La matrícula consular es un documento que expiden las Oficinas Consulares que certifica la nacionalidad e identidad de una persona y que hace constar que se encuentra registrado como mexicano en el exterior.

La matrícula consular sirve para identificarse ante algunas instituciones gubernamentales locales y ante cualquier autoridad mexicana.

La expedición de la matrícula consular se rige por el Reglamento de Matrícula Consular, publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2005.

 

EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ

 

Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener una matrícula consular, cumpliendo con los siguientes requisitos.

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica  Mi Consulado vía llamada telefónica o enviando un mensaje a través de la aplicación de WhatsApp al número 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx

2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

- Acta de nacimiento

- Certificado de nacionalidad mexicana

- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

- Carta de naturalización

- Pasaporte mexicano vigente

3. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que está acreditando su nacionalidad.

- Pasaporte mexicano vigente

- Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral vigente

- Cartilla o Precartilla de identidad del Servicio Militar Nacional

- Cédula profesional

- Título profesional

- Certificado de nacionalidad mexicana

- Declaratoria de nacionalidad mexicana

- Carta de naturalización

- Licencia de conducir de Estados Unidos de América

- Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América

- Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América

- Certificado de Primaria o Secundaria con fotografía y sello oficial

- Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial

- Credencial del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución mexicana

4. Presentar en ORIGINAL, algún comprobante de domicilio que esté a su nombre. Este comprobante debe indicar todos los datos de la dirección donde radica, es decir, número y nombre de la calle, número interior, ciudad y código postal.

5. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

 

Preguntas frecuentes

 

¿Qué pasa si no tengo ningún comprobante de domicilio a mi nombre?

Si usted vive con algún familiar puede traer el acta de nacimiento de su familiar en el que se desprenda el parentesco.

Si no vive con algún familiar, usted puede pedirle a algún conocido que le mande una carta a través del correo a su domicilio y presentar dicha carta como comprobante de domicilio.

¿Qué pasa si en mi identificación aparece el apellido de mi cónyuge?

Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

De igual manera si desea que en su matrícula consular aparezca el apellido de su cónyuge deberá presentar el original del acta de matrimonio.

Se recuerda que en la matrícula consular se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos del solicitante. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial de la matrícula.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

VIGENCIA

Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición.
 

TIEMPO DE ENTREGA

Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, la matrícula consular es entregada el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.



RENOVACIÓN

Para la renovación o canje de matrícula consular, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica  Mi Consulado vía llamada telefónica o enviando un mensaje a través de la aplicación de WhatsApp al número 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx;

2. Presentar matrícula a renovar;

3. Presentar en ORIGINAL, algún comprobante de domicilio que esté a su nombre. Este comprobante debe indicar todos los datos de la dirección donde radica, es decir, número y nombre de la calle, número interior, ciudad y código postal, y

4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

 

¿Qué pasa si no encuentro mi matrícula consular anterior o me lo robaron?

En estos casos usted deberá llenar un formato que le será proporcionado en el Consulado donde asentará las circunstancias que dieron origen a la pérdida de su matrícula consular y presentar toda la documentación requerida como expedición por primera vez.

Sin este formato, el sistema no permite la expedición de una matrícula consular nueva.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal del Consulado llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

VIGENCIA

Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición.
 

TIEMPO DE ENTREGA

Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, la matrícula consular es entregada el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.



MENORES DE EDAD

 

Se entiende por menor de edad, la persona aún no ha cumplido los dieciocho años (18) y que no haya contraído matrimonio.

Para la expedición de matrícula consular a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica  Mi Consulado vía llamada telefónica o enviando un mensaje a través de la aplicación de WhatsApp al número 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx;

2. Acreditar la nacionalidad mexicana del menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

- Acta de nacimiento

- Certificado de nacionalidad mexicana

- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

- Carta de naturalización

- Pasaporte mexicano vigente

3. Acreditar la identidad del menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

- Pasaporte mexicano vigente

- Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana

- Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana

- Credencial de estudiante emitida por la institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía del menor.

