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¿QUÉ NECESITO HACER PARA REGISTRAR A MI HIJO COMO MEXICANO SI NACIÓ EN ESTADOS UNIDOS?
Antes que nada necesitas hacer una cita en el 1-424-309-0009 o en la página web https://citas.sre.gob.mx y cumplir con los requisitos para realizar el trámite que encontrarás en el apartado de Doble Nacionalidad
No olvides que el día de la cita deberás venir junto con el menor que vas a registrar y todos los documentos necesarios.
Recuerda que al obtener su nacionalidad mexicana no se pierde ni afecta la ciudadanía estadunidense.
ME CASÉ EN MÉXICO Y QUIERO DIVORCIARME ¿PUEDO HACERLO EN EL CONSULADO?
El trámite de divorcio se lleva a cabo únicamente en México, sin embargo, si no deseas viajar hasta allá para llevar a cabo tu divorcio, puedes tramitar un poder notarial en el Consulado para que un abogado o una persona de tu confianza en México puedan hacerlo en tu representación. Si ambos están fuera de México cada uno puede tramitar un poder notarial para que alguien más los represente.
Requisitos:
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A partir del 01 de abril 2024, se requerirá pedir una cita en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para solicitar un poder notarial.
- Llenar la solicitud correspondiente.
- Ser mayor de edad y en pleno goce de sus facultades mentales.
- Pago de los Derechos Consulares es de $168.00 dólares (no se aceptan cheques personales)
- Presentar una identificación, oficial vigente con fotografía y una copia. Si eres nacido en territorio nacional, deberás de presentar identificación oficial vigente expedida por alguna autoridad mexicana.
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¿NECESITO CITA PARA IR AL CONSULADO?
Si estás tramitando alguno de los siguientes documentos SI debes hacer una cita en MICONSULADO llamando al 1-424-309-0009 o en la página web https://citas.sre.gob.mx.
Requisitos:
¿CUÁLES SON LOS PRECIOS DEL PASAPORTE Y DE LA MATRÍCULA?
- Pasaporte por 3 años deberás realizar el pago de derechos por $ 96.00 USD
- Pasaporte por 6 años deberás realizar el pago de derechos por $ 130.00 USD
- Pasaporte por 10 años deberás realizar el pago de derechos por $ 198.00 USD
- Matrícula consular cuya vigencia es de 5 años deberás realizar el pago de derechos por $ 39.00 USD
El pago puede ser en efectivo y/o tarjeta de crédito
901 Convention Center Blvd. Suite 119, New Orleans, La. 70130
Tel.: 504-528-3722 Ext. 6247, 6248, 6251
Fax: 504-528-3724
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Para el otorgamiento de un poder notarial por persona moral de una compañía establecida y constituida en México.
Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:
- A partir del 01 de abril 2024, se requerirá pedir una cita en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para solicitar un poder notarial.
- Llenar la Solicitud correspondiente.
- Presentar una identificación, oficial vigente con fotografía y una copia. Si eres nacido en territorio nacional, deberás de presentar identificación oficial vigente expedida por alguna autoridad mexicana.
- Copia certificada del Acta Constitutiva de la sociedad que contenga los estatutos de la sociedad, los órganos de representación de la misma, así como las modificaciones que se le hayan efectuado.
- Copia certificada del Acta de la Asamblea en la que se designa al compareciente y se le dan facultades para el otorgamiento del poder.
- Pago de los Derechos Consulares $257.00 dólares (no se aceptan cheques personales)
Atención: No se deje engañar, las citas son gratuitas y no son transferibles.
901 Convention Center Blvd. Suite 119, New Orleans, La. 70130
Tel.: 504-528-3722 Ext. 6250
Fax: 504-528-3724
https://consulmex.sre.gob.mx/nuevaorleans
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El Testamento es el acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o establece deberes para después de su muerte.
TESTAMENTOS PÚBLICOS ABIERTOS:
Se otorga ante el Cónsul, el interesado manifiesta su voluntad y el Cónsul toma nota de ésta.
Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:
- Para el otorgamiento de un Testamento Público Abierto, el interesado debe acudir ante el Cónsul Titular a manifestar su voluntad.
- Ser mayor de edad y en pleno goce de sus facultades mentales.
- Recepción de solicitudes de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 12:30 horas. No se requiere cita.
- Llenar la solicitud correspondiente.
- Presentar una identificación, oficial vigente con fotografía y una copia.
