Víctimas de crímenes de odio
¿Sabes qué es un crimen de odio?
Es un delito contra una persona o propiedad, en el que la víctima es intencionalmente seleccionada por una de las siguientes características reales o percibidas:
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Raza, Etnia, Nacionalidad
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Religión
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Género, Identidad de Género
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Orientación sexual
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Discapacidad
¿Qué hacer si eres víctima o testigo?
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Repórtalo a la policía.
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Relata exactamente lo que pasó y lo que se dijo durante el incidente.
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Si no quieres contactar a la policía por algún motivo, acude a reportarlo al Consulado de México para reportarlo.
Si eres víctima o testigo de un crimen de odio, ¡denúncialo! Acude a tu consulado de México o llama al CIAM para recibir orientación.
| Nombre | Número Directo | Correo |
| María de los Angeles Gómez Aguilar | (208) 954 8843 | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
| Ingrid Vega | (208) 954 8855 | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
| PENDIENTE | (208) 954 8847 | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
Víctimas de maltrato y/o violencia doméstica
Maltrato y violencia doméstica se refieren a:
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Violencia física
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Acciones que obligan a una persona a realizar actos sexuales sin su consentimiento
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Amenazas
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Insultos
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Humillaciones
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Acciones que afecten la supervivencia económica de una persona.
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Actos de violencia o amenazas en contra de algún familiar
El Consulado de México cuenta con diversos recursos y programas para ayudar a personas mexicanas víctimas de maltrato y violencia doméstica. Acude al consulado, en donde te ayudaremos a canalizar tu caso con las autoridades locales correspondientes.
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Traslado de presos
¿En qué consiste el traslado a México de personas mexicanas sentenciadas en Estados Unidos?
El traslado internacional de reos es un mecanismo por el cual una persona mexicana condenada en el extranjero puede terminar de cumplir su sentencia en México, siempre que la persona lo solicite expresamente y cumpla con ciertos requisitos.
¿Cuáles son los requisitos?
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Tener nacionalidad mexicana.
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No haber vivido por más de cinco años seguidos en Estados Unidos.
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Que el delito sea castigado también en México.
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Que el delito no sea político, militar o migratorio.
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Que haya una sentencia a un número determinado de meses o años en prisión (si la sentencia es “a vida” o a cierto número de meses “a vida”, no se puede solicitar el traslado).
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No tener procesos penales o apelaciones pendientes, ni procesos migratorios pendientes.
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Que al momento de presentar la solicitud, quede por cumplir por lo menos seis meses de la sentencia.
¡No te dejes engañar!
El trámite de traslado es gratuito y no es necesario contar con un abogado o gestor. No proporciones tu información personal a quienes ofrezcan realizar este trámite en tu nombre.
¿Quién autoriza el traslado?
El Departamento de Justicia de Estados Unidos es la única autoridad facultada para autorizar una solicitud de traslado por parte de ese país. En el caso de México, sólo el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación puede autorizar una solicitud de traslado a México, para poder ser trasladado es necesario contar primero con la autorización de las autoridades estadounidenses y después de las autoridades mexicanas.
La Secretaría de Relaciones Exteriores, la Embajada de México en Estados Unidos y los consulados son el canal para enviar la documentación a las autoridades competentes, pero no intervienen de ninguna manera en la decisión de autorizar o negar un traslado ni pueden influir en ella.
Ninguna de las autoridades de los dos países está obligada a autorizar una solicitud de traslado. Por ello, el hecho de presentar una solicitud no significa que la solicitud de traslado será autorizada.
¿Cómo puedo presentar mi solicitud de traslado si cumplo una sentencia?
Comunícate con el Consulado de México donde te brindaremos mayor información sobre los requisitos y el procedimiento para llevar a cabo el traslado.
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Restitución de personas menores de edad
Si vives en Estados Unidos y tus hijos o hijas menores de 16 años fueron llevados a otro país sin tu consentimiento por su madre, padre u algún otro familiar, debes notificarlo inmediatamente a la Oficina de Asuntos de la Infancia del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Esa oficina revisa y tramita estos casos sin importar la nacionalidad, ni la situación migratoria de las personas menores de edad o de sus padres.
Teléfonos:
1-888-407-4747 (desde Estados Unidos y Canadá)
+ 1 202-501-4444 (desde cualquier otro país)
https://travel.state.gov/content/travel/en/International-Parental-Child-Abduction.html (información disponible en inglés)
Si te encuentras en México debes acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) más cercana a tu domicilio, o bien, a la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior si te encuentras en la Ciudad de México o zona metropolitana.
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Accidentes laborales
Si sufriste algún accidente en el trabajo y deseas recurrir a un juicio para obtener una indemnización por las lesiones ocurridas, el Consulado de México te orienta y canaliza tu caso con las autoridades correspondientes.
El Consulado de México no pude representarte en un juicio ante autoridades ni puede cubrir el costo del proceso legal. La asesoría brindada por el consulado es de carácter informativo y en ningún caso sustituye la asesoría de un representante legal.
Si sufriste algún accidente laboral y necesitas orientación, comunícate con el Departamento de Protección.
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