PROGRAMAS DE PROTECCION A MEXICANOS
SI ES MEXICANO Y SE ENCUENTRA EN CASO DE EMERGENCIA MARQUE AL NÚMERO (520)-975-5832
DIRECTORIO TELEFONO: 520-882-5595
Nombre |
Función |
Correo electrónico |
Extensión |
Pedro De Velasco Garza |
Protección Consular |
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114 |
Karen Jiménez Beltran |
Asuntos Civiles, Familiares y menores de edad |
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103 |
Christian Madrid |
Recuperación de pertenencias |
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104 |
Judith Caballero |
Asuntos Penales y Migratorios |
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111 |
Jerónimo García Ceballos |
Localizaciones y Fallecidos |
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110 |
Denys Páez Rosas |
Asuntos Penales y Laborales |
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109 |
Daniela Celaya López |
Asuntos Penales y Migratorios |
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113 |
Pendiente |
Asuntos Migratorios y Hospitalizados |
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105 |
Pendiente |
Asuntos Migratorios y Laborales |
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112 |
El Consulado de México en Tucson vigila y protege los derechos e intereses de sus nacionales en los condados de Pima y de Pinal, dando especial atención a asistir y aconsejar a nuestros compatriotas en sus relaciones con las autoridades de este país.
Este Consulado tiene facultades para asistir, auxiliar y orientar a los mexicanos que viven, trabajan o se encuentran en tránsito en los siguientes temas; te invitamos a que te acerques o nos contactes para mayor información y apoyo al Centro de Información y Atención a Mexicanos 520-623-7874, las 24 horas del día, los 7 días de la semana ó al Departamento de Protección a Mexicanos en este Consulado llamando al (520) 882-5595, extensiones 103, 104, 105, 109, 110, 112, y 113 en horario de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm. Si eres mexicano y te encuentras en caso de extrema urgencia en horarios fuera de oficina o fines de semana comunicate al (520) 975-5832.
Detenidos
Una función primordial del Departamento de Protección a Mexicanos es asistir y orientar en sus derechos a los mexicanos y mexicanas que se encuentran internados en instituciones penitenciarias de esta jurisdicción.
El Departamento de Protección asiste y brinda asesoría en materia penal a los nacionales mexicanos que residen dentro de los Condados de Pima y Pinal.
Existen diferentes tipos de asesoría que se proporciona en materia penal, entre ellas se encuentran las siguientes:
El Consulado procede de inmediato a solicitar a la autoridad involucrada un informe oficial de los hechos, para posteriormente hacer una consulta legal con un abogado especialista y estar en posibilidades de acudir ante un tribunal para que se deslinde la responsabilidad de dicha autoridad.
Se analiza el caso en particular previa consulta en las bases de datos de las cortes y tribunales de la circunscripción de este Consulado, explicando al usuario el estado que guarda el caso y la etapa procesal en la que se encuentra.
Se solicita a las autoridades administrativas de los centros de detención se realice una valoración médica del interno, y en caso de requerirlo, se le proporcione la atención médica necesaria monitoreando en todo momento el seguimiento que se le de a dicho requerimiento.
Es el mecanismo mediante el cual los individuos que están purgando una condena fuera de México pueden solicitar cumplir la sentencia en México con el fin de facilitar la readaptación social, permitiendo al sentenciado que cumpla su condena en el lugar donde viven su familia y amistades.
Los trámites de solicitud de traslado a México bajo el amparo del Tratado de Ejecución de Sentencias Penales entre México y Estados Unidos son totalmente gratuitos y se solicitan vía Consular directamente por el interesado.
Personal Consular lleva a cabo visitas a los centro de reclusión federales, estatales y condales localizados en los Condados Pima y Pinal, a fin de monitorear la situación física de los nacionales mexicanos ahí recluidos, así como ofrecer asesorías jurídicas de manera general.
Para solicitar apoyo o información en esta área comuníquese a este Consulado llamando al (520) 882-5595 a las extensión 110, o al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos al 520-623-7874 que esta abierto las 24 horas todos los días del año.
