REPUDIO DE DERECHOS HEREDITARIOS

 

 

 Repudio a derechos hereditarios, las personas beneficiadas con alguna sucesión testamentaria que desean renunciar a sus derechos hereditarios pueden hacerlo mediante esta escritura notarial.

Requisitos para la elaboración del repudio de derechos hereditarios.

  1. Identificación oficial vigente.
  2. Pago de derechos $173.00

Deberán proporcionar la siguiente información: el autor de la sucesión, fecha y lugar de fallecimiento.


La función notarial es de carácter limitado por disposición del artículo 44, fracción IV, de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

El artículo 85 del reglamento de dicha ley circunscribe la autorización a los siguientes actos siguientes:

  1. Poderes generales o especiales (y revocación), así como segundos o ulteriores testimonios de dichos poderes otorgados por esta representación consular.
  2. Testamentos
  3. Actos de repudio de herencia
  4. Autorizaciones que otorgan las personas que ejerzan la patria potestad o la tutela sobre menores o incapaces.

 

Puede obtener su cita por medio de las siguientes 3  modalidades:

  1. WhatsApp: enviando la palabra “CITA” al número 1-424-309-0009
  2. Página de internet: https://citas.sre.gob.mx/inbox puede cargar los documentos para pre validarlos antes de que se asigne la cita.
  3. Por teléfono: al 1-424-309-000


Puede ponerse en contacto al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o al teléfono 520 882 5595 ext. 108 para pedir información.

Intérprete. Los comparecientes que no conozcan el idioma español, o que declaren ante el titular de la representación consular en funciones de Notario Público, que su conocimiento del mismo no es suficiente para discernir  jurídicamente sus obligaciones, se asistirán por un intérprete nombrado por ellos.

Para ello, proporcionaran una identificación oficial vigente del intérprete, así como su información general.