- El interesado deberá demostrar su estado civil. Además de los documentos anteriores debe presentar el acta de matrimonio, acta de divorcio o acta de defunción del cónyuge, según sea el caso.
- Cuando el testador desconozca el idioma español, deberá designar un intérprete quien concurrirá al acto y firmará el testamento, asimismo, éste deberá llenar una solicitud y presentar una identificación oficial vigente.
- Pago de los Derechos Consulares al 50% $219.50 dólares (no se aceptan cheques personales)
TESTAMENTO PÚBLICO CERRADO:
El testamento se presentará en un sobre cerrado y sellado, en presencia de tres testigos ante el titular de la Representación Consular en funciones de Notario Público.
Nota: Los que no saben o no pueden leer, no pueden testar de esta manera.
Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:
- Ser mayor de edad y en pleno goce de sus facultades mentales.
- Recepción de solicitudes de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 12:30 horas. No se requiere cita.
- Llenar la solicitud correspondiente.
- Presentar una identificación, oficial vigente con fotografía y una copia.
- En el caso de los tres testigos, éstos deberán presentar una identificación oficial vigente.
TESTAMENTO OLÓGRAFO:
Es el testamento escrito de puño y letra por el testador, que deberá estar totalmente escrito y firmado por él mismo, debiendo señalar el día, mes y año en que lo otorga, asimismo, deberá imprimir su huella digital. Este testamento se hace por duplicado cerrando cada ejemplar en un sobre lacrado.
Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:
- Recepción de solicitudes de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 12:30 horas. No se requiere cita.
- Llenar la solicitud correspondiente.
- Presentar una identificación, oficial vigente con fotografía y una copia.
- Dos testigos que lo identifiquen, éstos deberán presentar una identificación oficial vigente.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Tienen validez los poderes que se otorgan ante los Notarios Públicos Extranjeros (americanos, etc. )?
En el caso de poderes otorgados ante notarios públicos extranjeros (por ejemplo, del Estado de Luisiana y Mississippi) y que se pretenda surtan efectos en México, deberán aplicarse lo siguiente:
De conformidad con el artículo 140 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, los poderes otorgados fuera de la República Mexicana, una vez legalizados o apostillados y traducidos, en su caso, por perito, deberán protocolizarse para que surtan sus efectos con arreglo a la ley.
Por lo que se recomienda que si tienes la necesidad de otorgar un Poder Notarial que surta efectos en México, este lo realices ante un Consulado Mexicano, ya que los Poderes Notariales otorgados ante el Cónsul Mexicano, surte automáticamente efectos en la República Mexicana; no requiere apostillar el documento, ni llevarlo con un perito traductor, ya que estos son redactados en idioma español y tampoco requiere protocolizarse. ¡Te ahorras tiempo y dinero!
¿Para los poderes relacionados con sucesiones o herencias (de padres, esposos o familiares fallecidos) que necesito presentar?
Deberá proporcionar el nombre completo de la persona que falleció.
¿Para los poderes relacionados con cuentas de banco o cajas populares, que necesito presentar?
Deberá proporcionar la razón social del banco (nombre del banco o caja popular) y el número de su cuenta (si es posible traer el estado de cuenta).
¿Para poderes relacionados con el registro o reconocimiento de hijos en México, que necesito presentar?
Deberá proporcionar nombre completo, lugar y fecha de nacimiento de los hijos.
¿Para poderes relacionados con divorcios, que necesito presentar?
Deberá proporcionar el nombre completo de la esposa o esposo y del abogado que llevará el juicio. (si es posible traer copia del acta de matrimonio).
901 Convention Center Blvd. Suite 119, New Orleans, La. 70130
Tel.: 504-528-3722 Ext. 6250
Fax: 504-528-3724
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El Repudio de Derechos Hereditarios, es el acto mediante el cual la persona nombrada heredero en un testamento o en un juicio intestamentario, rechaza de manera formal la parte que le corresponde de los bienes del autor de una sucesión.
Se deben presentar los siguientes REQUISITOS:
- Ser mayor de edad y en pleno goce de sus facultades mentales.
- Recepción de solicitudes de Lunes a Viernes. Se requirirá pedir una cita en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
- Llenar la solicitud correspondiente.
- Presentar una identificación, oficial vigente con fotografía y una copia. Si eres nacido en territorio nacional, deberás de presentar identificación oficial vigente expedida por alguna autoridad mexicana.
- Pago de los Derechos Consulares $173.00 dólares en efectivo (no se aceptan cheques personales).
Atención: No se deje engañar, las citas son gratuitas y no son transferibles.
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