Registro Civil
Copias Certificadas de Acta de Nacimiento
El acta de nacimiento sirve para acreditar la identidad ante organismos o autoridades públicas que lo soliciten, constando de modo fehaciente junto a los datos personales, la localidad, la provincia y el país de nacimiento
El trámite es sencillo. Para realizarlo es necesario:
- Presentarse en una Oficina Consular.
- Llevar una identificación oficial que acredite que es el titular del acta de nacimiento.
- Proporcionar su Clave Única de Registro de Población (CURP) si cuenta con ella.
- Llenar la solicitud correspondiente.
- Cubrir el pago de derechos correspondiente ($19 dólares por acta).
Nota: En el Consulado no se realizan registros de personas nacidas en México.También es posible obtener el acta de nacimiento en línea, entrando a la siguiente página web: https://www.gob.mx/actas
Requisitos:
- Programe su cita solicitándola al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para lo que deberá enviar la solicitud del servicio que podrá descargar AQUÍ, junto con una foto de los requisitos que se describen en este apartado. En el caso de que no le sea posible enviar correo electrónico, puede llamar al teléfono 202-736-1000, extensión 1016 o acudir personalmente a programar su cita en el domicilio ubicado en el 1250 23rd St NW, Suite 2, Washington, D.C., EUA.
- Presentarse ambos padres, el registrado y dos testigos, el día correspondiente y a la hora indicada con los siguientes documentos originales:
- Acta de nacimiento del menor, en original.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma de los padres del registrado (pasaporte, matrícula consular, o credencial de elector con acta de nacimiento).
- Acta de matrimonio civil (en caso de estar casados).
- Si alguno de los padres es de otra nacionalidad, presentar también acta de nacimiento y una identificación oficial con fotografía vigente.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma de los testigos, los cuales deberán de ser mayores de edad (pasaporte, matrícula consular, credencial de elector, licencia de conducir).
- Realizar el pago de $19.00 dolares por cada copia certificada de nacimiento adicional que requiera. El registro de nacimiento es gratuito, al igual que la primera copia certificada.
- Llenar el cuestionario (uno por familia) con información completa, correcta y clara. y presentarse 20 minutos antes de su cita para la revisión de los documentos. Es importante mencionar que al obtener su nacionalidad mexicana no pierde ni tampoco afecta su nacionalidad estadounidense.
Descarga la solicitud aquí
El registro de nacimiento lo puede hacer en cualquier consulado de México en el extranjero.
Requisitos:
- Programe su cita solicitándola al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para lo que deberá enviar la solicitud del servicio que podrá descargar AQUÍ, junto con una foto de los requisitos que se describen en este apartado. En el caso de que no le sea posible enviar correo electrónico, puede llamar al teléfono 202-736-1000, extensión 1016 o acudir personalmente a programar su cita en el domicilio ubicado en el 1250 23rd St NW, Suite 2, Washington, D.C., EUA.
- Llenar solicitud con toda la información requerida.
- Acta de nacimiento original del (a) solicitante.
- Copia certificada del acta de nacimiento mexicana del padre, madre o ambos que otorguen la nacionalidad mexicana, o los pasaportes mexicanos vigentes.
- Identificación del (a) solicitante vigente (pasaporte o licencia de conducir).
- De ser posible, la presencia de ambos padres durante el registro.
- En caso de que alguno de los padres haya fallecido, es recomendable presentar el acta de defunción.
- A fin de que la persona a registrar pueda llevar el apellido paterno en su acta de nacimiento que se expide en las oficinas consulares de México, se deberá cumplir con alguna de las siguientes opciones:
- Presencia del padre durante el acto de registro.
- Poder notarial mexicano del padre autorizando el registro.
- En caso de estar casados, acta de matrimonio de los padres que acredite que el matrimonio se celebro 180 días antes del nacimiento de la persona a registrar.
- Presencia del padre durante el acto de registro.
- Dos testigos mayores de 18 años, con identificación oficial vigente con fotografía y firma.
