Registro de Matrimonio
Parejas de nacionales mexicanos que deseen contraer matrimonio podrán celebrarlo en las oficinas consulares en Brasilia, Rio de Janeiro y São Paulo.
Se recomienda establecer contacto con el Consulado a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (ASUNTO: REGISTRO DE MATRIMONIO) para realizar una verificación documental y programar la cita para el registro, en la cual deberán comparecer los contrayentes y los testigos con sus respectivas identificaciones.
Requisitos:
1. Ambos contrayentes deberán acreditar su nacionalidad mexicana mediante pasaporte vigente, acta de nacimiento, certificado de nacionalidad mexicana, o carta de naturalización;
2. Llenar una solicitud, será enviada por correo una vez establezcan contacto con el Consulado.
3. Declaración de dos testigos por contrayente mayores de edad que los conozcan y a quienes les conste que no tienen impedimento legal para casarse (sino hubiere dos testigos que conozcan a ambos, presentarán dos testigos por cada uno de ellos);
4. Certificado suscrito por médico titulado que asegure, bajo protesta de decir verdad, que los contrayentes no padecen sífilis, tuberculosis ni enfermedad alguna que sea crónica, incurable, contagiosa o hereditaria;
5. Convenio en el cual los pretendientes arreglan la situación de sus bienes presentes y de los que adquieran durante el matrimonio. Este convenio, denominado Capitulaciones Matrimoniales, puede celebrarse bajo uno de los dos tipos de régimen:
a) De sociedad conyugal
b) De separación de bienes
1. En el caso de matrimonios de menores (varones mayores de 16 y mujeres mayores de 14 años), se acompañará el consentimiento de las personas que ejercen la patria potestad o la tutela, en su caso. Estas mismas aprobarán el convenio de Capitulaciones;
2. Si uno de los contrayentes es viudo, se debe anexar la copia del acta de defunción del cónyuge fallecido;
3. Si alguno o ambos contrayentes son divorciados, se debe presentar copia certificada de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o, en su caso, de la nulidad de matrimonio.
4. Realizar el pago de derechos correspondiente. Puede realizarse por PIX o boleto bancario al momento de su cita.
Copias certificadas
Las representaciones consulares únicamente entregan a los interesados constancia del registro de matrimonio, se recomienda obtener copias certificadas de dicha acta.