Las citas se agendan únicamente por medio de las plataformas oficiales  Click Aquí    

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Pasaportes


 

El pasaporte mexicano es prueba de la nacionalidad mexicana, es un documento internacional de viaje y podrá tener una vigencia de uno (únicamente para menores de tres años), tres, seis o diez años.

Información importante

CADA SOLICITANTE ES RESPONSABLE DE SU PROPIO TRÁMITE. (MENORES DE EDAD ACOMPAÑADOS POR AMBOS PROGENITORES O TUTORES)

Se le solicita que, lea de manera detallada y con la debida atención toda la información, asegurándose de no omitir ningún apartado contenido en esta página.

** Por favor considere solicitar la renovación de su pasaporte cuando le quede una vigencia de 8 o 7 meses, o cuando estén por terminarse las hojas para sellos y visas, ya que la mayoría de los países requieren un mínimo de 6 meses de vigencia para permitir el ingreso, así como espacio para sellos y visas. ¡Evite encontrarse en situaciones de emergencia!

Viviendo en el extranjero es sumamente importante que su pasaporte en todo momento esté bien resguardado, en buen estado y vigente su pasaporte.

La Oficina Consular podrá solicitar información adicional cuando los documentos presentados muestren huellas de alteración, mutilación, o se pueda presumir algún posible problema de autenticidad.

Si su pasaporte anterior se encuentra en trámites migratorios locales, deberá solicitar por escrito a las autoridades respectivas que le faciliten dicho documento. Si no cuenta con la copia certificada de su acta de nacimiento expedida en territorio nacional, puede solicitarla en línea aquí.

Para solicitar cualquier ajuste en los datos principales de su pasaporte --nombre de casada o de soltera por ejemplo-- se deberá presentar copia certificada por el registro civil del acta respectiva (nacimiento, matrimonio, etc.). Las actas expedidas por autoridades extranjeras, distintas a las de Canadá, deberán estar previamente legalizadas o apostilladas. Si el pasaporte a renovar tiene el apellido de casada, en lugar del apellido materno, deberá presentar copia certificada del acta de nacimiento.

-Por favor revise cuidadosamente los requisitos. Si tiene alguna duda sobre ellos, por favor contáctenos en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

- Únicamente se aceptarán pagos en efectivo o tarjeta de débito canadiense (Con logo de Interac)

NOTA

Revisar los requisitos para pasaporte de menores o mayores de edad según sea el caso.

Si su pasaporte anterior se encuentra en trámites migratorios locales, deberá solicitar por escrito a las autoridades respectivas que le faciliten dicho documento. No se aceptan copia certificadas en lugar del original. Todos los documentos presentados ante este Consulado General deben ser ORIGINALES.

Si el solicitante obtuvo otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, deberá presentar Declaratoria de Nacionalidad Mexicana.

Tiempo que toma el trámite

Pasaportes regulares. Para el trámite de pasaporte se requiere contar con cita previa programada a través de la plataforma MiConsulado, la cual está disponible en línea o vía telefónica (ver recuadro a la derecha). Los pasaportes se denominan ahora Electrónicos ya que cuentan con nuevas medidas de alta seguridad digital y van impresos en libretas con hoja de policarbonato mediante rayo láser con vigencia de hasta 10 años. El pasaporte es entregado el mismo día del trámite.

Pasaportes con cita de emergencia con vigencia de 3, 6 o 10 años. En casos de emergencia comprobada, en los que no es posible esperar a la cita más próxima disponible en la plataforma MiConsulado, el Consulado puede otorgar una cita urgente por correo electrónico. Para ello, se deben enviar los elementos documentales que demuestren la emergencia a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para su valoración y respuesta. En estos casos, la Ley Federal de Derechos ordena que el costo del pasaporte sea 30% mayor al monto normal. El Consulado hace esfuerzos continuos por mantener bajos los tiempos de espera para cita en la plataforma MiConsulado. Por lo anterior, se recomienda utilizar la plataforma MiConsulado, en línea o vía telefónica, para programar su cita.

