Es una autorización que otorga el gobierno de Estados Unidos para ingresar a territorio estadounidense de forma temporal a personas extranjeras que no cumplen con los requisitos ordinarios de admisión.
Este permiso se otorga solamente en casos de emergencia para familiares que requieren tomar decisiones médicas de un ser querido, para asistir a funerales de familiares directos o cuando una persona es requerida por autoridades judiciales para acudir a un juicio.
El permiso humanitario únicamente es concedido a familiares en primer grado (cónyuges, padres, hijos o hermanos), y en todos los casos, el Departamento de Seguridad Interna de Estados Unidos analiza la información y emite una resolución para permitir o negar el ingreso, la cual es inapelable.
Las autoridades suelen negar el ingreso cuando la persona solicitante cuenta con antecedentes de procesos migratorios.
Es importante saber que el Consulado de México no es responsable del fallo emitido por las autoridades estadounidenses.
Si necesitas tramitar un permiso humanitario por alguna de las razones antes mencionadas, infórmate al respecto en el siguiente enlace: https://www.uscis.gov/es/humanitarios/HumanitarioBeneficioPublico