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Poder Notarial
Este servicio se realiza únicamente con previa cita por medio de correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Es el proceso mediante el cual los cónsules titulares de las oficinas consulares de México, actuando como notarios públicos, dan fe pública de algunos actos jurídicos realizados en el extranjero. Por tratarse de un documento que emite una autoridad federal mexicana, tendrán validez en México, sin necesidad de legalización o apostilla.
PARA MAYOR INFORMACIÓN DÉ CLICK EN CADA UNO DE LOS SIGUIENTES ENLACES PARA CONOCER LOS ACTOS JURÍDICOS QUE PUEDE HACER EL CONSULADO POR TI:
Poder General
Es aquel instrumento legal que permite al apoderado (la persona que recibe el poder) realizar una serie de actos jurídicos en nombre del poderdante (la persona que da el poder). Este instrumento no pierde su validez, a menos que se haga una Revocación, fallezca el otorgante o el apoderado, se establezca una vigencia, o bien el asunto para el que se haya otorgado se haya completado (por ejemplo; concluir el proceso de divorcio).
Existen tres categorías de facultades dentro de este tipo de instrumento:
- Poder General para Pleitos y Cobranzas: Permite representar al poderdante en cualquier tipo de asuntos jurídicos.
- Poder General para Actos de Administración: Permite que el apoderado administre bienes e intereses del otorgante (ej. Cuenta bancaria).
- Poder General para Actos de Dominio: Para que el apoderado compre, hipoteque, done o venda bienes inmuebles del poderdante.
* El poder puede incluir solo una categoría o una combinación de las tres.
Poder Especial
Es aquel instrumento legal que se otorga para ser representado en uno o más asuntos específicamente determinados y se termina automáticamente con la conclusión del asunto o asuntos previstos en dicho instrumento. Este tipo de poderes es el que proporciona mayor seguridad al poderdante, ya que el apoderado no puede intervenir en otros asuntos que no sean los específicamente determinados.
Requisitos para poderes de Persona física:
- Enviar un correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., este correo debe de incluir el borrador, en formato WORD, de las cláusulas del poder a otorgar, el cual es usualmente proporcionado por el abogado que lo representará o la institución ante la cual lo presentará en México.
Si no cuenta con un borrador, el Consulado puede sugerir una redacción al momento de su cita. Para esto es indispensable que nos comparta una descripción del motivo para el cual se usará el poder.
- En su cita deberá de cumplir los siguientes requisitos:
- El formato de solicitud lleno y firmado.
- Ser mayor de edad
- Presentar una identificación con fotografía. De preferencia pasaporte mexicano o credencial para votar. Si no cuenta con alguno de esos documentos, se puede proporcionar alguna identificación alternativa (ej. Licencia de conducir canadiense).
- En caso de estar casado, es recomendable presentar original de acta de matrimonio. Si lo anterior no es posible, se asentará en la escritura que no se comprueba el estado civil (esto no afecta la validez del poder).
- En caso de estar casado bajo el régimen de sociedad conyugal o sociedad legal, el cónyuge deberá asistir y autorizar la emisión del poder. Si lo anterior no es posible, el otorgante puede manifestar que cuenta con el consentimiento de su cónyuge para la emisión del poder.
- Se recomienda presentar copia/foto de la identificación con fotografía de los apoderados.
- Pago de derechos en efectivo ó tarjeta de débito canadiense (Con logo Interac)al momento de su cita. La tarifa actual se puede consultar aquí.
- Si el poderdante no domina el idioma español, debe presentarse en compañía de un intérprete certificado, quien deberá presentar original de una identificación oficial. Favor de indicarlo en su correo inicial y le compartiremos una lista de intérpretes certificados con los que este Consulado ha trabajado.
- Si los documentos que se presenten (excepto identificaciones con fotografía) están redactados en idioma distinto al español, se deberán presentar traducidos por perito oficial local.
Requisitos para tramitar un poder otorgado por una Persona Moral (en nombre de una empresa u organización)
- Enviar un correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., este correo debe de incluir el borrador, en formato WORD, de las cláusulas del poder a otorgar, el cual es usualmente proporcionado por el abogado que lo representará o la institución ante la cual lo presentará en México.
Si no cuenta con un borrador, el Consulado puede sugerir una redacción al momento de su cita. Para esto es indispensable que nos comparta una descripción del motivo para el cual se usará el poder.
- En su cita deberá de cumplir los siguientes requisitos:
- El formato de solicitud lleno y firmado.
- Ser mayor de edad
- Presentar una identificación con fotografía. De preferencia pasaporte mexicano o credencial para votar. Si no cuenta con alguno de esos documentos, se puede proporcionar alguna identificación alternativa (ej. Licencia de conducir canadiense).
- Se recomienda presentar copia/foto de la identificación con fotografía de los apoderados.
- Pago de derechos en efectivo ó tarjeta de débito canadiense (Con logo Interac)al momento de su cita. La tarifa actual se puede consultar aquí.
