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PASAPORTE

 

A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2022 LAS CITAS PARA TRÁMITES DE PASAPORTE, MATRÍCULA Y/O SOLICITUD DE CREDENCIAL PARA VOTAR, DEBERÁN REALIZARSE A TRAVÉS DEL SISTEMA "MICONSULADO" LLAMANDO AL TELÉFONO 424-309-0009 O EN LÍNEA EN LA PÁGINA https://citas.sre.gob.mx

TRAMITA TU CITA AHORA POR WHATSAPP, MANDANDO UN MENSAJE A 424-309-0009 O EN LÍNEA EN LA PÁGINA https://citas.sre.gob.mx.

 

IMPORTANTE: Existe una gran demanda de servicios, sin embargo se habilita nueva disponibilidad de citas para los diferentes trámites cada 2 semanas.

 La disponibilidad se agota en poco tiempo por lo que se sugiere buscar su cita para pasaporte, matrícula y/o credencial de elector los días jueves, que es cuando este consulado usualmente solicita la apertura de espacios al sistema de citas.

Si usted se encuentra en una situación de emergencia que requiera de forma inminente de un pasaporte o algún otro documento consular, puede escribirnos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Por este medio solo se consideran casos de URGENCIA tales como fallecimientos o algún proceso legal que cuente con pruebas documentales, requiera inminentemente de algún trámite del consulado y no puede esperar a que haya nueva disponibilidad de citas. 

 

El pasaporte es el documento de identidad y viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus oficinas de emisión de pasaportes y consulados, expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre paso.

El pasaporte además de permitirle viajar a otros países, es un medio aceptado internacionalmente como identificación y prueba de nacionalidad.

  

 

PARA ESTE TRÁMITE ÚNICAMENTE SE REQUIEREN DOCUMENTOS ORIGINALES LOS CUALES SE DEVUELVEN A LA PERSONA USUARIA UNA VEZ FINALIZADO EL PROCESO. YA NO ES NECESARIO TRAER FOTOGRAFÍAS O COPIAS DE SUS DOCUMENTOS

 

EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ

 

Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener pasaporte, cumpliendo con los siguientes requisitos.      

 

  1. Acudir personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica MICONSULADO llamando al teléfono 424-309-0009 o en la página web https://citas.sre.gob.mx.

                  

  1. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:
  • Acta de nacimiento (Verifica que tu acta de nacimiento no sea extemporánea*, encuentra más abajo mayor información)
  • Certificado de nacionalidad mexicana
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
  • Carta de naturalización
  • Matrícula consular de alta seguridad, es decir, expedida después de 2005 

 

  1. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con su acta de nacimiento o el documento con el que está acreditando su nacionalidad.
  • Matrícula consular de alta seguridad, es decir, expedida después de 2005 
  • Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral 
  • Cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional
  • Cédula profesional
  • Título profesional
  • Certificado de nacionalidad mexicana
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana
  • Carta de naturalización
  • Licencia de conducir Mexicana con medidas de seguridad
  • Licencia de conducir de Washington, Idaho o Alaska
  • Identificación oficial emitida por los estados de Washington, Idaho o Alaska
  • Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América (Green Card)
  • Certificado de Primaria o Secundaria con fotografía y sello oficial
  • Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial
  • Credencial del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución mexicana

 

  1. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

 

Vigencia

Derechos

1 año

(solo para

menores de 3 años)

$41

3 años

$96

6 años

$130

10 años

(solo para mayores de 18 años)

$198

 

Ya no es necesario llenar solicitudes, presentar fotografías o copias de sus documentos.