Favor de tomar nota que la plataforma MiConsulado únicamente contempla las citas para pasaportes y credenciales para votar. Para los otros trámites y servicios favor de seguir las indicaciones en cada sección que incluye teléfono, extensión y correo electrónico para agendar su cita.

Pasaportes de protección con vigencia limitada. En casos de emergencia migratoria comprobada y de no cumplir los requisitos para un pasaporte G Prima, el Consulado expide pasaportes en libretas denominadas “tipo E”, con una vigencia limitada. Estos pasaportes se entregan normalmente el mismo día de la cita. Para programar una cita para este tipo de trámite es necesario enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Consulte aquí los costos aplicables a los pasaportes regulares y de emergencia.

Primera ocasión

Primera ocasión


   Mayores de edad 

1. Comparecencia personal en la Oficina Consular para firma y toma de huellas de la solicitud OP-5.

2. Acta de nacimiento certificada por el oficial del Registro Civil o en su caso por la oficina consular mexicana. En caso de que el interesado haya sido registrado extemporáneamente (después del tercer año de nacido) se realizarán consultas por medios electrónicos para verificar la autenticidad del acta, o bien deberá presentar documentación complementaria. Igualmente, se podrá acreditar la nacionalidad mexicana con certificado o declaratoria de nacionalidad mexicana, carta de naturalización o certificado de matrícula consular de alta seguridad.

3. Identificación oficial vigente con fotografía. Las identificaciones que se pueden presentar son: Credencial de Elector (IFE o INE), Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, Matrícula Consular de Alta Seguridad, licencia de conducir de México con medidas de alta seguridad, Cédula Profesional o Certificado de estudios (primaria, secundaria, preparatoria), Licencia de conducir de Canadá, Tarjeta de Residente Permanente en Canadá. Los nombres y apellidos deberán coincidir con los asentados en el acta de nacimiento o documento probatorio de nacionalidad mexicana vigente.

4. La fotografía que aparecerá en el pasaporte será la que se tome en la representación consular el día en que realice el trámite. No es necesario traer fotografías.

5. Pago de derechos.

NOTA

De conformidad con el Reglamento de Pasaportes los varones mexicanos mayores de edad no necesitan presentar la cartilla del servicio militar nacional para la obtención del pasaporte.

Las mujeres casadas que deseen que su apellido de casadas aparezca en el pasaporte, deberán presentar además de los requisitos anteriores, copia certificada del acta de matrimonio celebrado en México o en el extranjero.

Las personas que hayan contraído matrimonio en un país distinto a México o Canadá deberán presentar su acta de matrimonio legalizada por cónsul mexicano o apostillada por autoridad competente, con su respectiva traducción al español, de ser en idioma diferente al inglés.

Los pasaportes expedidos a mayores de 3 años podrán tener una vigencia de 3, 6 o 10 años. Únicamente a los menores de 3 años se les podrá expedir un pasaporte con vigencia de un año o de 3 años.

No es posible realizar este trámite por correo.

 

   Menores de edad  

Los menores de 3 años sólo pueden obtener pasaporte por uno o tres años.

Requisitos

1. Comparecencia personal en la Oficina Consular para firma y toma de huellas de la solicitud OP-5.

2. Acta de nacimiento certificada por el oficial del Registro Civil o en su caso por la oficina consular mexicana. En caso de que el interesado haya sido registrado extemporáneamente (después del primer año de nacido) se realizarán consultas por medios electrónicos para verificar la autenticidad del acta, o bien, deberá presentar documentación complementaria.

3. Documento de identificación (pasaporte extranjero, Tarjeta de Residencia Permanente en Canadá, credencial escolar con fotografía y sello o carta membretada del pediatra, solo para menores de siete años, que incluya los siguientes datos: Nombre completo; edad; fotografía del menor, cancelada con el sello de la institución médica o firma del médico; fecha en que empezó a ser paciente de ese lugar; nombre, firma y puesto del médico que emite la carta y datos de contacto). Los nombres y apellidos deberán coincidir con los asentados en el acta de nacimiento o documento probatorio de nacionalidad mexicana.