- Constancia de grado de estudios que cursa debidamente sellado por la institución educativa y con fotografía del menor.

- Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América

- Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América

- Para menores de 7 años, presentar constancia con fotografía y sello de una institución médica o de un médico particular del lugar donde radica el menor.

4. Otorgar el consentimiento de ambos padres o tutores a través de la firma del formato de autorización que se le proporcionará en la Oficina Consular.

5. Presentar identificación oficial vigente, con fotografía y firma de ambos padres y donde los nombres asentados en las identificaciones coincidan fielmente con el nombre que aparece en el acta de nacimiento del menor de edad.

6. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

 

Preguntas frecuentes

 

¿Qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad y no puede firmar el formato de autorización?

Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de matrícula consular para su menor hijo, deberán acudir a la Oficina de Emisión de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato correspondiente para ser enviado a la Oficina Consular donde se realizará el trámite o deberán acudir al Consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato de autorización.

¿Si soy la madre/padre del menor y estoy divorciada/o y tengo la guardia y custodia de mi hijo, puedo sacarle su matrícula consular sin el consentimiento de su padre/madre?

No. La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle la matrícula sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar el formato de autorización.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal del Consulado llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

VIGENCIA

Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición.

TIEMPO DE ENTREGA

Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, la matrícula consular es entregada el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.

 

¿Qué pasa si al entregarme mi matrícula consular, detecto que hay un error en los datos?

Antes de que se envía la matrícula consular a imprimir, el sistema arroja un comprobante de datos que el personal de la Oficina Consular le debe de entregar para que usted lo revise cuidadosamente. Si al revisarlo detecta un error, éste se puede corregir. Sin embargo, una vez que la matrícula consular es impresa y entregada al interesado, ya no se puede corregir, por lo que usted tendrá que volver a realizar el trámite pagando los derechos de un nuevo documento.

 

 

Estimado paisano, antes de acudir a la Oficina Consular, asegúrate de contar con todos los requisitos.
Si tienes dudas, revisa el Reglamento de Matrícula Consular, publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2005.
Tu colaboración es muy importante para brindarte un servicio eficiente.

 

 

El pasaporte es el documento de identidad y viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus oficinas de emisión de pasaportes y representaciones consulares, expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre paso.

El pasaporte además de permitirle viajar a otros países, es un medio aceptado universalmente como identificación y prueba de nacionalidad.

Estimado paisano, antes de acudir a la Oficina Consular, asegúrate de contar con todos los requisitos. Si tienes dudas, revisa el Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011.

Tu colaboración es muy importante para brindarte un servicio eficiente. 


Mayores de edad:

 

Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener pasaporte, cumpliendo con los siguientes requisitos:

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del sistema de Mi Consulado vía llamada telefónico o enviando un mensaje a través de la aplicación de WhatsApp al número 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx 

2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

- Acta de nacimiento (Verifica que tu acta de nacimiento no sea extemporánea)

- Certificado de nacionalidad mexicana

- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

- Carta de naturalización

- Matrícula consular de alta seguridad, es decir, expedida después de 2005

3. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que está acreditando su nacionalidad.

- Matrícula consular de alta seguridad vigente

- Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral vigente

- Cartilla o Precartilla de identidad del Servicio Militar Nacional

- Cédula profesional

- Título profesional

- Certificado de nacionalidad mexicana

- Declaratoria de nacionalidad mexicana

- Carta de naturalización

- Licencia de conducir de Estados Unidos de América

- Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América

- Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América

- Certificado de Primaria o Secundaria con fotografía y sello oficial

- Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial

- Credencial del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución mexicana

4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

Vigencia

En el extranjero los pasaportes mexicanos tienen una vigencia de uno o tres* años para menores de tres años de edad y de tres, seis o diez años para mayores de 18 años de edad.       

*A partir de la última reforma al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, a los menores de tres años se les podrá expedir pasaporte por un año o por tres años según sea el deseo de los padres.

Tiempo de entrega

Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte es entregado el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.