- Realizar el pago de $19.00 dólares por cada copia certificada de nacimiento adicional que requiera. El registro de nacimiento es gratuito, al igual que la primera copia certificada.
Descarga la solicitud aquí
Nota: De no cumplirse alguna de las opciones anteriores, no sería posible realizar en esta Oficina Consular el registro con el apellido paterno del interesado.
Requisitos:
- Enviar su petición a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para la correcta revisión de documentos.
- Presentar copias certificadasa de las actas de nacimiento de los contrayentes.
- Presentar identificaciones oficiales de los contrayentes y dos fotocopias de cada una.
- Firma de cuatro testigos mayores de edad con identificaci[on vigente.
- Los certificados m[edicos prenupciales de los contrayentes
- Convenio que especifique el tipo de régimen patrimonial que requiera el matrimonio:
- Sociedad conyugal
- Separación de bienes
- En caso de matromino entre menores de edad, se requerirá la autorización por escrito de ambos padres.
- Pago de derechos consulares
Descarga la solicitud aquí
Para mayor información, favor de enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Requisitos:
- Programe su cita solicitándola al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para lo que deberá enviar la solicitud del servicio que podrá descargar AQUÍ, junto con una foto de los requisitos que se describen en este apartado. En el caso de que no le sea posible enviar correo electrónico, puede llamar al teléfono 202-736-1000, extensión 1016 o acudir personalmente a programar su cita en el domicilio ubicado en el 1250 23rd St NW, Suite 2, Washington, D.C., EUA.
- Copia certificada del acta de defunci[on expedida por la autoridad competente del lugar o certificado de defunci[on firmado por el médico titulado.
- Acreditar la nacionalidad mexicana del difunto con alguno de los siguientes documentos
- Pasaporte Vigente.
- Matrícula Consular de Alta Seguridad.
- Acta de nacimiento
- Certificado de nacionalidad mexicana.
- Carta de naturalización mexicana.
- Declaración de nacionalidad mexicana.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma de los testigos, los cuales deberán de ser mayores de edad (pasaporte, matrícula consular, credencial de elector, licencia de conducir).
- El titular solicitará a los familiares o a los comparecientes que hagan la declaración de la defunción, que proporcionen los siguientes datos:
- Nombre, apellidos, edad, ocupación y domicilio que tuvo el difunto.
- Su estado civil; (soltero, casado o viudo y nombre de su cónyuge).
- Nombre del panteón y dirección en donde el cuerpo será inhumado.
- Nombre, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos.
- Si los testigos fueron parientes, el grado en que lo sean.
- Nombre de los padres del difunto, si se supieran.
- La clase de enfermedad o casua que determino la muerte.
- La hora de muerte, si se supiere; así como todos los informes que se tengan en caso de muerte violenta.
- Los declarantes deberán presentar identificación oficial vigente.
Para mayor información, favor de enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Poder Notarial
¿CÓMO PROGRAMO UNA CITA?
Para agendar una cita, por favor ingrese aquí.
Una vez programada su cita, deberá enviar lo antes posible y a más tardar 48 horas antes de su cita, sus requisitos incluida la solicitud al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
¿QUÉ ES UN PODER NOTARIAL?
Un poder notarial es un documento a través del cual usted autoriza a una persona de su confianza para que, en su nombre y representación, realice diversos trámites administrativos y/o legales en México tales como comprar, vender, escriturar o administrar propiedades; retirar dinero y manejar cuentas bancarias; registrar menores; participar en juicios y procedimientos legales; entre otros.
TIPOS DE PODERES
- Para un fin específico. Se otorgan para que el apoderado represente al poderdante únicamente en lo que se autoriza de manera expresa en el mandato y normalmente termina su vigencia automáticamente una vez que se cumple con lo encomendado.