4. Consentimiento de los padres, a través de la firma en la representación de la Forma OP-7 , quienes deberán comparecer e identificarse con el original de su pasaporte, credencial de elector o con identificación oficial que contenga fotografía y firma. Si uno de los padres o la persona que tiene la patria potestad del menor se encuentra en México o en un país o ciudad distinta puede acudir a cualquier Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México o a nuestras Embajadas u Oficinas Consulares a otorgarlo. 

5. La fotografía que aparecerá en el pasaporte será la que se tome en la representación consular el día en que realice el trámite. No es necesario traer fotografías.

6. Pago de derechos.

 

   Renovación 

NOTA IMPORTANTE: En el caso de pasaportes para menores invariablemente se deberá presentar el acta de nacimiento original o copia certificada. Si se trata de renovación además se deberá presentar el pasaporte anterior. 

1. Comparecencia personal en la Oficina Consular para firma y toma de huellas de la solicitud OP-5 (en caso de ser menor de edad también se firmará en la representación la Forma OP-7/I).

2. Presentar el pasaporte anterior que no tenga limitación. Si cuenta con una libreta de pasaporte tipo “E”, con alguna observación o bien expedida después del 1º de enero de 2016, deberá presentar los requisitos de pasaporte por primera vez.

3. Documento de identificación: El pasaporte podrá constituir la identificación solicitada, siempre y cuando no haya variación en los datos personales, no se observen alteraciones en el documento y exista coincidencia de rasgos físicos del interesado con la imagen del documento. En caso de que el pasaporte no cumpla con estas especificaciones, el interesado deberá presentar otra identificación oficial.

4. La fotografía que aparecerá en el pasaporte será la que se tome en la representación consular el día en que realice el trámite. No es necesario traer fotografías.

5. Pago de derechos.

6. De conformidad con el artículo 30 del Reglamento de Pasaportes, para tramitar la renovación del pasaporte expedido en territorio nacional antes del año 1995 y aquellos expedidos por las oficinas consulares antes del 1º de enero de 2006, deberán acreditar su nacionalidad mexicana e identidad, entregando adicionalmente copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano u oficina consular, según sea el caso, y una identificación oficial con fotografía.

NOTAS IMPORTANTES

Si su anterior pasaporte no cuenta con su municipio de nacimiento es imprescindible aportar copia de su acta de nacimiento para que pueda ser incluido.

Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge como parte de su nombre legal, adicionalmente deberá presentar el documento original del acta de matrimonio. De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido del cónyuge, deberá presentar la copia certificada del acta de matrimonio.

Se recuerda que en todo pasaporte mexicano se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellido de los solicitantes. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.

Reposición por robo o extravío

   Reposición por robo o extravío 

NOTA IMPORTANTE: En el caso de pasaportes para menores invariablemente se deberá presentar el acta de nacimiento original o copia certificada. Si se trata de renovación además se deberá presentar el pasaporte anterior.

1. Comparecencia personal para firma y toma de huellas de la solicitud OP-5 (en caso de ser menor de edad también firmará en la representación la Forma OP-7/I).

2. Presentar reporte de policía de la circunscripción, así como los documentos requeridos para el pasaporte por primera vez. (Acta de nacimiento certificada e identificación oficial con fotografía)

3. La fotografía que aparecerá en el pasaporte será la que se tome en la representación consular el día en que realice el trámite. No es necesario traer fotografías.

4. Pago de derechos.

 

Primera vez y renovación a menores

   Autorización de expedición de pasaporte a menores de edad 

NOTA IMPORTANTE: En el caso de pasaportes para menores invariablemente se deberá presentar el acta de nacimiento original o copia certificada. Si se trata de renovación además se deberá presentar el pasaporte anterior.