Fallecidos
La pérdida de un ser querido es un acontecimiento difícil para los familiares y amigos de la persona fallecida.
Desafortunadamente, en la jurisdicción de este Consulado se da un gran número de fallecimientos de mexicanos en su intento por cruzar de forma indocumentada a Estados Unidos.
Las extremas condiciones climáticas de invierno y verano así como la compleja situación geográfica del desierto en Arizona son la causa principal de este gran número de decesos.
El Gobierno de México, a través de la SRE y de este Consulado se encuentra realizando diversas acciones y mecanismos de colaboración con autoridades e instancias locales y federales con el objetivo de mitigar el impacto negativo del efecto migratorio entre México y Estados Unidos.
Cuando una persona fallece y está plenamente identificada, este Consulado brinda asesoría y apoyo para hacer frente a esta difícil situación y, en su caso, asiste en el traslado de los restos a México.
- Para el traslado los familiares del fallecido deben contratar los servicios de una funeraria en México. El Consulado apoya para contactar funerarias en Estados Unidos. El traslado se coordina con la oficina de atención al migrante.
- El Consulado realiza de manera gratuita el visado de ciertos documentos. La funeraria debe enviar, en original los documentos necesarios.
- Durante el proceso, la familia tendrá que proporcionar la siguiente información del fallecido para elaborar el acta de defunción:
- Nombre, fecha de nacimiento, lugar de origen, domicilio, estado civil, escolaridad, ocupación, nombre de los padres, nombre del panteón en México donde será sepultado, nombre de la funeraria en México.
Normalmente, el traslado debe realizarse de cinco a diez días (hay casos que pueden tardar 3 semanas o más, dependiendo de la complejidad del caso), después del fallecimiento, dependiendo de la causa de muerte; de la disponibilidad de vuelos; de la experiencia de la funeraria contratada; de la necesidad de conseguir autorización de familiares; y del tiempo en que se reúna el costo del traslado.
Para solicitar apoyo o información en esta área comuníquese a este Consulado llamando al (520) 882-5595 a la extensión 110 o al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos al 520-623-7874.
Civil
Existen diferentes tipos de asesoría que proporciona el Departamento de Protección en materia civil, entre ellos se encuentran las siguientes:
Asesorar a los connacionales mexicanos sobre sus derechos y obligaciones derivadas del ejercicio de matrimonios, divorcios, sesión u obtención de tutela legal sobre menores nacidos en México o en Estados Unidos, patria potestad de menores, pensiones alimenticias, adopciones, etc.
El Consulado asesora a los ciudadanos mexicanos que desean disolver matrimonios realizados en México o en Estados Unidos, y que por diversas razones no pueden viajar a México para realizar los trámites personalmente. Asimismo, se brinda asesoría a ciudadanos mexicanos que quieren o han contraído matrimonio con ciudadanos o residentes legales de Estados Unidos a fin de informarles sobre los derechos y obligaciones adquiridos.
Asistencia para que dentro del marco de la Convención de las Naciones Unidas para la Obtención de Alimentos en el Extranjero, una madre de familia que reside en la circunscripción de este Consulado pueda solicitar la pensión alimenticia a un deudor que radica en México.
En este sentido, en Consulado asesora a los connacionales sobre el procedimiento de petición y sirve como intermediario entre las autoridades correspondientes de México y Estados Unidos encargadas de gestionar el otorgamiento de la pensión alimenticia. Asimismo, mediante el uso de los buenos oficios, el Consulado puede gestionar el otorgamiento de pensión alimenticia de un ciudadano mexicano radicado en la circunscripción a los solicitantes en México.
Las y los ciudadanos mexicanos que radican en cualquier parte de los Estados Unidos tienen el derecho de vivir una vida libre de violencia. En casos de violencia domestica el Consulado Mexicano en Tucson brinda orientación sobre esos derechos en general, asimismo, orienta a las victimas antes, durante y después de los episodios de crisis proporcionándoles información y contactos de organizaciones o instituciones que brindan terapia, albergue temporal, entre otros servicios. Asimismo, en el marco del Programa de Asesorías Legales Externas se les proporciona a las victimas la posibilidad de exponer su caso ante un abogado a fin de evaluar las posibles alternativas jurídicas y migratorias particulares de sus casos.
