Registro de Nacimiento

En el Consulado General en Sao Paulo podrán registrarse los nacimientos de hijos de madre o padre mexicanos ocurridos en la circunscripción.

Se recomienda establecer contacto con el Consulado a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (ASUNTO: REGISTRO DE NACIMIENTO) para realizar una verificación documental y programar la cita para el registro, en la cual deberán comparecer el registrado, ambos progenitores y los dos testigos.

Requisitos:

1.     Llenar la solicitud de forma completa y veraz, no omitiendo datos ni abreviando nombres. 

2.    Acta de nacimiento original (segunda vía) del(a) hijo(a) acompañada de traducción al español. Deberá constar que al menos uno de los padres es mexicano. Si el acta no es brasileña deberá estar legalizada o "apostillada".

3.    Original y copia de una identificación vigente de la persona a registrar, de preferencia el pasaporte. En caso de que la persona a registrar no cuente con pasaporte vigente, podrá presentar el RG en original y copia, acompañadas de traducción al español.

4.   Original y copia del pasaporte vigente de ambos progenitores. Al menos uno debe de tener la nacionalidad mexicana. Primeras dos páginas que contienen firma/foto y últimas dos (página 32 y contraportada con el número de libreta y/o código de barras). En caso de que uno de los progenitores tenga la nacionalidad brasileña y no cuente con pasaporte vigente, podrá presentar el RG en original y copia, acompañadas de traducción al español.

5.    Original y copia del pasaporte o identificación vigente de las dos personas que fungirán como testigos:

·         Si el pasaporte es mexicano: Primeras dos páginas que contienen firma/foto y últimas dos (página 32 y contraportada con el número de libreta y/o código de barras).

·         Si el pasaporte no es mexicano: de las páginas que contengan foto/firma y número del pasaporte y/o de la libreta.

·         En caso de testigos brasileños que no cuenten con pasaporte vigente, podrán presentar copia de RG o licencia de manejo vigentes, acompañadas de traducción al español.

6.    Acta de Matrimonio certificada por el Registro Civil (caso de México) o Segunda Vía del Acta de Matrimonio (caso de Brasil) "apostillada" y acompañada de traducción al español. Si el acta de matrimonio no es mexicana deberá estar legalizada o "apostillada" y acompañada de traducción al español.

Se recomienda enfáticamente a los padres verificar plenamente que los datos contenidos en el acta de nacimiento del menor se encuentren correctos, ya que, una vez que el acta es firmada por el Cónsul General, adquiere plena validez y los cambios al acta solo podrán hacerse a través de un juicio civil en México. Es decir, una vez firmada, el acta NO puede ser modificada o cancelada por este Consulado.

El acta del(a) hijo(a) y la de matrimonio de los padres no se devuelven, se retienen para su concentración al Juzgado Central del Registro Civil de de la Ciudad de México, Distrito Federal; a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores.