberá comparecer en cualquier Oficina de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores para firmar la Forma OP7 -II presentando su identificación oficial vigente con foto (p.ej. pasaporte o credencial para votar) y el acta de nacimiento mexicana del menor de edad para comprobar la filiación. La Delegación se encargará de enviarla a este Consulado a través de correo electrónico oficial. Este procedimiento es gratuito.
  • Si se encuentra en el exterior deberá comparecer en un Consulado o Embajada de México para firmar la Forma OP7-II presentando su identificación oficial vigente con foto (p.ej. pasaporte o credencial para votar) y el acta de nacimiento mexicana del menor de edad para comprobar la filiación. El Consulado/Embajada se encargará de enviarla a este Consulado a través de correo electrónico oficial. Este procedimiento es gratuito.

Derechos

Derechos:

El pago de derechos se efectúa en Reales brasileños (BRL) por medio de PIX. El valor en reales será comunicado al momento de realizar su trámite.

Cada mes se fija un tipo de cambio oficial (Dólar estadounidense - Real de Brasil), por lo que, el importe a pagar puede mudar de un mes a otro dependiendo de la tasa de cambio.

 

Vigencia

Dólares

1 año

US$ 41.00

3 años

US$ 96.00

6 años

US$ 130.00

10 años

US$ 198.00

Pasaporte de emergencia

1 año*

US$ 53.00

 

*Conforme lo dispuesto por la Ley General de Derechos, a partir del 1 de enero de 2021, los pasaportes de emergencia pagarán un monto adicional de 30% del costo del pasaporte ordinario. Por ejemplo, para el caso del pasaporte de 1 año, se pagarán US$41.00 + US$ 13.00. Para su expedición es necesario presentar la documentación que justifique la emergencia por la cual se tramita el pasaporte, tales como boleto de avión, comprobante médico, laboral o académico; entre otros. 

Generalmente, el pasaporte con vigencia de 1 año se expide el mismo día, no obstante, está sujeto al volumen de trámites de servicios consulares en general. 

El pasaporte con vigencia de 3, 6 o 10 años será elaborado en las Oficinas Centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por lo que, el trámite puede demorar en promedio seis semanas.

Los menores que aún no cumplen los tres años de edad podrán tramitar pasaporte con vigencia de hasta 3 años. Podrán obtener pasaporte con vigencia de 1 año si se encuentran con necesidad de viaje o necesidad de trámite migratorio.

Los menores con tres años de edad cumplidos podrán tramitar pasaporte con vigencia de 3 o de 6 años. Podrán obtener pasaporte con vigencia de 1 año si se encuentran con necesidad de viaje o necesidad de trámite migratorio.

Los mayores de 18 años de edad podrán tramitar pasaporte con vigencia de 3, 6 o 10 años. Podrán obtener pasaporte de emergencia con vigencia de 1 año si se encuentran con necesidad de viaje o necesidad de trámite migratorio.

Identificaciones

Identificaciones:

  • Adultos: credencial para votar; cédula o título profesional; credencial del INAPAM, IMSS o ISSSTE; credencial nacional para personas con discapacidad emitida por el DIF; carta de pasante; cartilla del SMN liberada; cédula de identidad de extranjero (CIE/RNE conocida como RNE o RNM) expedida por el Departamento de Policía Federal de Brasil. En el caso de que en la identificación conste nombre de casada, deberá presentarse adicionalmente el acta de matrimonio.
  • Menores: credencial escolar vigente; certificado de estudios de primaria, secundaria o preparatoria; credencial del IMSS o ISSSTE; credencial nacional para personas con discapacidad emitida por el DIF; cédula de identidad RG (Registro Geral) para los nacidos en Brasil; cédula de identidad de extranjero (CIE/RNE conocida como RNE) expedida por el Departamento de Policía Federal de Brasil; constancia de estudios que señale el grado de estudios que cursa, con foto cancelada con el sello de la escuela y con firma reconocida en cartório de quien suscriba la constancia.

Exclusivamente para los menores que no han cumplido los 7 años de edad:

  • A falta de alguna de las identificaciones ya mencionadas pueden presentar constancia médica con fotografía y sello de una institución médica reconocida por las autoridades de salud de este país.
  • La constancia deberá estar en papel membretado (timbrado) con nombre y fotografía del menor, nombre de los padres y que señale el tiempo que ha sido su médico.
  • La fotografía deberá estar cancelada con el sello de la institución.
  • La firma del médico deberá ser reconocida en cartório.
  • Presentar una copia autenticada ante cartório de la cédula profesional del médico (carteira de identidade médica do CRM).
  • La constancia tendrá una validez de 30 días naturales a partir de su expedición.

 

Documentación Complementaria

Documentación complementaria para las actas de nacimiento extemporáneas:

Si el interesado nació en territorio nacional y en el acta de nacimiento consta que el registro se realizó después del primer año de vida, se considera extemporáneo, por lo que, será necesario presentar al menos uno de los siguientes documentos:

  • Copia certificada del acta de matrimonio mexicana de los padres, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
  • Copia certificada del acta de nacimiento mexicana del padre o madre mexicano, siempre y cuando hayan sido registrados dentro del primer año de vida.
  • Copia certificada del acta de nacimiento mexicana de un hermano mayor, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y haya sido registrado dentro del primer año de vida.

Citas

Para el trámite es necesario obtener una cita a través de Citas SRE en el siguiente enlace: https://citas.sre.gob.mx.

Una vez concluida la agenda, imprimirá la hoja con la fecha y horario (seleccionado por el propio usuario) en que comparecerá en el Consulado con los documentos citados en el apartado de Requisitos generales y particulares.

Información sobre pasaportes del Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER)

 

Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

  

 

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

 

SRE-01-020-A

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A

 

SRE-01-020-B

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B

 

SRE-01-020-C

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C

 

SRE-01-020-D

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D

 

SRE-01-020-E

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E

 

SRE-01-020-F

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F

 

SRE-01-020-G. 

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años. 

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

 

SRE-01-020-H

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

 

SRE-01-020-I

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I

 

SRE-01-020-J

Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J

 

SRE-01-020-K

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K