TRÁMITES PARA PERSONAS MEXICANAS
Las citas para Pasaporte e INE se otorgan exclusivamente a través del portal www.citas.sre.gob.mx. Para facilitar la programación de tu cita te recomendamos tener tu CURP a la mano. De lo contrario y conforme a lo dispuesto por la Ley General de Derechos, a partir del 1 de enero de 2021, los trámites de pasaporte que se realicen SIN CITA pagarán un monto adicional de 30% del costo del pasaporte ordinario y su atención está sujeta al volumen de trámites consulares del día.
Para los demás servicios, la programación de cita se hace previo envío y verificación de la documentación completa a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
PASAPORTES Y AUTORIZACIONES
PASAPORTES
Para realizar su trámite de pasaporte, es necesario programar su cita en el portal www.citas.sre.gob.mx. Para agilizar el trámite, favor de traer la CITA impresa.
*Conforme a lo dispuesto por la Ley General de Derechos, a partir del 1 de enero de 2021, los trámites de pasaporte que se realicen SIN CITA pagarán un monto adicional de 30% del costo del pasaporte ordinario y su atención está sujeta al volumen de trámites consulares del día.
El interesado deberá comparecer personalmente con la documentación original en el Consulado el día de su cita, junto con los requisitos generales y particulares de su caso. Los menores de edad deberán estar acompañado por ambos padres. En caso de que algún padre esté ausente, deberá tramitar una autorización OP7-II en el consulado u oficina de pasaportes más cercana.
Debido a la naturaleza del trámite no se admiten intermediarios para tramitar pasaporte ni la presencia de terceros no autorizados, a excepción de los papás en el caso de menores de edad.
Los pasaportes con vigencia de 3, de 6 y de 10 años serán elaborados en las Oficinas Centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por lo que el trámite puede demorar en promedio seis semanas.
El Consulado puede expedir el mismo día pasaportes de emergencia con vigencia de un año a quien se encuentre con urgencia comprobada de viaje siete días antes del mismo o de trámite migratorio. Para conocer la documentación necesaria ingresar a la opción "Requisitos para Pasaporte de Emergencia". El pasaporte de emergencia está limitado a un año o menos de vigencia y no tiene un chip electrónico integrado. El objetivo del pasaporte de emergencia es, principalmente, viajar de regreso a México. Es posible que algunos países no acepten un pasaporte de emergencia, por lo tanto, los funcionarios de inmigración pueden negarle la entrada o el personal de la aerolínea puede negarle el embarque en el avión.
Requisitos generales para la emisión de pasaporte mexicano
Requisitos generales:
- Llenar la Solicitud de Pasaporte Ordinario Mexicano (OP5), si no le es posible obtenerla aquí en el portal le será proporcionada en el Consulado.
- Presentar copia certificada del acta de nacimiento mexicana (conocida como original). Si no cuenta con ella, puede imprimirla desde https://www.gob.mx/ActaNacimiento/ es necesario traer el documento impreso a color.
Nota: Si el acta de nacimiento es extemporánea (cuando el registro en territorio nacional se efectuó después de un año del nacimiento) deberá presentar documentación complementaria.
En los casos que corresponda, presentar también Certificado de Nacionalidad Mexicana original, Carta de Naturalización Mexicana original, Declaratoria de Nacionalidad Mexicana original.
- Presentar identificación oficial vigente (con fotografía y firma) del interesado. El nombre completo deberá coincidir plenamente con el acta de nacimiento mexicana.
En caso de personas menores de edad será necesaria la presencia de ambos progenitores con sus identificaciones válidas y vigentes y CURP https://www.gob.mx/curp/ validada por en Registro Civil en caso de ser mexicanos.
4. Pagar los derechos correspondientes, de acuerdo con la vigencia del pasaporte solicitado. El pago será realizado por PIX o boleto bancario al momento de su cita.
No requiere fotografías. El nuevo sistema permite tomarle la fotografía que aparecerá en el pasaporte.
Requisitos para canje
Requisitos particulares para canje/renovación:
- Además de los requisitos generales, presentar el pasaporte a renovar vigente o expirado.