 

RENOVACIÓN

 

Para la renovación o canje de pasaporte, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 

  1. Acudir personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica MICONSULADO llamando al 424-309-0009 o en la página web https://citas.sre.gob.mx

 

  1. Presentar el pasaporte para renovar.

 

  1. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

 

Vigencia

Derechos

1 año

(solo para menores de 3 años)

$41

3 años

$96

6 años

$130

10 años

(solo para mayores de 18 años)

$198

 

IMPORTANTE: Si el Pasaporte tiene alguna restricción u observación, deberá cumplir con el requisito que se indique en el mismo; si cuenta con sello de NO CANJEABLE, deberá presentar la documentación completa como si se tratara de la primera vez. 

A fin de aprovechar al máximo la disponibilidad de citas para trámites se agradecerá atentamente al público usuario que de antemano sepa no acudirá a su cita programada para pasaporte o cualquier otro servicio consular, cancelarla enviando un correo electrónico o mensaje de texto al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Gracias por su comprensión

                                                                              

Las personas que no cuentan con identificación alguna ya sea mexicana o estadounidense pueden solicitar ante su municipio de procedencia en México a través de dos familiares o conocidos el documento denominado Constancia de Origen o Constancia de Identidad.

Con este documento las autoridades municipales certifican la identidad de la persona mexicana solicitante.

Dicho documento debe contener como mínimo los siguientes requisitos: Nombre completo del solicitante, fecha y lugar de nacimiento, nombre de los padres, domicilio actual en Estados Unidos, fecha desde la cual la persona reside en el extranjero y copia de la identificación oficial de dos testigos que son los que llevarán a cabo el trámite los cuales deben declarar bajo protesta que conocen a la persona para quien se expide la constancia.

Este documento debe estar expedido en papel membretado del estado o municipio donde se tramitó, incluir una fotografía del interesado cancelada con el sello de la autoridad competente y presentarse en original ante el consulado el día de su cita.

****No se aceptan documentos comprados con notarios estadounidenses*****

 

Descarga AQUI un ejemplo del documento

 

En estos casos deberá acudir al Departamento de Policía de la ciudad donde radica y levantar un reporte por la pérdida o robo de su pasaporte el cual que deberá presentar en el consulado con el resto de los requisitos como si se tratara de expedición por primera vez

 

 

Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte es entregado el mismo día de su cita. El trámite tomará alrededor de una hora.

 

 

Si en su identificación aparece su nombre con el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original de su acta de matrimonio.               

De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

 

IMPORTANTE: De conformidad con las leyes mexicanas, en el pasaporte debe asentarse el nombre original del solicitante de acuerdo a su acta de nacimiento o documento con el que pruebe la nacionalidad, sin embargo, el apellido del cónyuge se incluye en un apartado adicional del pasaporte al presentar acta de matrimonio.

 

MENORES DE EDAD

 

Se entiende por menor de edad a la persona aún no ha cumplido los dieciocho años y que no haya contraído matrimonio. Para la expedición de pasaporte a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:

 

  1. Comparecer personalmente en compañía de la persona menor de edad ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica MI CONSULADO llamando al 424-309-0009 o en la página web https://citas.sre.gob.mx

 

  1. Acreditar la nacionalidad mexicana de la persona menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

 

  • Acta de nacimiento 
  • Certificado de nacionalidad mexicana
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
  • Carta de naturalización
  • Matrícula consular 

 

  1. Acreditar la identidad del menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

 

  • Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana
  • Boleta certificada de algún año escolar con fotografía cancelada por sello y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana
  • Credencial de estudiante emitida por alguna institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar adicionalmente a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía del menor cancelada por sello.
  • Constancia de grado de estudios que cursa sellado por la institución educativa que incluya nombre y fotografía cancelada por sello del menor
  • Identificación oficial emitida por el estado de Washington, Alaska o Idaho
  • Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América (Green Card)
  • Para menores de 7 años, se aceptan constancias médicas con fotografía cancelada por sello y sello de una institución médica o de un médico particular del lugar donde radica el menor.
  • Matrícula Consular
  • Pasaporte Estadounidense

 

  1. Otorgar el consentimiento de ambos padres a través de la firma del formato de autorización (OP-7) NOTA: Si alguno de los padres no se encuentra presente al momento del trámite, el padre ausente debe solicitar previamente el llenado del formato en algún consulado si se encuentra fuera de México o en la oficina de pasaportes más cercana a su lugar de residencia si se encuentra en territorio nacional.

