Matrícula Consular
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Matrícula Consular
Matrícula Consular - El Certificado de Matrícula Consular de Tercera Generación es un documento público probatorio de nacionalidad y de identidad que acredita que el titular se encuentra domiciliado y registrado dentro de la circunscripción de la Representación de México en el Exterior que lo expidió.
El trámite de matrículas consulares se brinda preferentemente mediante el servicio de citas gratuitas "MiConsulado"
Citas:
- Para obtener información sobre los requisitos y programar su cita, favor de marcar de lunes a viernes de 8 a 21 horas y sábados, domingo y días festivos de 9 a 18 horas el número gratuito +1 (424) 309-0009 o las 24 horas del día o mediante su portal de internet (click aquí).
- En caso de emergencia comprobada, puede acudir sin cita al Consulado General de lunes a viernes, entre las 8:00 a.m. y 1:00 p.m. (Se deberán presentar documentos que sustenten la emergencia).
* Para tramitar el formato OP7, no es necesario programar una cita.
Consulados Sobre Ruedas
También puede tramitar su matrícula consular en los Consulados Sobre Ruedas. Para acudir es necesario programar una cita. Las citas se obtienen llamando al +1 (424) 309-0009 o en el portal de "MiConsulado" aquí.
Para consultar el calendario del Consulado Sobre Ruedas clic aquí.
Cómo obtener una identificación
- Si estudió en México podrá iniciar el rastreo de sus antecedentes escolares llenando un formato en línea haciendo click aqui.
- Si estudia o ha estudiado en Estados Unidos, puede solicitar una carta de la institución educativa que incluya su fotografía y nombre completo para que la presente en el Consulado General como identificación, para ver un ejemplo (en español e inglés) haga click aquí.
- En caso de los menores de 7 años, podrían solicitar una carta del médico o pediatra, con fotografía y nombre completo para que la presente en el Consulado General como identificación, para ver un ejemplo (en español e inglés) haga click aquí.
Cómo obtener su acta de nacimiento
- Puede obtener una copia certificada de su acta contactando directamente al gobierno del Estado de la República donde se registró. En algunos casos puede recibirlas en su domicilio en Estados Unidos. De click aqui para ver el listado de los sitios de internet de cada uno de los estados.
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Se deberá programar una cita por cada persona que desee realizar el trámite de pasaporte.
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Sólo se podrá ingresar al Consulado General 15 minutos antes de su cita. En caso de que llegue 30 minutos o más después de la cita, le solicitaremos esperar hasta el final de la jornada para ser atendido.
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En caso de que llegue 30 minutos o más después de la cita, le solicitaremos esperar hasta el final de la jornada para ser atendido, o programar una cita.
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El trámite de pasaporte y de matrícula consular puede durar más de dos horas.
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Tener programada una cita no garantiza la obtención de un pasaporte y/o matrícula consular, ya que el personal del Consulado verificará que los documentos cumplan con los requisitos establecidos por la normatividad vigente.
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Los datos de la identificación deberán concordar fielmente con los del documento con el que se utilice para acreditar la nacionalidad.
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Se deben presentar documentos en original; serán devueltos al interesado.
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No se aceptarán documentos con alteraciones, enmendaduras y/o omisiones de ningún tipo, incluyendo sin limitar en la fecha de nacimiento, fecha de registro o nacionalidad de los padres, o que carezcan de sellos oficiales o firma autorizada, no sean legibles y/o muestren signos de que son apócrifos.
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Presentar documentación falsa es un delito. No se perjudique, y solicite asesoría en el Consulado General de México para ver las alternativas de su caso.
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Adicionalmente a la fotografía solicitada en los requisitos, se tomará una foto digital dentro del Consulado, la cual se imprimirá en el pasaporte y/o matrícula consular.
Requisitos
Requisitos Matrícula Consular
Para mayores de 18 años
Programar su cita llamando a MiConsulado, al +1 (424) 309-0009 o a través de internet (click aqui)
Acudir al Consulado el día y hora de su cita.
Acreditar la nacionalidad mexicana con alguno de los siguientes documentos:
- Acta de Nacimiento.