- Los cuales pueden ser para PLEITOS y COBRANZAS, que faculta al apoderado para representar al poderdante en juicios, efectuar cobros y otras gestiones; ACTOS DE ADMINISTRACION, se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del te; y ACTOS DE DOMINIO, faculta al apoderado a hipotecar, donar, comprar o vender bienes del poderdante, entre otros.
Si lleva las tres cláusulas, PLEITOS y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACION y ACTOS DE DOMINIO, se considera un poder general amplio, incluyendo el pleno uso y dominio de propiedades por parte de su representante o apoderado. Se recomienda que se otorgue a una persona de su entera confianza debido al alcance legal del documento.
IMPORTANTE: Si usted es casado(a) por sociedad conyugal o su equivalente en leyes de EUA y el poder que solicita es para ADMINISTRACIÓN Y/O DOMINIO, es decir para la venta, cesión, o donación de bienes, se recomienda consultar con su abogado, notario público mexicano u oficina que le requiere el poder si su cónyuge también deberá otorgar dicho poder notarial. Si no es necesaria la presencia del cónyuge durante su cita, por el tipo de poder que estaría otorgando, igualmente habrá que señalar en el poder si el poderdante cuenta o no con autorización conyugal.
¿CÓMO PROGRAMO UNA CITA?
- Programar su cita en https://poderesconwas.youcanbook.me/, una vez agendada deberá enviar la solicitud, número de confirmación y la información y documentación relevante para su caso y foto de su identificación oficial vigente (pasaporte, matrícula consular o credencial para votar). El día de su cita deberá presentar la documentación necesaria para elaborar su poder junto con su identificación oficial en original. Durante la misma cita se procederá a redactar la Escritura de su documento notarial.
- Para obtener la solicitud descárguela AQUÍ o puede obtenerla en nuestras oficinas ubicadas en el 1250 23rd Street NW, Suite-002, Washington, DC 20037de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
- El día de su cita será indispensable que traiga con usted la identificación que proporcionó.
NOTAS IMPORTANTES:
- Se recomienda consultar con su abogado, notario público mexicano u oficina que le requiere el poder, sobre las particularidades que deberá cumplir el mismo para su trámite en México.
- El día de la cita se realiza el pago del poder notarial por $173 dólares, únicamente con tarjeta bancaria de crédito o débito, excepto American Express.
- El Testimonio correspondiente al acto notarial (el documento que enviará a México) se entregará dentro de los siguientes ocho días hábiles a partir de la firma de la Escritura.
- Por favor sea específico al solicitar el tipo de poder que necesita, ya que una vez impresa y firmada la Escritura no es posible hacerle cambios ni correcciones. Por ello, antes de firmarlo deberá leerlo y revisarlo en su totalidad para verificar que todos sus datos sean correctos y conforme a sus necesidades.
- Los otorgantes, ya sean mexicanos o extranjeros, que no hablen ni comprendan español deberán acompañarse de una persona que funja como su intérprete, quien deberá presentar su identificación oficial vigente y llenar previamente una solicitud de poder notarial –por separado–, únicamente el Punto 1 (Datos del Otorgante), la que presentará el día de la cita.
- Dependiendo de la naturaleza de su asunto, se le podrá solicitar documentación adicional. En el caso de que el día de su cita el usuario no presente la documentación necesaria para el poder que solicita, será necesario programar una nueva cita mandando un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. No obstante, el personal del Departamento de Poderes Notariales le sugerirá las alternativas existentes, a fin de que, en la medida de lo posible, el trámite pueda completarse en la misma visita. Si las alternativas planteadas no convinieren a sus intereses, el usuario podrá optar por una nueva cita en la que presente la documentación completa.
- En caso de dudas sobre el tipo de poder que necesita, se recomienda consultar con su abogado, notario público mexicano u oficina que le requiere el poder, sobre las particularidades que deberá cumplir el mismo para su trámite en México.