Apellido del cónyuge

Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.               

De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

Se recuerda que en todo pasaporte mexicano se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos de los solicitantes. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.


Para la renovación o canje de pasaporte, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del sistema de Mi Consulado vía llamada telefónico o enviando un mensaje a través de la aplicación de WhatsApp al número 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx 

2. Presentar pasaporte para renovar. Si el pasaporte previo fue emitido antes del año 2016, deberá presentar los requisitos como trámite de primera vez.                                                       

3. Presentar una identificación, oficial vigente en original;

4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

¿Qué pasa si no encuentro mi pasaporte anterior o me lo robaron?
En caso de robo, pérdida o destrucción del pasaporte anterior, deberá levantarse un acta ante la autoridad competente del país donde se encuentre o llenar el formato que le proporcione la oficina consular para dicho fin, así como presentar nuevamente los requisitos como si fuera un trámite de primera vez.

Vigencia

En el extranjero los pasaportes mexicanos tienen una vigencia de uno o tres* años para menores de tres años de edad y de tres, seis o diez años para mayores de 18 años de edad.       

*A partir de la última reforma al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, a los menores de tres años se les podrá expedir pasaporte por un año o por tres años según sea el deseo de los padres.

Tiempo de entrega
 

Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte es entregado el mismo día de su cita. Sólo recuerde que toma alrededor de dos horas, siempre y cuando el sistema no presente fallas.

Apellido del cónyuge

Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.               

De igual manera si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

Se recuerda que en todo pasaporte mexicano se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos de los solicitantes. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.

 

 

Menores de edad

 

 

Se entiende por menor de edad a la persona aún no ha cumplido los dieciocho años y que no haya contraído matrimonio. Para la expedición de pasaporte a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del sistema de Mi Consulado vía llamada telefónico o enviando un mensaje a través de la aplicación de WhatsApp al número 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx 

 

2. Identificación oficial vigente, en la que los datos de la persona menor de edad coincidan plenamente con los de su acta de nacimiento:

- Credencial escolar;
- Kardex o transcript de la institución académica, o 
- Carta del pedriatra (menores de 7 años) 

3. Identificación oficial de la o las personas que ejerzan la patria potestad o tutela, así como su autorización, la cual puede otorgarse presencialmente o a distancia, ya sea ante otra oficina consular o alguna oficina de pasaportes en México, a través del formato OP7

4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

*Si de la consulta a las bases de datos sistemas o archivos a los que tenga acceso la Secretaría no se pueda acreditar la nacionalidad de la persona menor de edad, se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
-
Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano o por oficina consular;
- Certificado de nacionalidad mexicana;

-Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

- Carta de naturalización;

- Cédula de identidad ciudadana, o 

- Certificado de matrícula consular. 

 

¿Qué es la OP7 y qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad?

La OP7 es el formato que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.

Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para su menor hijo, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato OP7 para ser enviado a este Consulado General o deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato OP7.

La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar la OP7

¿Dónde puedo obtener los formatos para el pasaporte y la OP7?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

 

1. Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del sistema de Mi Consulado vía llamada telefónico o enviando un mensaje a través de la aplicación de WhatsApp al número 1-(424)-309-0009 o en la página web https://www.citas.sre.gob.mx 

2. Presentar pasaporte para renovar. Si el pasaporte previo fue emitido antes del año 2016, deberá presentar los requisitos como trámite de primera vez.           

3. Identificación oficial de la o las personas que ejerzan la patria potestad o tutela, así como su autorización, la cual puede otorgarse presencialmente o a distancia, ya sea ante otra oficina consular o alguna oficina de pasaportes en México, a través del formato OP7

4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

*Si de la consulta a las bases de datos sistemas o archivos a los que tenga acceso la Secretaría no se pueda acreditar la nacionalidad de la persona menor de edad, se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
-
Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano o por oficina consular;
- Certificado de nacionalidad mexicana;

-Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

- Carta de naturalización;

- Cédula de identidad ciudadana, o 

- Certificado de matrícula consular. 