 

  1. Presentar identificación oficial vigente que incluya fotografía y firma. Los nombres de ambos padres en sus identificaciones deben coincidir fielmente con el nombre que aparece en el acta de nacimiento del menor de edad.

 

  1. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

 

Vigencia

Derechos

1 año

(solo para menores de 3 años)

$41

3 años

$96

6 años

$130

 

 

 

El formato OP7 es el que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.

 

Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para su menor hijo, deberán acudir a llenar el formato en la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio en caso de encontrarse en territorio nacional o deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda si viven en el extranjero. Una vez llenado el formato, la oficina correspondiente lo remitirá al Consulado de México en Seattle a fin de que el menor y la persona que lo acompañará en el trámite puedan presentarse.

Puede consultar la lista de Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México en la siguiente página: https://directorio.sre.gob.mx/index.php/delegaciones

La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado a pesar de que alguno cuente con la custodia. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres deben llenar el formato OP7.

La perdida de patria potestad implica que se retiran totalmente los derechos a alguno de los padres sobre un menor. En Estados Unidos se le conoce legalmente como "full custody" o "sole custody"

 

  

*ACTAS DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEAS

 

Si usted fue registrado de manera EXTEMPORÁNEA, es decir, que su registro se realizó pasados los años de gracia que tuvieron para registrarlo después de su nacimiento, sólo podrá tramitar pasaporte presentando una PRUEBA COMPLEMENTARIA.

 

Importante: Antes de visitar la Oficina Consular, verifique si su acta es extemporánea comparando su fecha de nacimiento con la fecha de registro asentada en su acta de nacimiento.

 

Períodos de extemporaneidad:

  • Personas nacidas antes de 1931, se aceptará que el registro sea extemporáneo hasta por 50 años.
  • Personas nacidas entre 1931 y 1940, se aceptará que el registro sea extemporáneo hasta por 30 años.
  • Personas nacidas entre 1941 y 1950, se aceptará que el registro sea extemporáneo hasta por 10 años.
  • Personas nacidas entre 1951 y 1976, se aceptará que el registro sea extemporáneo hasta por 5 años.
  • Personas nacidas a partir de 1977, se aceptará una extemporaneidad de hasta 3 años.

 

Si su registro de nacimiento se pasa del periodo de extemporaneidad, deberá presentar UNO de los siguientes documentos COMPLEMENTARIOS:

 

  • Certificado o constancia de alumbramiento.
  • Partida parroquial de bautismo del interesado cotejada en los libros de la parroquia donde se realizó por un Notario Público.
  • Copia certificada del acta de matrimonio del padre o madre del solicitante, expedida por el oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de ellos es mexicano y que se casaron en territorio nacional, antes de la fecha de nacimiento del solicitante.
  • Copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil. La fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
  • Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor del interesado que haya nacido en territorio nacional. Igual que en el caso anterior, la fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.

 

De no contar con alguno de estos documentos, la Oficina Consular podrá verificar por medios electrónicos o por escrito la validez del acta de nacimiento ante la oficina del Registro Civil que la expidió, sin embargo esto puede retrasar la expedición del pasaporte.

 

 

SRE-01-020-A

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A

 

SRE-01-020-B

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B

 

SRE-01-020-C

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C

 

SRE-01-020-D

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D

 

SRE-01-020-E

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E

 

SRE-01-020-F

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F

 

SRE-01-020-G. 

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años. 

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

 

SRE-01-020-H

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

 

SRE-01-020-I

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I

 

SRE-01-020-J

Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J

 

SRE-01-020-K

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K

 

 

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