Poder Notarial 

A partir del 1° de octubre del 2023 y con el fin de ofrecer un mejor servicio, se deberá obtener cita para los trámites de PODERES NOTARIALES, llamando a MiConsulado 1-424-309-0009 o a través de citas.sre.gob.mx. No se admitirán solicitudes sin cita ni se procesarán trámites sin cita para dicho trámite.

El procedimiento requiere presentar la solicitud, requisitos, hacer el pago correspondiente ($168.00 dólares de acuerdo a la Ley de derechos 2024) y acudir al Consulado en 2 ocasiones más (firma y recoger su documento).

Para descargar la solicitud en los siguientes enlances:

 El interesado ó los interesados en otorgar un poder deberán llenar una solicitud y presentar originales de los siguientes documentos:

1. Identificación oficial con fotografía y una copia de cada persona que vaya a otorgar el poder.

Se aceptan como oficiales las siguientes identificaciones:

  • Pasaporte
  • Credencial de elector con fotografía
  • Cartilla del Servicio Militar Nacional (SMN)
  • Matrícula Consular

Nota: La identificación debe estar  vigente, contener firma,  nombre(s) y  apellidos completos.

 

2. Acta de nacimiento original y una copia (tamaño carta)  de cada persona que vaya a otorgar el poder.

 

3. Demostrar su estado civil, presentando su Acta de matrimonio, o divorcio o de defunción del cónyuge, según sea el caso y una copia (tamaño carta).

(Los poderes que contengan actos de administración y dominio, ambos cónyuges deben de dar la autorización si están casados bajo el régimen de sociedad conyugal o sociedad legal).

 

4. Breve descripción del objeto del poder, por escrito.

Todos los datos necesarios para poder redactar el poder, en una hoja aparte, firmada.

 

5. Llenar la solicitud de trámite de Poder.

El tiempo de entrega dependerá de la demanda que tenga este Consulado.

Si desea revocar un poder otorgado previamente ante un Cónsul Mexicano o ante un Notario Público en México, es necesario que además de los documentos anteriores, presente copia del poder que desea revocar.

El pago para la obtención del poder notarial o revocación debe ser por medio de tarjeta debido o crédito una vez recibida su solicitud y requisitos.

 

Nota:

Es importante que en la descripción que de por escrito (en hoja), contenga todos los datos necesario que solicita la persona o autoridad en México. Asimismo, proporcionar la información relativa al tribunal, juzgado o autoridad administrativa ante la que se ventila la controversia, de ser ese el caso, la ubicación del inmueble objeto de la compraventa, y otros datos pertinentes al objetivo del acto como temporalidad o limitaciones que el poderdante quiera dar al ejercicio del poder. El día que acuda a recoger su poder, TODOS los poderdantes deberán estar presente y firmar el poder. Usted deberá presentarse tres veces al Consulado.

 

ATENCIÓN: Conforme a la normatividad vigente, los Consulados de México no/no tienen la facultad de certificar contratos o convenios ni de ratificar firmas. Solo es posible ratificar firmas a solicitud expresa de autoridad judicial mexicana.

Los Consulados tampoco apostillan documentos mexicanos. La Apostilla se debe obtener ante la Secretaría de Gobierno del Estado de la República Mexicana que emitió el documento. Ejemplo: si se trata de un acta de nacimiento de Guanajuato, la Apostilla se solicita a la Secretaría de Gobierno de Guanajuato.

Para la Apostilla de documentos estadounidenses, se debe recurrir al Secretary of State del Estado que emitió el documento. Ejemplo: un acta de nacimiento de Utah se podrá apostillar ante el Secretary of State of Utah (consulte: https://authentications.utah.gov/process-from-home-page/ ).

Para más detalles consulte el siguiente vínculo: Orientación general.

 

Para más información contacte al consulado:

Contacto: Rossana Jimenez

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Teléfono: 801 521-8502 ext. 106