Para consultar los países que requieren Visa para viajar a México ingresa aquí
Todos los extranjeros, sin importar su nacionalidad, deberán presentar pasaporte o documento de viaje vigente al ingresar a México, ya sea por vía terrestre, aérea o marítima. El pasaporte deberá estar vigente durante la totalidad del viaje.
- Si usted es Residente Permanente de cualquiera de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, así como de los países que integran el Espacio Schengen, no necesita visa para entrar a México por motivos de turismo, negocios o tránsito. Al entrar a México deberá presentar su tarjeta de Residente Permanente vigente junto con su pasaporte.
- Si usted es cuenta con una visa válida y vigente de cualquiera de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o de un país miembro del Espacio Schengen, no necesita visa para entrar a México por motivos de turismo, negocios o tránsito. Al entrar a México deberá presentar su visa válida y vigente junto con su pasaporte.
- Si la tarjeta de residente permanente o visa de los Estados Unidos de América estampada en su pasaporte está expirada, pero cuenta con documentación o forma migratoria para probar su estancia legal en los Estados Unidos de América, deberá solicitar visa mexicana en este Consulado. Las Formas I-797 A, Advance Parole, Formas I-20 o DS-2019 no son documentos aceptados para el ingreso a México.
Tipos de visas
- Diplomática | Oficial
- Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (Turista | Negocios | Tránsito).
- Permisos de trabajo (NUT)
- Para realizar trámites de adopción
- Residente temporal
- Estudiante (Residente temporal)
- Residente Permanente
Requisitos
Presentarse a la entrevista consular y entregar los siguientes documentos:
- Formato de solicitud de visa ante la oficina consular.
- Pasaporte o documento de identidad y viaje válido y vigente.
- Proporcionar al funcionario la información requerida durante la entrevista consular, como datos personales para su debida identificación, motivo de viaje e información específica que se requiera, dependiendo del tipo de visa solicitada.
- Original o copia certificada, según sea el caso, de los requisitos específicos según el trámite que se solicita.
- Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte.
- Permitir la toma de la fotografía y de la impresión de huellas, a través de medios electrónicos.
Nota: El Consulado analizará la información y documentos proporcionados por el interesado y en los casos procedentes, previo el pago de derechos a que haya lugar, expedirá la visa dentro de los siguientes diez días hábiles contados a partir del día en que se haya celebrado la entrevista consular.
Las siguientes visas pueden ser atendidas en los Consulados solamente con solicitud previamente autorizada por el Instituto Nacional de Migración:
- Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, cuando es solicitada por razones humanitarias.
- Visa de Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, cuando es solicitada por oferta de empleo.
- Visa de Residencia Temporal, cuando es solicitada por oferta de empleo o por unidad familiar.
- Visa de Residencia permanente, cuando es solicitada por oferta de empleo, por unidad familiar o por derivado del reconocimiento de la condición de refugiado.
Para mayor información, favor de establecer contacto con la siguiente dirección de correo electrónico:
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