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Actos Notariales

Los trámites notariales que se ofrecen en este Consulado General son para las personas que residen en los estados de Nueva York y Nueva Jersey.

LOS TRÁMITES NOTARIALES SE REALIZAN EXCLUSIVAMENTE CON PREVIA CITA.

PUEDE PROGRAMAR SU CITA A TRAVÉS DEL NÚMERO GRATUITO MICONSULADO +1 (424) 309 0009

O BIEN A TRAVÉS DEL PORTAL DE INTERNET (CITAS.SRE.GOB.MX)

En caso de no haber podido agendar su cita en el sitio web dispuesto para tal fin, por favor diríjase a nosotros por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., incluyendo en su mensaje:

  • El tipo de trámite que solicita;
  • Identificación mexicana vigente (personas extranjeras: presentar pasaporte vigente del país de origen);
  • Número telefónico de contacto.

Tenga en cuenta que...

  1. Los actos notariales son personalísimos y el Consulado no trabaja con intermediarios o gestores de ningún tipo.
  2. La programación de las citas es GRATUITA
  3. El día de su cita, deberá presentarse con toda la documentación relevante para su trámite. Por favor, tome un momento para revisar detalladamente la lista de requisitos para cada trámite:

 

Poder Personas Físicas

Poder para Personas Físicas

Requisitos generales para personas físicas:

1. Presentar uno de los siguientes documentos como identificación 

- Pasaporte mexicano vigente

- Matrícula consular vigente

- Credencial para votar del INE

  • *Personas que nacieron en México, deberán presentar obligatoriamente identificaciones mexicanas vigentes.

    PERSONAS CASADAS, que soliciten poderes para Actos de Administración, Dominio, Propiedades, Infonavit, Procampo y/o Trámites Fiscales deberán presentar el acta de matrimonio original. De estar casados en Estados Unidos o bajo el régimen de SOCIEDAD CONYUGAL en México, deberán presentarse con su cónyuge con identificación oficial vigente.

    2. Presentar la información completa del trámite para el que utilizará el Poder Notarial, por ejemplo:

Ejemplos de la información que tendrá que presentar:

Poderes sobre Propiedades

Requiere copia de las escrituras

Poderes sobre Bancos o Pólizas

Requiere copia del estado de cuenta

Poderes sobre Vehículos o concesiones de transporte

Requiere copia de la concesión y del título del vehículo

Poderes sobre Actas de Nacimiento

Requiere acta de nacimiento original

  • Personas que no saben leer y/o escribir tendrán que presentarse con un lector con identificación oficial vigente.

El pago de derechos de $ 168.00 dólares.

IMPORTANTE
• Personas que no saben leer y/o escribir,
tendrán que presentarse con una persona que sepa leer y escribir con identificación oficial vigente.
• Personas que NO nacieron en México,
presentar pasaporte vigente de su nacionalidad.
• People who don´t speak Spanish
must come with an interpreter with official ID.


 

Poder Personas Morales

Poder Personas Morales

Para poderes a nombre de empresas o personas morales, el representante legal debe presentar los siguientes documentos:

  • Copia certificada del acta constitutiva de la empresa, traducida, certificada por un notario local y apostillada, expedida en los últimos seis meses.
  • Los estatutos en los que se determinen sus órganos administrativos y sus facultades, traducidos, certificados por un notario local y apostillados, expedidos en los últimos seis meses.
  • El documento que compruebe que la persona que comparece a tramitar el poder notarial tiene facultades para otorgar poderes notariales a nombre de la empresa, traducido, certificado por un notario local y apostillado, expedido en los últimos seis meses.
  • La información completa del trámite que realizará en México.

El pago de derechos de $ 251.00 dólares.

IMPORTANTE:

El representante de la empresa que tramitará el poder notarial, deberá presentar una identificación oficial vigente que coincida exactamente con el nombre que aparece en los documentos de la empresa.

Personas que no hablen español, deberán comparecer acompañadas de un intérprete con identificación oficial.

Repudio de Herencia

Repudio de Herencia

Cualquier persona que haya sido designada heredera en un testamento o tiene la posibilidad de ser designada heredera en un juicio sucesorio intestamentario, puede, si así lo desea, renunciar a sus derechos hereditarios. Cabe destacar que la renuncia no se puede hacer en beneficio de una tercera persona, o de manera parcial.

  • El interesado en realizar una renuncia de derechos hereditarios debe presentar una identificación oficial vigente. Por favor tome en cuenta que personas nacidas en México, deberán identificarse obligatoriamente como nacionales mexicanos.
    • Pasaporte vigente
    • Certificado de Matrícula Consular
    • Credencial para votar
    • Cartilla del Servicio Militar Nacional
  • Nombre completo y correcto del finado(a).
  • Personas que no saben leer y/o escribir tendrán que presentarse con un lector con identificación oficial vigente.