REQUISITOS:
- Programar su cita en https://poderesconwas.youcanbook.me/, agendada deberá enviar la solicitud, número de confirmación y los demás requisitos que se enlistan abajo. Una vez programada su cita, deberá enviar a más tardar 48 horas antes de su cita, sus requisitos incluida la solicitud al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Solicitud del trámite descargable AQUÍ
- Identificación oficial vigente en original, misma que puede ser: pasaporte, credencial para votar o matrícula consular;
- En caso de estar casado (a), presentar acta de matrimonio en original;
- Hacer el pago de $173.00 dólares únicamente con tarjeta bancaria de crédito o débito, excepto American Express. El pago se realiza el día que firme la Escritura correspondiente.
- Una vez que esté listo el Testimonio (documento que enviará a México) usted podrá optar por recogerlo en nuestras oficinas, de lunes a viernes, de 10 a.m. a 1 p.m., o que le sea enviado por correo postal a su domicilio en los Estados Unidos. Si elige el envío, se le agradecerá indicarlo el día de su cita para proporcionarle el sobre adecuado, de modo que usted pueda hacerlo estampar en la oficina de correos más cercana a nuestras oficinas y entregarlo al personal consular.
CASOS ESPECIALES:
En caso de dudas sobre el tipo de poder que necesita, antes de que acuda a su cita se recomienda consultar con su abogado, notario público mexicano u oficina que le requiere el poder, sobre las particularidades que deberá cumplir el mismo para su trámite en México, a fin de que pueda informarlo al personal consular.
- Para poderes relativos a administración, venta, cesión, donación, enajenación, escrituración o cualquier otro acto jurídico relacionado con propiedades, el día de su cita habrá que proporcionar la dirección completa de la propiedad, o bien, los datos catastrales (número de lote, manzana, superficie, ubicación, medidas y colindancias) y/o una copia simple del fragmento de las escrituras en donde se pueda revisar dicha información.
Se recomienda consultar con su abogado, notario público mexicano u oficina que le requiere el poder si su cónyuge también deberá otorgar dicho poder notarial.
- Para poderes relacionados con sucesiones o herencias, deberá proporcionar el nombre completo de la persona que falleció y el tipo de juicio (testamentario o intestamentario) que se llevará a cabo en México. En caso de que ya esté en trámite algún juicio sucesorio, deberá especificar el número del expediente y el juzgado en donde se esté llevando a cabo el proceso.
- Para poderes relacionados con cuentas bancarias o cajas populares, deberán proporcionar la razón social/nombre del banco o caja popular, así como el número de la cuenta, cliente, número de sucursal y ubicación (si es posible, traer una copia simple del estado de cuenta).
Si el poder lo otorga por ser beneficiario de la cuenta cuyo titular ha fallecido, será necesario proporcionar el nombre completo del Titular de la cuenta, tal y como aparece en los registros de la institución donde se abrió la cuenta.
Si usted es casado(a) por sociedad conyugal o su equivalente en los EUA y el poder que solicita incluye facultades para ADMINISTRACIÓN Y/O DOMINIO, habrá que señalar en el poder si el poderdante cuenta o no con autorización conyugal.
- Para poderes relacionados con el registro o reconocimiento de hijos en México o ante alguna oficina consular mexicana en el extranjero, deberá proporcionar nombre completo, lugar y fecha de nacimiento, y estado de la República o consulado de México donde se llevará a cabo el registro de nacimiento.
- Para poderes relacionados con divorcios, deberá proporcionar el nombre completo del cónyuge y presentar acta de matrimonio.
En caso de tener hijos menores de 18 años de edad, habrá que proporcionar su nombre completo, lugar y fecha de nacimiento (de preferencia presente copia simple de las actas de nacimiento).
Para dudas sobre el servicio de poderes notariales, sea tan amable de enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para el otorgamiento de un poder notarial para persona moral de una compañía establecida y constituida en México, los siguientes documentos deben presentarse debidamente apostillados y además traducidos al español. Las personas que no hablen español, deberán venir acompañados de un intérprete (se recomienda contratar un traductor oficial).