 

¿Qué es la OP7 y qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad?

La OP7 es el formato que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.

Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para su menor hijo, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato OP7 para ser enviado a este Consulado General o deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato OP7.

La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar la OP7

¿Dónde puedo obtener los formatos para el pasaporte y la OP7?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

 

 

 

Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor. 

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

SRE-01-020-A

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A

 

SRE-01-020-B

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B

 

SRE-01-020-C

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C

 

SRE-01-020-D

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D

 

SRE-01-020-E

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E

 

SRE-01-020-F

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F

 

SRE-01-020-G. 

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años. 

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

 

SRE-01-020-H

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

 

SRE-01-020-I

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I

 

SRE-01-020-J

Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J

 

SRE-01-020-K

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K

 

 

Tarifas 2025

 

 

Reconocimiento Ohtli

 

¿Qué es el Ohtli?

Es el máximo reconocimiento que otorga el Gobierno de México a miembros de la comunidad mexicana en el extranjero. Ohtli es una palabra náhuatl que significa “camino”.

Uno de los objetivos del Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME) es fortalecer las relaciones con la comunidad mexicana y de origen mexicano residente fuera de nuestro país. En esta labor ha sido vital la participación de muchos mexicanos y mexicanas que viven en el extranjero, así como latinos y latinas, que han dedicado gran parte de su vida y sus mejores esfuerzos a propiciar el bienestar de nuestros compatriotas, por lo que el IME considera de enorme importancia que se reconozca esta actividad altruista.

Con este propósito, se otorga anualmente el Reconocimiento Ohtli. Éste se entrega a personas que han dedicado la mayor parte de su vida y actividad profesional a “abrir brecha” en el extranjero para que las generaciones más jóvenes de mexicanos y mexicanas encuentren un camino relativamente más fácil de andar.

 

Rubén Minutti Zanatta

 

Cónsul General de México en San Antonio, Texas, desde enero de 2020, donde continúa una carrera de 25 años en el servicio público mexicano; en el que fue Magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa (2003-19) y asesor jurídico del Secretario de Gobierno, Mtro. José Agustín Ortiz Pinchetti (2001-02), ambos en la CDMX. Anteriormente, el Dr. Minutti Zanatta ejerció como abogado postulante en distintos despachos especializados en litigio civil, mercantil, administrativo y constitucional; así como en temas de resolución de controversias sobre comercio exterior con base en el TLCAN/NAFTA (capítulo XIX). En 2018 fue reconocido como uno de los mejores abogados y académicos de la CDMX.

Es abogado por la Escuela Libre de Derecho, donde, con la tesis La información como derecho, se graduó con honores. Cuenta con una Maestría en Derecho (LL.M.) de la Universidad de Texas en Austin, y un Doctorado, con honores, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con la publicación de su tesis, Acceso a la información pública y justicia administrativa en México, por el Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM (2011).

El Dr. Minutti Zanatta ha participado como conferencista en distintos eventos sobre derecho constitucional y administrativo, así como en temas de transparencia y acceso a la justicia. Es autor de más de 20 artículos académicos, publicados en 5 países y diversos idiomas. También publicó una traducción al español —pensada en hispanohablantes de América Latina— de la Constitución de los Estados Unidos (ed. Porrúa, México 2004).

Ha sido profesor de Derecho Administrativo en la Escuela Libre de Derecho e investigador honorario en su Centro de Investigación e Informática Jurídica, donde también participó en el programa de posgrado en derecho público y fue profesor adjunto de Derecho Constitucional. Además, ha impartido cursos en las facultades de derecho de la UNAM, la Universidad Iberoamericana y La Salle.

 

 

Rubén Minutti Zanatta

 

Consul General of Mexico in San Antonio, Texas since January 2020, Ruben Minutti Zanatta has been in public service to Mexico for 25ññ+0 years. Prior to his appointment, he held the positions of Magistrate on the Mexico City Administrative Tribunal (2003-2019) and Legal Advisor to the Mexico City Secretary of Government, José Agustin Ortiz Pinchetti (2001-2002). Previously he developed in private practices of civil, administrative and constitutional litigation in Mexico, including as related to Chapter XIX NAFTA trade dispute matters.

