Los mexicanos que establezcan su residencia en el extranjero por más de seis meses tendrán derecho a importar por única vez su menaje de casa a México sin tener que realizar ningún pago de impuestos. Para ello, deberán obtener previamente el visado de menaje de casa de la sección consular de alguna embajada o de algún consulado.
El menaje de casa está conformado por artículos usados por el interesado y su familia durante su residencia en el extranjero, tales como ropa, libros, libreros, obras de arte u obras científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte, instrumentos científicos de profesionistas y herramientas de obreros y artesanos siempre que no integren un taller. No incluye vehículos automotores, bebidas ni animales.
Sólo podrá importarse un menaje de casa por familia.
El trámite es con cita. Favor de comunicarse al correo docmon02@sre.gob.mx para que le indiquen el día y la hora en que deberá presentarse.
Los requisitos para obtener el visado de la lista de menaje de casa son:
1. presentar una carta solicitud firmada por el interesado y dirigida a la sección consular o al consulado mexicano especificando el tiempo que el interesado residió en Canadá, su último domicilio, el número de integrantes de su familia y la dirección en donde asentará su nuevo domicilio en México, así como la leyenda «Declaro bajo protesta de decir verdad que mi repatriación es definitiva.» y firmas originales en cada hoja;
2. presentar una relación de menaje de casa impresa por cuadruplicado, con firmas originales en cada hoja e indicando con numeración todos los artículos que lo integran, su número de caja, cantidad, descripción y, en el caso de los artículos electrónicos, marca, modelo y número de serie, como por ejemplo:
CAJA | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | MARCA | MODELO | NÚMERO DE SERIE |
caja1 | 15 | libros | -------------------- | ||
caja 2 | 1 | CD player | La mejor | XYZ-9870-232 | |
caja 3 | 24 | papelería | |||
caja 4 | 3 | cuadros | |||
TOTAL |
3. comprobar que, al momento de hacer su solicitud, el interesado ha radicado en el extranjero como mínimo seis meses a través de los siguientes documentos: permiso de estancia o certificado de residencia, constancias escolares, contrato de arrendamiento de casa habitación por los dos últimos años, recibos de luz, gas o teléfono con la misma dirección que la del contrato de arrendamiento y/o con el nombre del solicitante;
4. acreditar la nacionalidad mexicana con original y copia del pasaporte mexicano vigente del interesado;
5. Pago de derechos correspondientes. Verificar el costo en la sección de Tarifas consulares en la pagina de inicio.
Tiempo de resolución: dos días hábiles
Notas
Deberán presentarse cuatro fotocopias tamaño carta y legibles de cada documento.
La internación del menaje de casa deberá realizarse a más tardar durante los seis meses posteriores al regreso definitivo del interesado al país. Si el menaje de casa no se interna en este periodo, el interesado deberá obtener la autorización de prórroga correspondiente de la Administración General de Aduanas de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.