· To grant a power of attorney for a corporation or private entity established and incorporated in Mexico, the following documents must be properly certified (apostilled) and translated into Spanish. Individuals who do not speak Spanish, must be accompanied by an interpreter (hiring an official translator is recommended). La persona que comparezca en representación del Consejo de Administración o Junta de Directores y el intérprete (en caso de requerirlo), deberá presentar: · The person appearing on behalf of the Board of Directors and the interpreter (if required), must submit:
- Programar su cita en https://poderesconwas.youcanbook.me/, agendada deberá enviar la solicitud, número de confirmación y los demás requisitos que se enlistan abajo. Una vez programada su cita, deberá enviar a más tardar 48 horas antes de su cita, sus requisitos incluida la solicitud al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Solicitud del trámite descargable AQUÍ;
- Identificación oficial vigente: pasaporte, identificación del estado o licencia de conducir.
- Copia notarizada del Acta Constitutiva de la compañía.
- Copia notarizada del Acta Constitutiva de la sociedad, la cual debe especificar la parte de los Estatutos de la Sociedad que se refiera a los órganos de representación de la misma, así como las modificaciones que se le hayan efectuado.
- Copia certificada del Acta de la Asamblea o Minuta de la reunión de la Junta de Directores de la compañía en la que se designa al compareciente y se le dan facultades para el otorgamiento del poder.
- Para empresas o corporaciones constituidas en los Estados Unidos, será necesario presentar un certificado de vigencia de la compañía.
- Pagar los derechos consulares vigentes $257.00 dólares.
Importante: Los documentos mencionados en los puntos 2, 3, 4 y 5 deberán haber sido expedidos en un lapso no mayor de 6 meses a la fecha de su cita.
- Important: The aforementioned documents 2, 3, 4 and 5 must have been issued less than 6 months prior to your appointment.
El testamento es el acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o establece deberes una vez que ocurra su deceso.
REQUISITOS
- Programar su cita en https://poderesconwas.youcanbook.me/, agendada deberá enviar la solicitud, número de confirmación y los demás requisitos que se enlistan abajo. Una vez programada su cita, deberá enviar a más tardar 48 horas antes de su cita, sus requisitos incluida la solicitud al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Solicitud del trámite, descargable AQUÍ;
- Identificación oficial vigente, misma que puede ser: pasaporte, credencial para votar o matrícula consular;
- Presentar copia certificada de su acta de nacimiento;
- En caso de estar casado (a) y/o divorciado (a) presentar el / las actas correspondientes;
- Proporcionar los nombres de los padres, cónyuge e hijos (incluso si han fallecido). Esta mención no implica que se les esté nombrando como herederos, ya que esto lo hará en un punto posterior;
- Dar el nombre de la persona que designará como albacea y albacea sustituto, de ser el caso
- Dar el /los nombres completos de su (s) heredero (s), y de ser el caso, herederos sustitutos;
- Manifestar su voluntad claramente;
- Presentar la relación de los bienes que va a dejar en herencia, y su ubicación (estos datos no son necesarios si se nombra a un heredero universal o si decide dejar sus bienes a sus herederos en partes iguales).
- Cubrir la suma de $439 dólares si el otorgante es de nacionalidad mexicana. De ser extranjero, el costo del trámite es de $439.00 dólares. El pago se realiza el día que firme la Escritura correspondiente. Por primera vez se pagará el 50% del monto solamente para personas mexicanas.
Para dudas sobre el servicio de poderes notariales, sea tan amable de enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
La Revocación es el acto jurídico a través del cual se deja sin efecto un poder otorgado con antelación en algún consulado de México o notario de algún estado de la República Mexicana.