ATENCIÓN EN CASO DE CUSTODIA DE MENORES Y PATRIA POTESTAD
En casos de custodia de menores en los que se encuentran involucrados ciudadanos mexicanos, el Consulado asesora y apoya tanto a los padres o familiares de los menores durante el proceso y colabora con las autoridades del Arizona Department of Child Safety (DCS).
En casos en que alguno o ambos padres (u otro familiar) se encuentren en México y quieren obtener la custodia de sus hijos, el Consulado gestiona la obtención de documentos que sirvan de pruebas en el Tribunal correspondiente a fin de demostrar la conveniencia, o no, de reunificar a los menores con familiares en México. Tales documentos pueden ser: estudios socioeconómicos expedidos por el DIF, cartas u oficios de No Antecedentes Penales, etc.
Como medida preventiva ante una deportación, y en casos en que los padres o tutores se encuentran de manera indocumentada en este país, el Consulado mexicano brinda asesoría sobre el otorgamiento de la Tutela Legal de sus menores hijos, nacidos en los Estados Unidos, a familiares, u amigos de confianza. Lo anterior no significa que los menores dejen de estar bajo el cuidado de los padres ni mucho menos la pérdida o sesión de obligaciones de y para con ellos, sino que previene que los niños sean puestos bajo tutela del Estado en caso de detención o deportación de los padres.
La carta rogatoria es un medio de comunicación entre autoridades que se encuentran en distintos países, y que sirve para practicar diversas diligencias en otro lugar en el que el juez del conocimiento no tiene jurisdicción. Dichas diligencias van encaminadas a la solicitud que formula un juez a otro de igual jerarquía, a fin de que se practique ante el segundo el desahogo de una notificación de documentos o citación de personas, emplazamientos a juicio, etcétera.
Es importante señalar que el Consulado no elabora exhortos y/o cartas rogatorias, debido a que las mismas deben de ser emitidas por una autoridad judicial en México. Una vez que han sido emitidas, las mismas utilizan a los Consulados como medio de notificación para personas físicas o morales que residen en el extranjero, pero tienen un juicio pendiente en México.
Para solicitar apoyo o información en esta área comuníquese a este Consulado llamando al (520) 882-5595 a la extensión 103 y 105 o al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos al 520-623-7874.
Hospitalizados
En los Condados Pima y Pinal se ubican un total de ocho hospitales importantes, seis de ellos se localizan en la ciudad de Tucson, los cuales proveen servicios de cirugía y especialidades y cuentan con helipuertos para recibir a enfermos y accidentados vía ambulancia aérea. Por esta razón en los hospitales de Tucson son admitidos diariamente pacientes de los Condados Cochise, Santa Cruz, Pima y Pinal.
A pesar de no encontrarse en la frontera, este Consulado con gran frecuencia se convierte en la Representación receptora de los casos de mexicanos que resultan lesionados por accidentes automovilísticos, incidentes armados, asaltados y abandonados en el desierto, ocurridos en las circunscripciones de los Consulado en Nogales y Douglas, Arizona.
La asistencia que se brinda a aquel connacional que por alguna situación es hospitalizado en esta jurisdicción puede ser la siguiente:
- Asesorar y aconsejar a los connacionales que se encuentren hospitalizados para conocer sus necesidades y actuar en consecuencia.
- Apoyo para su repatriación a su lugar de origen.
- Localización y notificación a familiares del hospitalizado.
Para solicitar apoyo o información en esta área comuníquese a este Consulado llamando al (520) 882-5595 a la extensión 105 o al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos al 520-623-7874.
Migratorio
Existen diferentes tipos de asesoría que se proporciona en materia migratoria, entre ellos se encuentran los siguientes:
Encontrarse de manera indocumentada en los Estados Unidos significa que la persona entró a los Estados Unidos por algún otro lugar diferente a un puerto de entrada y no fue entrevistado y aprobado por algún oficial del Departamento de Seguridad Interna.