- Aplica también cuando se han agotado todas las páginas y no queda más espacio para sellos o visas, o bien, cuando la vigencia es menor a seis meses o inclusive a un año por trámites migratorios o de visas para otros países.
- Los pasaportes que se presentan para renovación por un pasaporte de un año, se cancelan y se devuelven al interesado el mismo día al concluir el trámite (especialmente cuando cuentan con visas de otros países, vigentes o no). Se retienen cuando están alterados, destruidos o mutilados.
- En el caso de pasaporte presentado para renovación por uno de 3, de 6 o de 10 años, se devuelve el mismo día y solamente será cancelado hasta recibir el pasaporte nuevo de México.
- No se aceptan pasaportes anteriores cancelados para canje/renovación.
- En el caso de mujeres casadas que presentan el pasaporte en el que aparecen su apellido paterno y el del esposo, deberán presentar invariablemente el original del acta de nacimiento mexicana junto con los requisitos generales, debido a que en el nuevo sistema de pasaportes deben capturarse los apellidos paterno y materno, así como el acta de matrimonio en caso de que desee que aparezca el nombre del cónyuge en el pasaporte, en un espacio aparte.
Requisitos para reposición por robo, pérdida, extravío, destrucción o mutilación
Requisitos particulares para reposición por robo, pérdida/extravío, destrucción o mutilación:
- Además de los requisitos generales, presentar el original del reporte de robo, pérdida/extravío, destrucción, mutilación (Boletim de Ocorrência) levantado ante autoridad competente del lugar donde ocurrieron los hechos (generalmente en cualquier delegación de Policía Civil o, en caso del Estado de Sao Paulo, la Delegacía Electrónica).
- Adicionalmente el interesado puede presentar toda la documentación de apoyo que considere pertinente.
- Por motivos de seguridad, antes de expedir un nuevo pasaporte, el Consulado de México reportará la pérdida o robo del pasaporte a México y tratará de verificar la validez del pasaporte extraviado, así como la identificación del solicitante. Este proceso puede llevar, en promedio, diez días hábiles.
- Los pasaportes que se presentan para reposición por encontrarse destruidos, con alteraciones, dañados o mutilados (parcial o totalmente) serán retenidos.
- No se aceptan pasaportes anteriores ya cancelados, con objeto de tramitar una reposición.
Requisitos para pasaporte de emergencia
Requisitos particulares para expedición de pasaporte de emergencia:
- Además de los requisitos generales, presentar la documentación que justifique la emergencia por la cuál se tramita el pasaporte. Dicho documento puede ser la presentación de boletos de avión en un periodo no mayor de siete días a la fecha de viaje, comprobantes médicos, laborales o académicos; entre otros.
El pasaporte de emergencia está limitado a un año o menos de vigencia y no tiene un chip electrónico integrado. El objetivo del pasaporte de emergencia es, principalmente, viajar de regreso a México. Es posible que algunos países no acepten un pasaporte de emergencia, por lo tanto, los funcionarios de inmigración pueden negarle la entrada o el personal de la aerolínea puede negarle el embarque en el avión.
En el caso en el que el solicitante se presente sin cita y con emergencia comprobada, de conformidad con el punto anterior, se cobrará un 30% adicional al valor del pasaporte.
Requisitos para pasaporte de personas menores de edad
Requisitos particulares para menores de edad:
Además de los requisitos generales, ambos padres deben comparecer también y presentar:
- Cada uno su identificación oficial vigente con foto (p.ej. pasaporte o credencial para votar, RG, RNM, CNH)
- El acta de nacimiento mexicana del menor de edad para comprobar la filiación.
- Presentar CURP certificada de ambos padres (en caso de ser mexicanos) impresa desde https://www.gob.mx/curp/
Ambos padres deberán firmar la Forma OP7 (consentimiento correspondiente para la expedición de pasaporte a menores de dieciocho años de edad), que se les proporcionará en el Consulado, o bien, si uno de los padres no estará presente para tramitar el pasaporte del menor de edad, entonces:
- Si se encuentra en México deberá comparecer en cualquier Oficina de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores para firmar la Forma OP7 -II presentando su identificación oficial vigente con foto (p.ej. pasaporte o credencial para votar) y el acta de nacimiento mexicana del menor de edad para comprobar la filiación. La Delegación se encargará de enviarla a este Consulado a través de correo electrónico oficial. Este procedimiento es gratuito.
