Registro de Matrimonio
MATRIMONIO
En los Consulados de México se pueden celebrar matrimonios entre personas mexicanas, incluyendo matrimonios igualitarios. A continuación, se detallan los requisitos y el proceso para llevar a cabo este trámite.
Requisitos generales:
- Ambos contrayentes deben ser de nacionalidad mexicana.
- La edad mínima para contraer matrimonio es 18 años. Se recuerda que quedan prohibidos los matrimonios entre menores de edad, conforme a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
- Documentos necesarios:
Para autorizar el registro de matrimonio, los contrayentes deberán presentar los siguientes documentos:- Copia certificada del acta de nacimiento de ambas personas.
- Identificación oficial mexicana vigente en original de cada solicitante.
- Convenio sobre el régimen matrimonial en relación con los bienes presentes y futuros (se realiza en el Consulado el día de la ceremonia).
Las personas que hayan estado casadas anteriormente deberán presentar: - Copia certificada del registro de matrimonio con la inscripción de la disolución.
- Copia certificada del acta de divorcio o sentencia de divorcio.
- Copia de la sentencia de nulidad de matrimonio y del auto que la declare firme.
En caso de viudez, se realizará una consulta en el sistema para localizar el acta de defunción del cónyuge fallecido
Matrimonios igualitarios
El Consulado de México en Orlando también celebra matrimonios igualitarios, garantizando la igualdad de derechos para todas las personas.
Proceso de celebración del matrimonio
Se agradecerá enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. proponiendo tres fechas para la celebración de la ceremonia de matrimonio.
Formalidad del acto
El matrimonio es un acto solemne y se celebra en el Consulado con las solemnidades y formalidades que establece la ley.
INE
REQUISITOS:
- Documento que acredite la nacionalidad.
- Identificación oficial con fotografía
- Comprobante de domicilio
Consulta la:
IMPORTANTE: En caso de que no cuente con acta de nacimiento, o esta se encuentre alterada, mutilada, enmicada o no sea legible; usted podrá adquirir una nueva acta de nacimiento en https://www.gob.mx/actas o en el Registro Civil del Consulado, siempre y cuando se encuentre en el sistema.
Espera tu credencial y confirma su recepción.
- Una vez que tu trámite sea validado, el Instituto Nacional Electoral enviará por mensajería, en un periodo de tres a cinco semanas, la credencial a tu domicilio. Es importante mencionar que solo tú podrás recibirla por lo que deberás identificarte en ese momento.
- Sabemos que ya recibiste tu Credencial, pero necesitamos confirmar que tú la recibiste a fin de evitar que le den mal uso. Además, al hacerlo será válida para que puedas votar e identificarte. Una vez recibida, llama al número que viene en el sobre para validarla.
- Puedes verificar el estatus de tu trámite en el Sistema de Consulta o llamando a INETEL desde Estados Unidos sin costo al 1 (866) 986 8306 o desde otros países por cobrar: +52 (55) 5481 9897.
Pasaportes Menores de Edad
MENORES DE EDAD
Se entiende por menor de edad a la persona que aún no ha cumplido los dieciocho años y que no haya contraído matrimonio. Para la expedición de pasaporte a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:
1. Comparecer personalmente en compañía de la persona menor de edad ante la Oficina Consular correspondiente con o sin cita
La cita se podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica Mi Consulado por WhatsApp o llamando al 1 (424) 309 0009, o en la página web citas.sre.gob.mx.
2. Acreditar la nacionalidad mexicana.
Si de la consulta a las bases de datos, sistemas o archivos a los que tenga acceso la Secretaría no se pueda acreditar la nacionalidad de la persona solicitante, ésta deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
I. Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano o por oficina consular;
II. Certificado de nacionalidad mexicana;
III. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
IV. Carta de naturalización;
V. Cédula de identidad ciudadana, o
VI. Certificado de matrícula consular.
3. Identificación oficial vigente con fotografía, en la que los datos de la persona menor de edad coincidan plenamente con los de su acta de nacimiento. Por ejemplo: credencial escolar, carta del pediatra (menores de 7 años), entre otros.
4. Identificación oficial de la o las personas que ejerzan la patria potestad o tutela, así como su autorización, la cual puede otorgarse presencialmente o a distancia, ya sea ante otra oficina consular o alguna oficina de pasaportes en México (OP-7).
5. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.
OP7 , ¿Qué ocurre si uno de los padres no puede estar presente?
La OP7 es el formato que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.
Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para el menor, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato OP7 para ser enviado a este Consulado General o deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato OP7.
La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar la OP7
¿Dónde puedo obtener los formatos para el pasaporte y la OP7?
Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.
Matrícula Consular
REQUISITOS:
1. Probar nacionalidad mexicana con alguno de los siguientes documentos:
-
Acta de nacimiento;
-
Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
-
Certificado de nacionalidad mexicana;
-
Carta de naturalización;
-
Pasaporte mexicano sin observaciones
2. Probar su identidad con alguno de los siguientes documentos:
-
Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral
-
Cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional
-
Cédula profesional
-
Título profesional
-
Certificado de Nacionalidad Mexicana
-
Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
-
Carta de naturalización mexicana
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Matrícula consular de alta seguridad
-
Pasaporte mexicano
-
Credencial del INAPAM
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Credencial de afiliación al IMSS o ISSSTE
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Tarjeta de cruce fronterizo (visa estadounidense)
-
Cédula de identidad mexicana
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Licencia de conducir estadounidense con medidas de alta seguridad. Si la licencia de conducir fue expedida por un estado distinto a Texas, ésta deberá estar vigente.