REQUISITOS
- Programar su cita en https://poderesconwas.youcanbook.me/, agendada deberá enviar la solicitud, número de confirmación y los demás requisitos que se enlistan abajo. Una vez programada su cita, deberá enviar a más tardar 48 horas antes de su cita, sus requisitos incluida la solicitud al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Copia simple del poder notarial que desea revocar;
- Solicitud del trámite, descargable AQUÍ;
- Identificación oficial vigente, misma que puede ser: pasaporte, credencial para votar o matrícula consular;
- En caso de estar casado (a), presentar acta de matrimonio;
- Hacer el pago de $173.00 dólares únicamente con tarjeta bancaria de crédito o débito, excepto American Express. El pago se realiza el día que firme la Escritura correspondiente
Para dudas sobre el servicio de poderes notariales, sea tan amable de enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Cualquier persona que haya sido designada heredera en un testamento o tiene la posibilidad de ser designada heredera en un juicio intestamentario, puede, si así lo desea, hacer constar su renuncia a sus derechos hereditarios ante el Titular de la Sección Consular.
El interesado en realizar una renuncia de derechos hereditarios debe presentar una identificación oficial como Pasaporte, Credencial de elector con fotografía, Cartilla del Servicio Militar Nacional (SMN) o Matrícula Consular
- Programar su cita en https://poderesconwas.youcanbook.me/, agendada deberá enviar la solicitud, número de confirmación y los demás requisitos que se enlistan abajo. Una vez programada su cita, deberá enviar a más tardar 48 horas antes de su cita, sus requisitos incluida la solicitud al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Solicitud del trámite descargable AQUÍ
- Identificación oficial vigente en original, misma que puede ser: pasaporte, credencial para votar o matrícula consular;
- En caso de estar casado (a), presentar acta de matrimonio en original;
- Hacer el pago de $173.00 dólares únicamente con tarjeta bancaria de crédito o débito, excepto American Express. El pago se realiza el día que firme la Escritura correspondiente.
- Una vez que esté listo el Testimonio (documento que enviará a México) usted podrá optar por recogerlo en nuestras oficinas, de lunes a viernes, de 10 a.m. a 1 p.m., o que le sea enviado por correo postal a su domicilio en los Estados Unidos. Si elige el envío, se le agradecerá indicarlo el día de su cita para proporcionarle el sobre adecuado, de modo que usted pueda hacerlo estampar en la oficina de correos más cercana a nuestras oficinas y entregarlo al personal consular.
Para que podamos verificar la autenticidad de un poder notarial expedido en esta Sección Consular, conforme a las instrucciones recibidas de la Dirección General de Servicios Consulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, es necesario remitir los siguientes documentos (en formato PDF), al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con copia a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., requisito esencial:
- La solicitud suscrita por el Notario Público Titular mediante la cuenta de correo utilizada por la Notaría Pública;
- Copia digitalizada del Testimonio a verificar;
- Copia digitalizada de la patente del Notario;
- Copia digitalizada del oficio dirigido al Titular de la representación consular que expidió el poder notarial, mediante el que se solicite específicamente la solicitud de verificación del poder notarial. Dicho oficio deberá estar elaborado en papel membretado de la notaría y firmado por el Notario Titular.
Si el poder notarial a verificar fue expedido en otro Consulado de México, visite la siguiente liga https://www.gob.mx/gobierno/mexico-en-el-mundo#secretarias con el directorio de las representaciones de México en el exterior, dónde podrá encontrar el correo electrónico oficial correspondiente a la que deberá dirigir su solicitud.
Menaje de Casa
Las Embajadas y Consulados de México en el exterior expiden Certificados de lista de menaje de casa tanto a nacionales mexicanos como a ciudadanos extranjeros que se dispongan a residir en territorio nacional, y que deseen trasladar a México sus bienes domésticos que posean en los Estados Unidos. Dichos certificados permiten la importación (por tierra o vía marítima) de las pertenencias, libres del pago de impuestos.
La importación al amparo de tales certificados precisa la contratación de un agente aduanal, que es la persona intermediaria entre el usuario y la autoridad aduanera mexicana. Es importante señalar que el “agente aduanal” es distinto de las autoridades aduaneras; el agente aduanal es la persona que cuenta con una patente otorgada por el gobierno para gestionar ante las autoridades aduaneras el trámite de importación de sus bienes, y, si bien la importación no generaría pago de impuestos, está facultado para cobrar por sus servicios en la forma de honorarios, que son variables.