- Si se encuentra en el exterior deberá comparecer en un Consulado o Embajada de México para firmar la Forma OP7-II presentando su identificación oficial vigente con foto (p.ej. pasaporte o credencial para votar) y el acta de nacimiento mexicana del menor de edad para comprobar la filiación. El Consulado/Embajada se encargará de enviarla a este Consulado a través de correo electrónico oficial. Este procedimiento es gratuito.
Derechos
Derechos:
El pago de derechos se efectúa en Reales brasileños (BRL) por medio de PIX o boleto bancario. El valor en reales será comunicado al momento de realizar su trámite.
Cada mes se fija un tipo de cambio oficial (Dólar estadounidense - Real de Brasil), por lo que el importe a pagar puede cambiar de un mes a otro dependiendo de la tasa de cambio.
|
Vigencia |
Dólares |
|
1 año |
US$ 42.00 |
|
3 años |
US$ 99.00 |
|
6 años |
US$ 133.00 |
|
10 años |
US$ 203.00 |
|
Pasaporte de emergencia (SIN CITA) 1 año* |
US$ 55.00 |
*Conforme a lo dispuesto por la Ley General de Derechos, a partir del 1 de enero de 2021, los pasaportes que se realicen SIN CITA pagarán un monto adicional de 30% del costo del pasaporte ordinario.
Generalmente, el pasaporte tipo E con vigencia de 1 año se expide el mismo día, no obstante, está sujeto al volumen de trámites de servicios consulares en general.
El pasaporte con vigencia de 3, 6 o 10 años será elaborado en las Oficinas Centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por lo que, el trámite puede demorar en promedio seis semanas.
Los menores que aún no cumplen los tres años de edad podrán tramitar pasaporte con vigencia de hasta 3 años. Podrán obtener pasaporte con vigencia de 1 año si se encuentran con necesidad de viaje o necesidad de trámite migratorio.
Los menores con tres años de edad cumplidos podrán tramitar pasaporte con vigencia de 3 o de 6 años. Podrán obtener pasaporte con vigencia de 1 año si se encuentran con necesidad de viaje o necesidad de trámite migratorio.
Los mayores de 18 años de edad podrán tramitar pasaporte con vigencia de 3, 6 o 10 años. Podrán obtener pasaporte de emergencia con vigencia de 1 año si se encuentran con necesidad de viaje o necesidad de trámite migratorio.
Guía sobre identificaciones aceptadas
Identificaciones:
- Adultos: credencial para votar; cédula o título profesional; credencial del INAPAM, IMSS o ISSSTE; credencial nacional para personas con discapacidad emitida por el DIF; carta de pasante; cartilla del SMN liberada; cédula de identidad de extranjero (CIE/RNE conocida como RNE o RNM) expedida por el Departamento de Policía Federal de Brasil. En el caso de que en la identificación conste nombre de casada, deberá presentarse adicionalmente el acta de matrimonio.
- Menores: credencial escolar vigente; certificado de estudios de primaria, secundaria o preparatoria; credencial del IMSS o ISSSTE; credencial nacional para personas con discapacidad emitida por el DIF; cédula de identidad RG (Registro Geral) para los nacidos en Brasil; cédula de identidad de extranjero (CIE/RNE conocida como RNE) expedida por el Departamento de Policía Federal de Brasil; constancia de estudios que señale el grado de estudios que cursa, con foto cancelada con el sello de la escuela y con firma reconocida en cartório de quien suscriba la constancia.
Exclusivamente para los menores que no han cumplido los 7 años de edad:
- A falta de alguna de las identificaciones ya mencionadas pueden presentar constancia médica con fotografía y sello de una institución médica reconocida por las autoridades de salud de este país.
- La constancia deberá estar en papel membretado (timbrado) con nombre y fotografía del menor, nombre de los padres y que señale el tiempo que ha sido su médico.
- La fotografía deberá estar cancelada con el sello de la institución.
- La firma del médico deberá ser reconocida en cartório.
- Presentar una copia autenticada ante cartório de la cédula profesional del médico (carteira de identidade médica do CRM).
