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Declaratoria de Nacionalidad Mexicana


Con base en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio del 2004, las personas que habiendo nacido mexicanas, ya sea por haber nacido en territorio nacional o en el extranjero de padre o madre mexicana, y que hubieran obtenido otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, podrán tramitar el documento que se denomina Declaración de Nacionalidad Mexicana. Este documento certifica que el interesado se acogió al beneficio de la Reforma a la Constitución Política Mexicana de 1998, que permite obtener otras nacionalidades sin perder la de origen.

Requisitos

1. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles.

2. Presentar solicitud  debidamente llenada y firmada en original.

3. Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil en México o por las representaciones de México en el exterior.

Cuando el registro del nacimiento del solicitante sea extemporáneo (después del primer año de edad), el interesado deberá presentar documentos complementarios.

  1. Copia certificada del acta de matrimonio e los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si estos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.
  2. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor expedida por la oficina del registro civil mexicano, si nació en territorio nacional y fue registrado dentro del primer año de edad.
  3. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del registro civil mexicano, registrado durante el primer año de edad.
  4. Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internación al país del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.
  5. Cotejo Notarial de la partida religiosa, si dicho acto se realizó durante el primer año de edad y en territorio nacional.

4. Identificación oficial vigente con fotografía (mexicana o extranjera). En el caso de las mujeres casadas que hayan cambiado su apellido presentar acta de matrimonio original.

5. Exhibir el documento original con el que acredite que otro estado lo reconoce como su nacional (Tarjeta o certificado de ciudadanía canadiense), expedido antes del 20 de marzo de 1998; el cual deberá estar debidamente notariado y apostillado por la autoridad competente.

Si el solicitante era menor de edad y obtuvo otra nacionalidad, deberá presentar documento extranjero (pasaporte) con el que se ostentó al momento que obtuvo la mayoría de edad.

6. Entregar tres fotografías a color tamaño pasaporte, (3.5 x 5 cm.) con fondo blanco, frente, sin anteojos, cabeza descubierta, reciente.

7. Pago de derechos (Se realiza el día de la cita)

NOTA

Las personas que adquirieron la nacionalidad de otro país después del 20 de marzo de 1998, automáticamente conservan la nacionalidad mexicana, por lo que no es necesario solicitar este trámite.

El proceso de Declaratoria de Nacionalidad Mexicana se realiza con previa cita, una vez recibidos los requisitos completos a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.se le otorgará la cita. El día de la cita se deberá presentar con la documentación en ORIGINAL.