Las personas que entraron de manera documentada o legal a los Estados Unidos con un permiso de trabajo temporal o con una visa de turista y se les entregó una forma I-94 con una fecha límite de estancia y no abandonaron el país antes de su expiración, su estatus pasa a ser el de una persona indocumentada.
Tu Consulado puede brindarte asistencia, orientarte y proporcionarte información sobre tu situación jurídica e incluso recomendarte a un abogado especializado.
Una vez que los migrantes arriban a la frontera para ser deportados a México, se les orienta sobre las diferentes dependencias que les pueden proporcionar asistencia para comunicarse con su familia, hospedaje, comida, pasaje y asistencia médica.
En ciertos casos, este Consulado participa en la repatriación de enfermos graves a hospitales en México a solicitud expresa de la Institución Médica al no ser posible mantener al paciente en el hospital de Estados Unidos por presentar alguna enfermedad de especialidad o por requerir tratamiento a largo plazo.
La repatriación se efectúa directamente de hospital a hospital, previa designación del hospital receptor en la entidad federativa que le corresponde, y cuya designación se llevará acabo de común acuerdo entre la Secretaría de Salud y la Secretaria de Relaciones Exteriores.
Brindar el servicio de repatriación a connacionales enfermos graves es un acto humanitario y no un servicio abierto a cualquier mexicano que enferme mientras se encuentre en el extranjero.
Es una medida extraordinaria usada con moderación para admitir en los Estados Unidos a familiares de personas que se encuentran en un hospital. Considerando la difícil situación en que se encuentran los familiares de personas con enfermedades en etapa terminal, o de los deudos de personas fallecidas, la ley migratoria contempla la expedición de permisos de internación temporal por razones humanitarias, mejor conocidos como permiso humanitario.
El permiso humanitario es otorgado por el Departamento de Seguridad Interna (DHS, por sus siglas en ingles), a través del Buró de Aduanas y Seguridad Fronteriza (BCBP), para que un extranjero que carece de la documentación migratoria correspondiente (visa) pueda internarse por un periodo de tiempo corto, con el objetivo de acompañar a un familiar en los últimos momentos de su vida o durante su sepelio. Solo se otorga a familiares directos consanguíneos (padre, madre, hijos y hermanos) o cónyuge de la persona.
Generalmente los permisos humanitarios se otorgan por un período de tiempo limitado en caso de requerir una extensión, deberá acudir a la oficina de migración más cercana. En Tucson, deberás acudir a la oficina de CBP localizada en el aeropuerto de esta ciudad, con la forma I-94 (el permiso que te fue otorgado en el puerto de entrada) y con la carta actualizada del hospital, con las mismas características que la primera.
Una vez concluida tu estancia y antes de que tu permiso expire es necesario que salgas del país por el mismo puerto de entrada que ingresaste y deberás entregar el permiso (I-94) para que quede constancia de que cumpliste con lo establecido de los contrario podrías tener consecuencias legales.
Para solicitar apoyo o información en esta área comuníquese a este Consulado al número telefónico (520) 882-5595 a las extensiones 109, 111, 113, 114, o al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos al 520-623-7874.
Administrativo
Existen diferentes tipos de asesoría que proporciona el Departamento de Protección en materia administrativa, entre ellos se encuentran los siguientes:
Si las pertenencias de los mexicanos que se encuentran indocumentados en EUA fueron retenidas por las autoridades de ese país, los Consulados de México, auxilian en las gestiones correspondientes para recuperarlas.
Atiende a las peticiones de búsqueda de aquellas personas que se extravían (en su gran mayoría) al cruzar el desierto entre Sonora y Arizona cuando tratan de ingresar a Estados Unidos y a pesar de los esfuerzos de búsqueda no aparecen como arrestados ni hospitalizados, en un periodo que excede ya los treinta días contados desde la última vez que se tuvo contacto con la persona a localizar.
Con el objeto de cumplir esta significativa y primordial actividad, es imprescindible contar con la colaboración de los interesados, tratar de que la información que proporcionen (se adjunta formato) sea lo más detallada y exacta posible, tanto de la persona, como del incidente del extravío para que la investigación tenga mayores posibilidades de ser exitosa.