La OP-7/I es el documento oficial que muestra la autorización de los padres para que se expida un documento de viaje, como el pasaporte mexicano, a menor de edad.

Ambos padres deberán comparecer personalmente y presentar los siguientes documentos:

1. Deben firmar la Forma OP-7/I especificando la temporalidad por la que se expide el documento.

Si los padres o quien ejerce la patria potestad o tutela requiere otorgar el permiso a distancia, deberá firmar en la representación la forma OP-7/II.

2. Presentar sus identificaciones, tales como: pasaporte mexicano, credencial de elector o licencia de conducir u otras identificaciones oficiales canadienses que contengan fotografía y cuyo nombre coincida con el asentado en el acta de nacimiento del menor.

3. Copia certificada del acta de nacimiento mexicana del menor.

Si el menor no se encuentra en Canadá y la autorización va a ser enviada a alguna oficina de pasaportes en México o alguna de nuestras Representaciones en el Exterior, deberá especificar donde se va a presentar el menor o la persona que lo tiene en custodia y deberá considerarse que la OP-7 tendrá una validez de 90 días naturales a partir de su emisión.

Si uno de los padres o la persona que tiene la patria potestad del menor se encuentra en México o en otra ciudad dentro de la República Mexicana, puede acudir a cualquier Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México o a nuestras Oficinas Consulares para otorgar este permiso.

Si uno de los padres ha fallecido

Se debe presentar original y copia del acta de defunción. Si el acta no fue expedida en México deberá presentarse con la legalización o apostilla según corresponda y traducción oficial al Español, salvo que se encuentre en Inglés. 

Si existe un consentimiento mediante resolución judicial:

En caso de que una o ambas personas que ejercen la patria postestad no pueden manifestar su consentimiento para la expedición del pasaporte, por estar ausentes o desaparecidas, se deberá obtener una resolución de un juez mexicano o extranjero. La resolución judicial deberá ser de fecha reciente, específica para la expedición del pasaporte del menor y establecer la vigencia del pasaporte. La resolución judicial será válida para la expedición de un solo documento.

Si alguno de los padres ha perdido o tiene suspendida la patria potestad, se presentará copia certificada de la resolución emitida por un juez mexicano y del auto por el que cause ejecutoria, en el que se establezca explícitamente a quién se le otorgó la patria potestad completa. En las entidades federativas en territorio nacional en que así se requiera, deberá además hacerse constar como nota marginal en el acta de nacimiento correspondiente, estableciendo de manera específica quién ejerce en forma exclusiva la patria potestad.

En el extranjero, se aceptará la resolución de un juez con competencia en el lugar de residencia del menor de edad. Debe resolverse en dicha sentencia que la patria potestad se ejerce de manera exclusiva y absoluta sobre el menor. Las resoluciones otorgadas por jueces extranjeros deberán ser homologadas en territorio nacional para que surtan efecto.

Menores adoptados

Para el caso de menores adoptados bajo los regímenes de adopción distintos a la plena se deberá entregar adicionalmente copia certificada de la resolución judicial y del auto por el cual causó ejecutoria, así como del acta de adopción expedida por la oficina del registro civil mexicano. Cuando la adopción sea plena, se deberá presentar el acta de nacimiento con la nueva identidad del registrado.

Cuando la adopción se haya realizado en el extranjero y no sea plena se deberá homologar la resolución judicial extranjera ante juez mexicano, conforme a las disposiciones establecidas en el lugar donde se haya realizado el registro original del menor y presentar la copia certificada nueva.

 

Pasaporte de emergencia

   Pasaporte de emergencia 

En casos de emergencia comprobada, en los que no es posible esperar a la cita más próxima disponible en la plataforma MiConsulado, el Consulado puede otorgar una cita urgente por correo electrónico.

Para ello, se deben enviar los elementos documentales que demuestren la emergencia a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para su valoración y respuesta. En estos casos, la Ley Federal de Derechos ordena que el costo del pasaporte sea 30% mayor al precio regular de lo que cuesta, de acuerdo a la vigencia por el que se decida obtener.

