Constancia de antecedentes penales federal
En agosto de 2021, la Secretaría de Relaciones Exteriores firmó un convenio con el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana el cual tiene como propósito que las personas mexicanas que se encuentren fuera del país puedan obtener su constancia de antecedentes penales federal en el consulado más cercano sin tener que viajar a territorio nacional o recurrir a terceros.
El Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana es la instancia responsable de la expedición de las constancias de antecedentes penales federales. Lo anterior significa que el papel del consulado se encuentra limitado a fungir como enlace para la recepción de solicitudes, su impresión y su certificación correspondiente por lo que no tendrán ninguna responsabilidad respecto a su contenido o resultado.
A fin de que el Consulado de México en Seattle pueda apoyarle en el proceso antes mencionado, es necesario solicitar una cita escribiendo un correo electrónico o enviando un mensaje de texto a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
REQUISITOS:
1.- Clave Única de Registro de Población CURP
2.- Copia certificada de acta de nacimiento
3.- Identificación oficial con fotografía, la cual puede ser:
- Credencial para votar (INE) con una vigencia no mayor a 5 años
- Pasaporte
- Cartilla militar liberada
- Cédula profesional
- Título Profesional
- Matrícula Consular
- Licencia de conducir o identificación oficial estadounidense
4.- Documento fundado y motivado por parte de la autoridad que este requiriendo el trámite como requisito (por ejemplo: oficio o carta de migración donde se le haya requerido la constancia de antecedentes en casos de trámites de regularización migratoria).
5.- Pago de derechos ($)
IMPORTANTE: La constancia se entrega usualmente al siguiente día hábil, sin embargo la expedición de la misma depende de los tiempos de respuesta del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana por lo que en algunos casos los tiempos de respuesta pueden extenderse hasta 5 días.