- Pasaporte mexicano sin observaciones, expedido después de 1995 en México, o después de 2006 en las oficinas consulares.
- Certificado de Nacionalidad Mexicana.
- Declaratoria de Nacionalidad Mexicana.
- Carta de Naturalización.
Mujeres Casadas: Si desea que en su Pasaporte se imprima el nombre de su esposo, deberá presenter acta de matrimonio. Si se casó nuevamente, deberá presentar las actas de divorcio y matrimonio correspondientes.
Acreditar la identidad mediante la presentación de alguna de los siguientes documentos oficiales con fotografía:
- Credencial de Elector (INE).
- Pasaporte mexicano sin observaciones, expedido después de 1995 en México, o después de 2006 en las oficinas consulares.
- Cartilla del Servicio Militar.
- Certificado de primaria o secundaria expedida por la SEP.
- Boleta certificada de algún año escolar en México, con fotografía.
- Título o Cédula Profesional.
- Credencial Escolar o Universitaria de NY, NJ o CT vigente, que incluya fecha de nacimiento.
- Credencial de una Institución de Seguridad Social de México (ISSSTE, IMSS, DIF o Centro de Salud).
- Permiso de Trabajo o Tarjeta de Residente, otorgada por el Gobierno de los Estados Unidos.
- Licencia de conducir mexicana con medidas de alta seguridad.
- Identificación oficial o licencia de conducir de Nueva York o Nueva Jersey vigente o vencida o de cualquier Estado de EUA que esté vigente.
- Identificación expedida por el Departamento de Motores y Vehículos (DMV) de un Estado de los EUA.
- Pasaporte estadounidense.
* Las mujeres casadas que ostentan en su identificación únicamente el apellido del cónyuge, se deberá presentar acta de matrimonio que vincule la asignación del apellido del cónyuge en la identificación, para comprobar que se trata de la misma persona.
Acreditar que vive en la circunscripción consular (Nueva York, Connecticut o Nueva Jersey) mediante la presentación de un comprobante de domicilio:
- Recibos de renta o servicios públicos (agua, luz, cable, teléfono, etc).
- Talón original de pago o nómina, a nombre del solicitante.
- Estado de cuenta bancario original, a nombre del solicitante.
- Licencia de conducir vigente de un Estado de los EUA.
- Identificación expedida por el Departamento de Motores y Vehículos (DMV) de un Estado de los EUA.
- Título original de propiedad de un vehículo del solicitante.
- Comprobante de recepción de giro ó de transferencia de dinero.
- Declaración de impuestos reciente ante la agencia recaudadora (IRS en los EUA) o equivalente.
- Correspondencia oficial dirigida al domicilio del interesado.
- Sobre de correspondencia personal recibida con sello postal.
- Cobro de tarjetas de crédito o de préstamos o de hipotecas.
- Comprobante de domicilio de familiar directo, demostrando el nexo familiar con actas de nacimiento o matrimonio.
- Contrato original de renta, a nombre del solicitante.
- Recibo simple ó genérico de renta, sellado por la empresa arrendadora.
Cubrir el pago correspondiente (Tiene una vigencia de 5 años)
Para menores 18 años de edad
Además de cumplir con los requisitos anteriores, deberán comparecer ambos padres o tutores legales con el menor, y
- Presentar el acta de nacimiento del menor para acreditar la filiación y ejercicio de la patria potestad.
- Llenar y entregar el formato de la autorización de ambos padres o tutores para emitir la Matrícula Consular.
- Ambos padres o tutores y el menor o persona con discapacidad deberán presentar una identificación oficial con fotografía.
Los menores de edad pueden presentar una de las siguientes identificaciones:
- Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana y/o boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana.
- Identificación oficial vigente recientemente emitida por alguna autoridad de Estados Unidos de América, como pasaporte o Tarjeta de Residencia.
- Credencial de estudiante vigente, emitida por la institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía del menor.
- Carta de una escuela primaria de NY o NJ con sello sobre la fotografía y firma del funcionario, sólo para menores de 10 años. (Debe mostrar el nombre completo del menor y fecha de nacimiento).