Le rogamos siempre verificar la vigencia de sus pasaportes antes de comprar boletos de avión, puesto que esos casos no serán considerados como emergencias.

Si su caso es una emergencia, antes de hacer cita le sugerimos enviar su información al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Citas

   Citas para pasaportes y credencial para votar 

El servicio de expedición o renovación de Pasaportes Mexicanos y Credencial para Votar se realiza con previa cita, programada a través de la plataforma MiConsulado, con dos opciones:

1. En línea clic aquí en el sistema MiConsulado en línea, el código postal canadiense debe capturarse sin espacio intermedio.

2. Vía telefónica, en el teléfono +1 424 309 0009, en los siguientes horarios:

Lunes a viernes: 06:00 a 19:00,Hora Estándar del Pacífico (PST)

Sábados, domingos y días festivos: 07:00 a 16:00, Hora Estándar del Pacífico (PST)

3. Vía WhatsApp. Para comenzar a usar este servicio basta guardar el número de teléfono +1 424 309 0009 en la libreta de contactos y escribir “Hola” para después empezar una conversación con el asistente virtual y seguir los pasos para agendar la cita para tramitar o renovar el pasaporte.

NOTA

En el caso de familias, se requiere estrictamente una cita por persona.

- La plataforma mi Consulado únicamente contempla las citas para pasaportes y credenciales para votar. Para los trámites y servicios favor de seguir las indicaciones en cada sección que incluye teléfono, extensión y correo electrónico para agendar su cita.

- Esta oficina consular está trabajando para que haya suficiente disponibilidad de citas para el trámite que requiere. Le solicitamos que utilice las citas más cercanas disponibles y que se presente a la misma en la fecha y hora correspondiente, de lo contrario el tiempo de espera para obtener una nueva cita se verá retrasado, tanto para usted como para los demás solicitantes.

- De querer cancelar una cita, le agradeceremos hacerlo en el sitio web Mi Consulado, para que se agende a otra persona. 

Documentos complementarios

   Documentos complementarios 

En caso de registro de nacimiento extemporáneo y éste no se encuentre en la herramienta ActaMex del Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación, el interesado deberá presentar uno de los siguientes documentos:

1. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.

2. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor, expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y registrado dentro de los tres años posteriores al nacimiento.

3. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si fueron registrados dentro de los tres años posteriores al nacimiento.

4. Documento expedido por la autoridad migratoria de la fecha de internación al país de la madre extranjera, si ésta ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.

NOTA

Si su anterior pasaporte no cuenta con su municipio de nacimiento es imprescindible aportar copia de su acta de nacimiento para que pueda ser incluido.

En el caso de ser menor de 18 años deberán comparecer ambos padres con sus identificaciones oficiales vigentes que cuenten con fotografía y firma, así como copia certificada del acta de nacimiento del menor.

Los menores de tres años sólo pueden obtener pasaporte por uno o tres años.

Las personas que hayan adquirido la nacionalidad mexicana por naturalización deberán de comprobar haber visitado México alguna vez en los últimos 5 años, o haber abandonado México hace menos de 5 años, utilizando su pasaporte mexicano conforme al artículo 37 b) de la Constitución.

Aquellos naturalizados que no cumplan con lo anterior pueden caer en causal de pérdida de la nacionalidad mexicana y el pasaporte, deberá obtenerse autorización de la Secretaría de Relaciones Exteriores en cada caso.

Si el solicitante obtuvo otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, deberá presentar su Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento que indique que cuenta con la nacionalidad mexicana. Lo anterior no es necesario si la nacionalidad extranjera fue obtenida involuntariamente (por ejemplo, por nacer de padres extranjeros).

Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge como parte de su nombre legal, deberá adicionalmente presentar el original del acta de matrimonio.

De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el documento original del acta de matrimonio.