- Si el poderdante no domina el idioma español, debe presentarse en compañía de un intérprete certificado, quien deberá presentar original de una identificación oficial.
- Copias certificadas de los siguientes documentos:
- Escritura o acta constitutiva (máximo o mínimo seis meses de antigüedad).
- La(s) escritura(s) públicas que contenga(n) los órganos de representación de la sociedad y las modificaciones a sus estatutos sociales.
- La escritura pública en la que consten las facultades del poderdante donde diga que tiene derecho a otorgar poderes, o el Extracto de Resolución del Consejo de la Sociedad que compruebe que se encuentra facultado para otorgar poderes.
- Si los documentos que se presenten (excepto identificaciones con fotografía) están redactados en idioma distinto al español, se deberán presentar traducidos por perito local certificado.
Nota: Es INDISPENSABLE que, al momento de solicitar su cita, comparta las copias certificadas previamente mencionadas para que llevemos a cabo su revisión. Una vez validados los documentos, procederemos a agendar su cita.
Revocación de poderes
¿Qué es una revocación de poder notarial?
Es el proceso jurídico que consiste en anular un poder notarial previamente otorgado.
Requisitos para revocar un Poder Notarial
- Enviar un correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., este correo debe de incluir copias legibles del testimonio del poder que se desea revocar.
- En su cita deberá de cumplir los siguientes requisitos:
- El formato de solicitud lleno y firmado.
- Ser mayor de edad
- Presentar una identificación con fotografía. De preferencia pasaporte mexicano o credencial para votar. Si no cuenta con alguno de esos documentos, se puede proporcionar alguna identificación alternativa (ej. Licencia de conducir canadiense).
- Pago de derechos en efectivo ó tarjeta de débito canadiense (Con logo Interac)al momento de su cita. La tarifa actual se puede consultar aquí.
- Si la persona que revoca el poder no domina el idioma español, debe presentarse en compañía de un intérprete certificado, quien deberá presentar original de una identificación oficial.
Testamentos
El Testamento es un acto jurídico, revocable y libre, celebrado ante notario público o ante Cónsul de México, fungiendo con este carácter, mediante el cual una persona puede disponer de sus bienes y derechos para después de su muerte.
Testamento Público Abierto: Se otorga de manera personal ante el cónsul, el interesado manifiesta su voluntad y el cónsul toma nota de ésta.
Requisitos:
- Ser mayor de 16 años y en pleno goce de sus facultades.
- Llenar claramente el formato de solicitud.
- Presentar identificación oficial con fotografía y firma, con una fotocopia legible. La identificación puede ser: el pasaporte mexicano, la Credencial de elector con fotografía, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana.
- Manifestar su voluntad claramente. Si el testador lo desea puede elaborar una relación de los bienes que va a dejar en herencia y su ubicación. Estos datos no son necesarios si se nombra un heredero universal.
- Proporcionar nombres de los padres, cónyuge, e hijos ( incluso si han fallecido), y sus fecha y lugares de nacimiento.
- Comunicar el nombre de la persona que designará como albacea, de ser el caso.
- Pago de derechos.
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Repudio de derechos hereditarios
Es el acto mediante el cual una persona manifiesta de manera expresa y clara que desea rechazar la parte de la masa hereditaria que le corresponda en la sucesión.
Requisitos:
- Ser mayor de edad y pleno goce de sus facultades.
- Llenar claramente el formato de solicitud.
- Presentar identificación oficial con fotografía y firma y una fotocopia legible. La identificación puede ser: el pasaporte mexicano, la Credencial de elector con fotografía, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana.
- Proporcionar los datos del autor de la sucesión y en su caso el juzgado donde se conoce del caso.
- En caso de que el otorgante no hable español deberá comparecer acompañado de un intérprete, quien también presentará prueba de nacionalidad e identificación reciente.
- Pago de derechos.
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Convenio de ejercicio de la patria potestad de menores
Es el documento que los padres de un menor otorgan para hacer constar los términos en que ejercerán la patria potestad. Comúnmente este documento se otorga cuando por alguna razón los progenitores establecen su domicilio en otro lugar habitual (nacional o extranjero) y dejan a sus menores hijos bajo el cuidado de algún familiar o persona de confianza en territorio nacional o en el extranjero, quien ejercerá temporalmente ese derecho.
Requisitos:
- Llenar claramente el formato de solicitud.
- Presentar identificación oficial con fotografía y firma y una fotocopia legible de la persona o personas facultadas para otorgar el convenio. La identificación puede ser: el pasaporte mexicano, la Credencial de elector con fotografía, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana.
- Acta de nacimiento de los menores hijos.
- Pago de derechos.
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Solicitud de testimonios adicionales
La petición del poder incluye la emisión de un primer testimonio (equivalente a una copia certificada). De requerirse testimonio (s) adicional (es), favor de notificarlo al momento de solicitar su cita- El costo de este documento se puede consultar aquí.