El pago de derechos de $ 168.00 dólares. 

Revocación de Poder Notarial

Revocación de Poder Notarial

En este Consulado General podrán revocar poderes notariales otorgados ante la fe de cualquier notario público en territorio nacional mexicano o poderes expedidos representaciones consulares o en secciones consulares de Embajadas de México. Las revocaciones no se podrán realizar de manera parcial respecto de los apoderados.

Requisitos:

  • Una identificación oficial vigente,  por ejemplo: pasaporte vigente, credencial para votar, certificado de matrícula consular o cartilla del servicio militar nacional. Por favor tome en cuenta que personas nacidas en México, deberán identificarse obligatoriamente como nacionales mexicanos.
  • Copia simple del poder notarial que desea revocar.
  • En caso de que el poder notarial que desea revocar se haya expedido ante la fe de un Notario Público en territorio nacional, deberá proporcionar la información de contacto de la Notaría, dirección, teléfono, correo electrónico.

El pago de derechos de $ 168.00 dólares.

Convenio de Ejercicio de la Patria Potestad sobre los Menores

Convenio de Ejercicio de la Patria Potestad sobre los Menores

Las personas que ejercen la patria potestad sobre menores, pueden convenir que su hijo o hijos, residan temporalmente en territorio nacional mexicano con una tercera persona (abuelos, tíos, primos, etc.) con la intención de que durante ese periodo dicha persona ejerza el derecho que legalmente corresponde a los padres o tutores, autorizándola para tomar decisiones sobre los menores respecto a la educación, salud, residencia, viajes, visas, entre otros.

Si la persona que cuidará de su hijo o hijos es distinta alguno de los padres, el convenio sólo podrán otorgarlo siempre y cuando comparezcan ambos padres.

Si usted registró a su hijo como madre soltera, puede presentarse sola.

Si alguno de los padres falleció, podrá otorgarlo el padre supérstite, siempre y cuando presente el acta de defunción original.

Requisitos:

  • Una identificación oficial vigente,  por ejemplo: pasaporte vigente, credencial para votar, certificado de matrícula consular o cartilla del servicio militar nacional. Por favor tome en cuenta que personas nacidas en México, deberán identificarse obligatoriamente como nacionales mexicanos.
  • Acta de nacimiento original de su hijo o hijos.
  • Tendrá que manifestar la siguiente información: el nombre completo y correcto de la persona o personas que cuidarán de su hijo, la dirección completa donde radicarán y la cantidad mensual que enviará para los gastos de la manutención y la temporalidad por la que otorgará el convenio.

El pago de derechos de $ 63.00 dólares.

Testamentos

Testamentos

El testamento es un acto por el cual una persona dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.

Requisitos generales:

  • Una identificación oficial vigente, por ejemplo: pasaporte vigente, credencial para votar, certificado de matrícula consular o cartilla del servicio militar nacional. Por favor, tome en cuenta que personas nacidas en México deberán identificarse obligatoriamente como nacionales mexicanos.
  • Proporcionar el nombre completo y correcto de sus padres e hijos concebidos.
  • En caso de estar casado(a) presentar el acta de matrimonio. Si no tiene el acta de matrimonio, deberá proporcionar el nombre completo y correcto de su cónyuge y el régimen patrimonial por el cual se casó.
  • Si usted desea designar bienes inmuebles específicos para una o más personas determinadas, deberá presentar copia completa de las escrituras.
  • Si usted desea repartir sus bienes por porcentajes, sin distinguir bienes de sus herederos, no es necesario presentar copia de las escrituras.
  • Nombre completo y correcto de la persona que designará como albacea. Su albacea debe tener la posibilidad de viajar a México o estar en México. Su albacea se encargará de hacer el avalúo e inventario de los bienes heredados, la repartición y la adjudicación a sus herederos, entre otras facultades.
  • El pago de derechos para tramitar el testamento:
    • Para mexicanos: $ 214.00 dólares.
    • Para extranjeros: $ 427.00 dólares. 

IMPORTANTE: Personas que no puedan leer o escribir, deberán presentarse acompañadas de dos testigos con identificaciones oficiales vigentes.

Costos

Costos

 

Trámite o Servicio

Pago de Derechos (USD)

 

Poder Notarial - Persona Física

$ 168.00

 

Poder Notarial - Empresa o Persona Moral

$ 251.00

 

Testamento Público Abierto para Mexicanos

$ 214.00 

 

Expedición subsecuente de testimonios (por hoja)

$ 11.00

 

Convenio de Ejercicio de la Patria Potestad sobre los Menores

$  63.00

 

  • Precios vigentes a partir del 1° de enero de 2024. Los precios no los elige el Consulado General de México en Nueva York, sino que son establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y fueron actualizados mediante el "Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos para el ejercicio 2024", publicado en el Diario Oficial de la Federación.