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Tarjeta de residente permanente con medidas de alta seguridad
-
Pasaporte extranjero vigente
-
Permiso de trabajo estadounidense
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Credenciales con fotografía de escuelas de Estados Unidos
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Tira de calificaciones (Transcript) con fotografía expedidos por escuelas y distritos escolares estadounidenses (la fotografía debe estar sellada por la escuela o el distrito escolar y firmado por la persona responsable en la institución educativa)
-
Carta expedida por pediatras locales (exclusivamente para menores de 7 años). Debe tener una fotografía firmada o sellada por el médico o la institución de salud y debe estar firmada por el médico tratante.
-
Certificado de primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana (con fotografía y sello de la SEP)
-
Constancia de origen y/o identidad.
3. Probar domicilio en la circunscripción consular:
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Recibo de renta o servicios públicos: agua, luz, teléfono, recibos de servicios médicos, cuentas de banco, cheques personales con domicilio del interesado, etc.;
-
Comprobantes de seguridad social expedidos por la autoridad correspondiente.
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Correspondencia postal a su nombre, sellada por el Servicio Postal;
-
Licencia de conducir vigente;
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Registro original de un vehículo ante el departamento de tránsito o automotores;
-
Contrato original de renta.
PREGUNTAS FRECUENTES
-
¿Qué pasa si en mi identificación aparece el apellido de mi cónyuge?
Si desea que en su matrícula consular aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.
Si en su identificación tiene el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.
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¿Los menores de edad también pueden tramitar una matrícula consular? Si. Los progenitores deben otorgar su autorización para que se pueda expedir una matrícula consular a un menor de edad.
Los progenitores deben presentar una identificación oficial vigente con fotografía y firma, en la que su nombre se encuentre asentado exactamente como lo está en el acta de nacimiento del menor.
En caso de que alguno de los progenitores se encuentre en una ciudad distinta tendrá que acudir a un Consulado u oficina de la SRE para firmar la autorización para la expedición de una matrícula consular.
Si alguno de los progenitores falleció, presentar acta de defunción.
En casos de divorcios o progenitores desaparecidos, se podrá presentar la resolución judicial en el que se haya decretado la pérdida de la patria potestad a alguno de los progenitores. En caso de no contar con dicho documento, solicite la asesoría del Departamento de Protección del Consulado General.
Pasaportes Mayores de Edad
EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ
Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener pasaporte, cumpliendo con los siguientes requisitos.
1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica Mi Consulado por WhatsApp o llamando al 1 (424) 309 0009, o en la página web citas.sre.gob.mx.
2. Acreditar la nacionalidad mexicana con alguno de los siguientes documentos:
I. Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano o por oficina consular;
II. Certificado de nacionalidad mexicana;
III. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
IV. Carta de naturalización;
V. Cédula de identidad ciudadana
3. Presentar una identificación oficial vigente en original, como credencial para votar del INE, matrícula consular, licencia de conducir, entre otras.
4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.
RENOVACIÓN
Para la renovación o canje de pasaporte, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con o sin cita
2. Presentar pasaporte para renovar.
3. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.
Si el Pasaporte tiene alguna restricción u observación, deberá cumplir con el requisito que se indique; si es NO CANJEABLE, deberá presentar la documentación completa como si se tratara por primera vez.
¿Qué pasa si no encuentro mi pasaporte anterior o me lo robaron?
En caso de robo, pérdida o destrucción del pasaporte anterior, deberá levantarse un acta ante la autoridad competente del país donde se encuentre o llenar el formato que le proporcione la oficina consular para dicho fin, así como presentar nuevamente los requisitos como si fuera un trámite de primera vez.
VIGENCIA
En el extranjero los pasaportes mexicanos tienen una vigencia de tres, seis o diez años (solo para mayores de 18 años de edad).
TIEMPO DE ENTREGA
Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte es entregado el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.
APELLIDO DEL CÓNYUGE
Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.
De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.
Se recuerda que en todo pasaporte mexicano se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos de los solicitantes. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.
ACTAS DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEAS
Si usted fue registrado de manera EXTEMPORÁNEA, es decir, que el registro se realizó pasados los años de gracia que tuvieron para registrarlo, sólo podrá tramitar pasaporte presentando una PRUEBA COMPLEMENTARIA.
Importante: Antes de visitar la Oficina Consular, verifique si su acta es extemporánea y lo que necesitaría:
Períodos de extemporaneidad:
Para mayores de edad: 10 años
Para menores de edad: 2 años
Si su registro de nacimiento se pasa del periodo de extemporaneidad, deberá presentar UNO de los siguientes documentos COMPLEMENTARIOS:
- Certificado o constancia de alumbramiento que manifieste que un menor nació vivo y el nombre de sus progenitores.
- Partida parroquial de bautismo del interesado.- Deberá estar cotejada en los libros de la parroquia correspondiente por Notario Público o autoridad legalmente facultada para ejercer dichas funciones en territorio nacional.
- Copia certificada del acta de matrimonio del padre o madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de ellos es mexicano y que se casaron en territorio nacional, antes de la fecha de nacimiento del solicitante.
- Copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil. La fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
- Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor del interesado que haya nacido en territorio nacional. Igual que en el caso anterior, la fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
- Certificado de educación primaria o boleta de calificaciones del mismo nivel, expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Dependencia del Ejecutivo.
De no contar con alguno de estos documentos, la Oficina Consular podrá verificar por medios electrónicos o por escrito la validez del acta de nacimiento ante la oficina del Registro Civil que la expidió, lo cual puede retrasar la expedición del pasaporte.
Estimado paisano, antes de acudir a la Oficina Consular, asegúrate de contar con todos los requisitos. Si tienes dudas, revisa el Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011. Su colaboración es muy importante para brindarle un servicio eficiente.