- Carta del pediatra con fotografía y sello sobre la misma, sólo para menores de 7 años de edad. (Debe mostrar el nombre completo del menor y fecha de nacimiento).
Notas
- El nombre que se incluye en el documento de identidad debe ser idéntico al del documento que acredita su nacionalidad; en caso contrario, el interesado deberá presentar otro(s) documento(s) que pruebe(n) o de los que se desprenda que es la misma persona.
- La presentación de cualquiera de los documentos mencionados, no garantiza la obtención de un pasaporte y/o matrícula consular, ya que el personal del Consulado verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos y características establecidas por la normatividad vigente.
- Para los menores de 18 años: los nombres de los padres que aparezcan en las identificaciones, deberán coincidir fielmente con los nombres de los padres que aparezcan en el acta de nacimiento del menor.
- Para los menores de 18 años: si alguno de los padres o tutores no reside en el área del Consulado, debe acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México o ante una oficina consular en el extranjero más cercana a su domicilio para otorgar su autorización.
- Para los menores de 18 años: cuando solamente viva uno de los padres o tutores, se deberá presentar ante la oficina consular, copia certificada del acta de defunción del fallecido.
- Los tutores deberán presentar copia certificada, por el Juzgado de origen, de la resolución judicial que le confirió su cargo.
- Para los menores de 18 años: podrán presentar recibos de renta o de servicios públicos a nombre de los padres o quienes ejercen la patria potestad como comprobantes de domicilio.
Renovación o Canje
Renovación o Canje Matrícula Consular
Para mayores de 18 años
Sí se podrá canjear la Matrícula Consular cuando: concluya su vigencia; el interesado cambie de domicilio; en caso de mutilación o deterioro; por modificación de datos personales.
No se podrá canjear una Matrícula Consular expedido antes del 13 de mayo de 2005. En estos casos, el interesado tendrá que cumplir con todos los requisitos como si fuera expedición por primera vez.
- Programar su cita llamando al servicio MiConsulado, al +1 (424) 309-0009 o a través de internet (click aquí)
- Acudir al Consulado el día y hora de su cita.
- Presentar la Matrícula Consular a canjear.
- En caso de robo o extravío se deberá presentar en el Consulado y obtener indicaciones para hacer el acta de denuncia.
- Cubrir el pago correspondiente
- Si cambió de domicilio, debe presentar comprobante actual a su nombre.
- Si se modificaron los datos personales u otros, se deberán presentar los documentos que sustenten la solicitud de los cambios.
- Para los menores de 18 años, se deberán presentar original de la identificación de los padres o tutores, y el formato de autorización para que el menor canje la Matrícula Consular.
Notas
- El nombre que se incluye en el documento de identidad debe ser idéntico al del documento que acredita su nacionalidad; en caso contrario, el interesado deberá presentar otro(s) documento(s) que pruebe(n) o de los que se desprenda que es la misma persona.
- En casos de reposición por robo o extravío o destrucción, si no existe un expediente digital en el sistema, se solicitarán pruebas documentales como si se tratara de un trámite por primera vez.
- La presentación de cualquiera de los documentos mencionados, no garantiza la obtención de un pasaporte y/o matrícula consular, ya que el personal del Consulado verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos y características establecidas por la normatividad vigente.
- Para los menores de edad, los nombres de los padres que aparezcan en las identificaciones, deberán coincidir fielmente con los nombres de los padres que aparezcan en el acta de nacimiento del menor.
- Se deben presentar documentos en original; serán devueltos al interesado.
Casos Especiales
Casos Especiales
Adopciones
Para la expedición de pasaportes a menores de edad que hayan sido adoptados en México bajo los regímenes de adopción distintos a la plena, además de cumplir con los requisitos generales, se deberá presentar copia certificada de la resolución judicial mexicano y del auto por el cual causó ejecutoria, así como del acta expedida por la oficina del registro civil mexicano.
En caso de que la adopción se haya realizado en el extranjero se deberá homologar la resolución judicial extranjera ante juez mexicano, conforme a las disposiciones establecidas en el Código Federal de Procedimientos Civiles, y sólo en esos casos se procederá a la expedición del pasaporte.