En el caso de que se hayan contratado los servicios de una compañía de mudanzas y/o empresa transportista, los servicios de un agente aduanal suelen estar incluidos en el contrato respectivo, por lo que únicamente suele bastar hacer la entrega a dicha compañía de los certificados que expida la oficina consular mexicana; se sugiere clarificar este tema con su compañía de mudanza. Si el usuario transportará por su cuenta –vía terrestre– el menaje de casa a México, será necesario contratar a un agente aduanero que preste servicios en el punto fronterizo por el que se importarán los bienes.
Nota importante: los vehículos de motor tales como automóviles, Pick Up, camionetas, motocicletas y similares no/no son sujetos a importación mediante el trámite de menaje de casa, por lo que se deberá consultar a un agente aduanal de su preferencia para saber si dicho vehículo puede ser importado y el costo del procedimiento, impuestos incluidos.
El trámite se efectúa en el área de Certificaciones de esta Sección Consular y toma alrededor de 40 minutos, para lo que será anotado en una lista de espera en el área de Recepción el día de su visita. No se requiere programar cita, sino únicamente acudir a estas oficinas de lunes a viernes, de 9:00 a.m. a 12:00 p.m., cumpliendo con la totalidad de los requisitos que a continuación se describen:
- Acreditar su identidad y nacioalidad mexicana (pasaporte, matrícula consular, o, a falta de los anteriores, credencial para votar u otra identificación oficial vigente y acta de nacimiento);
- Solicitud en la que indique su domicilio en los EUA y el de México. DESCARGAR EJEMPLO AQUÍ.
- Lista de menaje en español. Se deberá señalar la marca, modelo y número de serie de los dispositivos eléctricos/electrónicos (no es indispensable para los bienes en los que no se localice dicha información). No es requerido indicar su valor económico para el trámite consular; DESCARGAR EJEMPLO AQUÍ.
- Comprobantes de domicilio en los EUA de los 6 meses anteriores al trámite ante esta Sección Consular, de preferencia uno de cada mes (pueden ser de servicios diversos), o el contrato que acredite los últimos 6 meses de arrendamiento. Si el contrato venció anteriormente y se está en un esquema de “mes a mes”, se presenta el contrato y el recibo del último pago de renta;
- Cubrir el pago de $142 dólares el día de su visita. El pago es únicamente con tarjeta bancaria de débito o crédito, excepto American Express.
Todos los documentos se presentan en cuadruplicado, pues se preparan 4 juegos. Se recomienda no realizar el trámite con demasiada antelación, pues los certificados emitidos pueden ser utilizados en un tiempo limitado (una antelación entre 10 días y un mes con respecto a la fecha de la importación se considera normalmente adecuado).
Si tiene alguna duda sobre el trámite, puede escribir al Área de Certificaciones de esta Sección Consular al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Mexican Embassies or Consulates abroad issue Household Inventory List Permits on behalf of foreign nationals who bear a temporary or permanent visa/card. There is no need to schedule an appointment but petitioners must comply with all the following requirements:
- Valid passport;
- Temporary or permanent visa/residence card. The processing of the Household Inventory List Permits must occur within the following 6-months after the visa/card was issued;
- A letter addressed to the Consular Section of the Embassy of Mexico applying for the permits (must be in Spanish); DOWNLOAD AN EXAMPLE HERE
- Present the household goods inventory list. It must be in Spanish and type written. First page must indicate the name of one of the persons who bears the valid visa/card, the address in the USA and the length of stay in the USA, as well as the address in Mexico. If many family members are moving together, please indicate the name of one of the visa/residence card holders; DOWNLOAD AN EXAMPLE HERE
Cover the consular fee of $190 USD during your visit. Debit and credit cards, other than American Express, are accepted.