Atiende a la necesidad de aquellos connacionales que por diversas circunstancias, las autoridades y establecimientos estadounidenses les solicitan verificar directamente en esta Representación Consular la validez y autenticidad de licencias de conducir o registros vehiculares expedidos en México.
Una vez realizada la verificación de los documentos presentados, el Consulado expide una carta al peticionario, la cual podrá presentar para la liberación del vehículo.
En algunos casos, el Consulado de México apoya a migrantes que se encuentran en situación de indigencia o vulnerabilidad extraordinaria, en la compra de artículos de primera necesidad, obtención de documentos consulares y pago de alojamiento temporal, así como excepcionalmente en el pago de defensorías jurídicas, gastos médico menores y en general cualquier otro producto o servicio que tenga como propósito satisfacer necesidades básicas.
Para solicitar apoyo o información en esta área comuníquese a este Consulado al número telefónico (520) 882-5595 a las extensiones 104, 109, 110, 113, o al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos al 520-623-7874.
Derechos Humanos
Existen diferentes tipos de asesoría que proporciona el Departamento de Protección en materia de derechos humanos, entre ellos se encuentran los siguientes:
Este Consulado, al tener conocimiento de algún fallecimiento de algún connacional mexicano recluido en alguna prisión localizada en los condados Pima y Pinal, de Arizona, integra el expediente del caso y solicita la asistencia de alguno de los abogados consultores de la Representación, a fin de analizar la existencia de posible negligencia de las autoridades correspondientes y de proceder, someter una demanda civil y de ser posible, presionar para deslindar responsabilidades de tipo penal.
Este Consulado recibe reportes de nacionales mexicanos que han sido arrestados o tuvieron algún contacto con este tipo de autoridades, y consideran que han sufrido de algún tipo de abuso.
En este sentido, se analiza el caso y se procede en consecuencia, contando con la colaboración de alguno de nuestros abogados consultores, a fin de apoyarte y deslindar las responsabilidades a las que haya lugar por parte de las autoridades si se excedieron o cometieron algún abuso en la aplicación de la ley.
Como parte de los esfuerzos que realiza el gobierno de México por implementar una amplia estrategia en la lucha contra la Trata de Personas que abarque los aspectos de este desafío internacional relacionados con los derechos humanos, las políticas sociales y el crimen trasnacional, el Consulado de México en Tucson se mantiene en permanente contacto con las diversas instituciones y autoridades relacionadas con este tema en México y Estados Unidos.
Es muy importante que ante cualquier información relacionada con el tráfico o trata de personas se contacte al Departamento de Protección para reportar los hechos y se pueda brindar apoyo y asesoría a las víctimas.
Repórtanos si sufriste algún abuso por parte de las autoridades, llamando al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos 520-623-7874, que esta abierto las 24 horas todos los días del año ó al Departamento de Protección a Mexicanos (520) 882-5595 a las extensiones 103, 109, 110, 111, 112, y 113. En horario de Lunes a Viernes de 8:00 AM a 5:00 PM.
Laboral
El Departamento de Protección asiste y brinda asesoría en materia laboral a los nacionales mexicanos que residen dentro de la circunscripción de este Consulado.
Existen diferentes tipos de asesoría que se proporcionan en materia laboral, entre ellos se encuentran los siguientes:
- Consultas generales sobre los derechos laborales de los nacionales mexicanos.
- Recuperación de salarios no pagados.
- Consultas sobre accidentes de trabajo.
- Consultas sobre riesgos de seguridad en el empleo.
- Información general sobre dudas y preguntas referentes al ámbito laboral.
En Estados Unidos estás protegido por las leyes laborales sin importar tu situación migratoria.
Si sufres o has sufrido de algún abuso o deseas obtener mayor información o asesoría al respecto, comunícate al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos 520-623-7874, abierto las 24 horas del día, todos los días del año ó en este Consulado puedes llamar al Departamento de Protección a Mexicanos (520) 882-5595, extensiones 109, 112, y 113 en horario de Lunes a Viernes de 8:00 AM a 5:00 PM.