- La constancia tendrá una validez de 30 días naturales a partir de su expedición.
Documentación Complementaria
Documentación complementaria para las actas de nacimiento extemporáneas:
Si el interesado nació en territorio nacional y en el acta de nacimiento consta que el registro se realizó después del primer año de vida, se considera extemporáneo, por lo que, será necesario presentar al menos uno de los siguientes documentos:
- Copia certificada del acta de matrimonio mexicana de los padres, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
- Copia certificada del acta de nacimiento mexicana del padre o madre mexicano, siempre y cuando hayan sido registrados dentro del primer año de vida.
- Copia certificada del acta de nacimiento mexicana de un hermano mayor, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y haya sido registrado dentro del primer año de vida.
OP7/II Autorización a distancia para emisión de pasaportes a personas menores de edad.
Cuando un menor de edad solicita la expedición de un pasaporte ordinario sin el acompañamiento de sus padres o quienes ejercen la patria potestad es posible que éstos manifiesten su consentimiento a distancia.
Para ello, los padres o quienes ejercen la patria potestad del menor, deben presentarse en alguna Oficina Consular en el exterior y llenar el formato OP-7/II (proporcionado por el Consulado) mismo que será remitido a la OC en la que se encuentra el menor de edad.
Requisitos:
- Formulario debidamente requisitado.
- Acta de nacimiento o carta de naturalización de la persona menor de edad en original y copia. Puede obtener su acta de nacimiento en el siguiente enlace: https://www.gob.mx/ActaNacimiento/
- Original de la identificación de la(s) persona(s) que otorga(n) el permiso.
- CURP de todos los involucrados de nacionalidad mexicana
- Dirección de la Embajada, Consulado u Oficina de Pasaportes en la que se presentará la persona menor de edad.
La vigencia del consentimiento manifestado al firmar la solicitud es de 90 días naturales a partir del siguiente día a la fecha del otorgamiento.
Puede acudir al Consulado con la documentación solicitada sin cita de lunes a viernes (excepto feriados) entre las 9:00 y las 12:00 horas.
CREDENCIAL PARA VOTAR DESDE EL EXTRANJERO
Credencial para Votar desde el extranjero
Para realizar la solicitud de Credencial para Votar, la persona interesada necesita acudir personalmente al Consulado en dónde se le tomará la foto y los datos biométricos. Posteriormente, el INE enviará directamente la credencial al domicilio de la persona interesada a la dirección especificada en el comprobante entregado.
El trámite es gratuito, por lo que el solicitante deberá presentarse al Consulado el día de su cita obtenida en citas.sre.gob.mx con los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento original
- Pasaporte mexicano vigente
- Comprobante de residencia/domicilio reciente (p.ej. recibo de agua, gas, luz, teléfono, etc.). De preferencia que esté a nombre del titular o de algún familiar directo.
Puede encontrar más información en: http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/solicitud-de-credencial .
IMPORTANTE:
- Si el solicitante nació fuera de México deberá presentar también el acta de nacimiento original del papá o mamá que sea mexicano o de uno de ellos si ambos son mexicanos.
- Si el solicitante es naturalizado mexicano deberá presentar también la Carta o Declaratoria de Nacionalidad Mexicana.
CERTIFICADOS
Certificado a Lista de Menaje de Casa a Mexicanos
De acuerdo con la Ley Aduanera y su Reglamento, los mexicanos tenemos derecho a la importación libre de impuestos (al comercio exterior) los enseres que utilizamos al residir en el extranjero durante los últimos seis meses antes de residir nuevamente en territorio nacional, para lo cual, se expide el Certificado a Lista de Menaje de Casa por el Consulado mexicano al que corresponda el domicilio en el exterior (ver apartado de Consulado/Horario/Circunscripción).
Sólo se expedirá un Certificado a la lista de menaje de casa por familia. Es indispensable que haya residido por un mínimo de seis meses fuera de México. Una vez teniendo los requisitos favor enviar un correo con los mismos digitalizados (NO FOTOS) al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.con el asunto MENAJE MEXICANO + SU NOMBRE. Haga clic aquí para encontrar una guía.