In 2018 he was recognized as one of top attorneys and legal scholars by the Government of Mexico City.

He earned a law degree with honors from the Escuela Libre de Derecho with a thesis titled Information as a Right. He also holds a Master in Comparative Law (LL.M) from the University of Texas at Austin School of Law, and a Doctorate, with honors, from the National Autonomous University of Mexico (UNAM). His dissertation, Access to Public Information and Administrative Justice in Mexico was published by the UNAM's Institute of Legal Research (2011).

Dr. Minutti Zanatta is a frequent speaker on matters related to constitutional and administrative law as well as access to justice and transparency. He is the author of more than 20 academic papers, published in 5 countries in various languages.

He has published a translation of the U.S. Constitution for Spanish speakers in Latin America (ed. Porrúa, México 2004).

He was Professor of Administrative Law at the Escuela Libre de Derecho and an honorary research scholar at that school’s Centro de Investigación e Informatica Jurídica. Previously he was an assistant professor of Constitutional Law at the Escuela Libre de Derecho. He has also taught courses at the UNAM, the Universidad Iberoamericana and La Salle University law schools.

 

Continuación de estudios en México

 

Si tú o tus hijos estudian en Estados Unidos y planean mudarse a México, es posible darle continuidad a su educación en nuestro país. Los requisitos para cada nivel educativo o institución pueden variar. A continuación te presentamos los documentos que debes obtener antes de viajar a México:

·         Primaria en México

o   Documentos necesarios

§  Transcript de calificaciones

·         Este documento se solicita en la escuela donde se cursó la primaria (Elementary School, Grados 1-6) y debe llevar un sello de la institución.

§  Documento de transferencia

·         El formato se obtiene en el Departamento de Comunidades del Consulado General de México.

·         Este documento no es un requisito, pero facilita el ingreso al Sistema Educativo Nacional en México.

 

·         Secundaria en México

o   Documentos necesarios

§  Transcript de calificaciones

·         Este documento se solicita en la escuela donde se cursó la secundaria (Middle School/Junior High, Grados 7-9) y debe llevar un sello de la institución.

§  Documento de transferencia

·         El formato se obtiene en el Departamento de Comunidades del Consulado General de México.

·         Este documento no es un requisito, pero facilita el ingreso al Sistema Educativo Nacional en México.

 

·         Preparatoria en México

o   Documentos necesarios

§  Apostilla

·         Los interesados deben validar su último grado de estudios por medio de una apostilla en las oficinas de la Secretaría de Estado de Texas (1019 Brazos, Room 106, Austin TX 78701). Los horarios de atención son de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

·         El trámite puede hacerse vía postal al enviar la documentación necesaria a las oficinas de la Secretaría de Estado de Texas (Secretary of State, Authentications Unit, P.O. Box 13550, Austin TX 78711-3550). Tome en cuenta que esta opción puede demorar el trámite.

·         Para más información, consulte el enlace siguiente: https://www.sos.state.tx.us/authinfos.shtml

 

·         Licenciatura, Maestría o Doctorado en México

o   Documentos necesarios

§  Apostilla

·         Los interesados deben validar su último grado de estudios por medio de una apostilla en las oficinas de la Secretaría de Estado de Texas (1019 Brazos, Room 106, Austin TX 78701). Los horarios de atención son de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

·         El trámite puede hacerse vía postal al enviar la documentación necesaria a las oficinas de la Secretaría de Estado de Texas (Secretary of State, Authentications Unit, P.O. Box 13550, Austin TX 78711-3550). Tome en cuenta que esta opción puede demorar el trámite.

·         Para más información, consulte el enlace siguiente: https://www.sos.state.tx.us/authinfos.shtml

Para más información, llame al Departamento de Comunidades del Consulado General de México: (210) 227-9145 ext. 3611, 3612 o 3632.