Fundamento Legal
- Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963).
- Reglamento de Matrícula Consular, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2005.
- Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2011.
- Acuerdo por el que se establecen y dan a conocer los formatos, así como sus respectivos instructivos de llenado, que deberán utilizar los mexicanos en los trámites de pasaportes y del documento Identidad y Viaje, a través de las Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Dirección General de Delegaciones en territorio nacional, así como de las Oficinas Consulares en el extranjero, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio del 2012.
- Disposiciones de orden administrativo emitidas por las Direcciones Generales de Delegaciones y de Servicios Consulares.
Preguntas Frecuentes
Preguntas Frecuentes
VIGENCIA
Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición.
¿ES NECESARIO TENER CITA PARA TRAMITAR MI CERTIFICADO DE MATRÍCULA CONSULAR?.
Sí.
¿QUÉ PASA SI NO TENGO NINGUN COMPROBANTE DE DOMICILIO A MI NOMBRE?
Si usted vive con algún familiar puede traer el acta de nacimiento de su familiar en el que se desprenda el parentesco.
Si no vive con algún familiar, usted puede pedirle a algún conocido que le mande una carta a través del correo a su domicilio y presentar dicha carta como comprobante de domicilio.
¿QUÉ PASA SI NO ENCUENTRO MI MATRÍCULA CONSULAR ANTERIOR O ME LA ROBARON?
En estos casos deberá acudir al Departamento de Policía de la ciudad donde radica y levantar un reporte de pérdida de su matrícula, que deberá presentar en la Oficina Consular con el resto de los requisitos solicitados, como si se tratara de la expedición por primera vez.
¿QUÉ PASA SI EN MI IDENTIFICACIÓN APARECE EL APELLIDO DE MI CÓNYUGE?
Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.
De igual manera si desea que en su matrícula consular aparezca el apellido de su cónyuge deberá presentar el original del acta de matrimonio.
Se recuerda que en la matrícula consular se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos del solicitante. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial de la matrícula.
¿QUÉ PASA SI AL ENTREGARME MI MATRÍCULA CONSULAR, DETECTO QUE HAY UN ERROR EN LOS DATOS?
Antes de que se envía la matrícula consular a imprimir, el sistema arroja un comprobante de datos que el personal de la Oficina Consular le debe de entregar para que usted lo revise cuidadosamente. Si al revisarlo detecta un error, éste se puede corregir. Sin embargo, una vez que la matrícula consular es impresa y entregada al interesado, ya no se puede corregir, por lo que usted tendrá que volver a realizar el trámite pagando los derechos de un nuevo documento.
Estimado paisano, antes de acudir a la Oficina Consular, asegúrate de contar con todos los requisitos. Si tienes dudas, revisa el Reglamento de Matrícula Consular, publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2005. Su COLABORACIÓN es muy importante para brindarle un servicio eficiente.
En el caso de menores de edad
¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad?
Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.
¿Qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad y no puede firmar el formato de autorización?
Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de matrícula consular para su menor hijo, deberán acudir a la Oficina de Emisión de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato correspondiente para ser enviado a la Oficina Consular donde se realizará el trámite o deberán acudir al Consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato de autorización.
¿Si soy la madre/padre del menor y estoy divorciada/o y tengo la guardia y custodia de mi hijo, puedo sacarle su matrícula consular sin el consentimiento de su padre/madre?
No. La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle la matrícula sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar el formato de autorización.
Costos
Costos
Matrícula Consular
Vigencia |
Derechos (USD) |
Matrícula Consular |
$ 40.00 |
- Desde el 1° de noviembre de 2022 el pago de los servicios de Pasaporte o Matrícula Consular puede ser en efectivo o pago con tarjeta de crédito/débito.
- Precios vigentes a partir del 1° de enero de 2025. Los precios no los elige el Consulado General de México en Nueva York, sino que son establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y fueron actualizados mediante el "Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos para el ejercicio 2025", publicado en el Diario Oficial de la Federación.