All the paperwork must be presented in quadruplicate in original, indicating only the name of one of the visa/residence card holders.
All electronic/electric items and appliances need to be reasonable described, including brand, model, and serial number.
Small items can be included in boxes with a general description (for example: tools, books, kitchen items, etc.).
Should you have any questions about this service, please write to Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Cotejo
Las representaciones consulares de México en el exterior expiden Certificados de cotejo de documentos, destinados a constatar que el personal consular tuvo a la vista documentos públicos o privados mexicanos presentados en original, y cuyas copias son reproducciones fieles de ellos.
Dichos certificados son un recurso adicional para la realización de trámites ante los Departamentos de Motores y Vehículos estatales de EUA, ante el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS), así como ante otras instancias extranjeras y nacionales.
Nota importante: El Certificado de cotejo se expide en español, no prejuzga sobre la validez o autenticidad de los documentos presentados, y su aceptación depende enteramente de la oficina ante la que desee presentar el documento consular.
Los requisitos son los siguientes:
- La comparecencia personal del poseedor de los documentos SIN REQUERIRSE LA PROGRAMACIÓN DE CITA, con su identificación oficial vigente;
- Llenar la solicitud que puede descargar AQUÍ, misma que también le puede ser entregada en el área de Recepción de esta Sección Consular;
- Presentar en original el(los) documentos públicos o privados mexicanos cuya copia desea certificar;
- Cubrir el pago de $19 dólares por documento el día de su visita. El pago es únicamente con tarjeta bancaria de débito o crédito, excepto American Express. Es importante señalar que un documento, dependiendo de su naturaleza, puede componerse de una o varias hojas y estaría cubierto por la misma tarifa.
Cartas de antecedentes penales o datos registrales de México
La Sección Consular de México en Washington, D.C. brinda apoyo inicial gratuito en la obtención de documentos que se relacionan con antecedentes y/o datos referentes a registros penales de México. En general, existen tres clases de documentos al respecto:
1) Cartas, constancias o certificados de no antecedentes penales que emite cada uno de los estados de la República mexicana y la Ciudad de México. Estos prueban lo relativo a condenas por delitos de carácter penal, con sentencia emitida por un juez luego de haber sido acusado por el Ministerio Público/fiscal. La información sólo corresponde al territorio del estado que emite el documento (local) y por delitos del fuero común. La intervención de las embajadas y consulados de México se limita a expedirle un oficio mediante el que se solicita a la Procuraduría/Fiscalía/Poder Judicial estatal su colaboración para atender su trámite, por lo que se sugiere ponerse en contacto con dicha autoridad para conocer los requisitos a cumplir y costo.
2) Constancia de Datos Registrales (no/no es una carta de no antecedentes penales). Es un documento de carácter federal que es expedido por la Fiscalía General de la República (FGR, antes PGR), por lo que se refiere a los registros dactiloscópicos en materia penal de carácter federal. A diferencia del documento anterior, no precisamente se prueba la existencia o no de sentencias condenatorias y antecedentes penales. El papel de las embajadas y consulados de México es revisar la documentación que le exigirá la FGR en México, además de expedirle un oficio de apoyo para que culmine el trámite en la Ciudad de México o en alguna Delegación estatal de la FGR. Favor de enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para solicitar mayor información y/o cita para el otorgamiento del oficio de solicitud de trámite de la FGR.
3) Constancia de Antecedentes Penales en Materia Federal que expide la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social. Se tramita únicamente en la Ciudad de México y es un documento federal que cubre todo el territorio nacional respecto de la existencia de sentencias condenatorias por delitos del fuero federal. En la actualidad el trámite de hace en línea por la persona directamente interesada en la siguiente dirección electrónica: https://www.gob.mx/prevencionyreadaptacion/articulos/tramita-tu-constancia-de-antecedentes-penales
Se le sugiere consultar con su abogado o asesor que esté llevando su trámite migratorio y/o procedimiento legal, a efecto de que le aconseje sobre el documento preciso que más conviene a sus intereses.