- Mexicanos:
a. Original y cuatro copias de comprobante nacionalidad (Pasaporte, Acta de nacimiento, Certificado de nacionalidad, Carta de naturalización, Matricula Consular, Declaratoria de Nacionalidad)
b. Original y cuatro copias de comprobante de identidad (Pasaporte, Credencial del INE, Cartilla el servicio militar nacional, Cédula Profesional, Título profesional, Certificado de nacionalidad mexicana, Declaratoria de nacionalidad mexicana)
NOTA: Se recomienda presentar el pasaporte ya que cumple con ambos requisitos de nacionalidad e identidad.
c. Lista de bienes en cuadruplicado. Debe incluir el número de serie de los aparatos electrónicos. Todas las hojas deben de estar firmadas por el interesado colocando su dirección en Brasil y la dirección de destino en México. (haga clic aquí para ver un ejemplo). Nota: no puede importar alimentos y bebidas. La lista será firmada en presencia de un funcionario del Consulado.
d. Original y cuatro copias de comprobante de domicilio de residencia en Brasil de los últimos seis meses a nombre del interesado. Puede ser comprobante de luz, agua, gas, teléfono, internet, contrato de renta o similar. Es decir, los seis meses anteriores a su cita. Por ejemplo, si comparece al Consulado en enero, necesitaria traer comprobante de domicilio de diciembre, noviembre, octubre, septiembre, agosto y julio.
e. Pago de derechos. El valor será informado al momento de la realización del trámite y podrá ser pagado vía PIX.
Requisitos particulares:
Si el interesado no estará presente para hacer el trámite, puede hacerlo a través de apoderado/procurador mediante poder notarial quien deberá presentar:
- Poder notarial (si fuera otorgado ante notario en México) original y tres copias cotejadas por notario público mexicano o autenticadas por notario brasileño (cartório/tabelião). En ese caso será necesario que las copias del pasaporte del interesado sean cotejadas por notario público. Debe de presentar copia del sello de entrada a México.
- Procuração pública (si el poder fuera otorgado ante notario en Brasil) original y tres copias autenticadas por cartório/tabelião brasileño acompañado de traducción oficial al español en original y tres copias autenticadas por cartório/tabelião brasileño. En ese caso será necesario que las copias del pasaporte del interesado sean autenticadas por cartório/tabelião brasileño.
Adicionalmente deberá presentar Original y cuatro copias autenticadas por cartório/tabelião brasileño del pasaporte o documento de identidad de la persona autorizada para el trámite.
REGISTRO CIVIL
Registro de Nacimiento
En el Consulado General en Sao Paulo podrán registrarse los nacimientos de hijos de madre o padre mexicanos ocurridos en la circunscripción.
Se recomienda establecer contacto con el Consulado a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (ASUNTO: REGISTRO DE NACIMIENTO - NOMBRE DEL/LA MENOR) para realizar una verificación documental y programar la cita para el registro, en la cual deberán comparecer el registrado y ambos progenitores.
Debe enviar por correo electrónico el siguiente formulario, el cual deberá llenar de forma completa y veraz, no omitiendo datos ni abreviando nombres.
Asimismo, favor de anexar la siguiente documentación digitalizada (PDF legible no fotografías):
- Acta de nacimiento del registrado/a con traducción. (En caso de que el acta no sea brasileña deberá de venir apostillada o legalizada, según corresponda)
- Prueba de nacionalidad de progenitor/a mexicano/a. (Pasaporte y/o copia certificada acta de nacimiento y/o carta naturalización)
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma de ambos progenitores*. (De preferencia, pasaporte mexicano o extranjero para no requerir traducción)
- Identificación oficial vigente con fotografía del registrado(a)* (De preferencia, pasaporte extranjero para no requerir traducción)
- CURP de las personas mexicanas involucradas (progenitores y abuelos de nacionalidad mexicana)
*En el caso que presenten RG y/o CNH deberá realizar una traducción oficial o simple. Se recomienda la traducción oficial para evitar errores en la inscripción del registro de nacimiento ya que cualquier error tendrá que ser corregido por juicio civil ante las Oficinas Centrales del Registro Civil en la Ciudad de México. Puede encontrar una lista de traductores juramentados por estado en el siguiente enlace: https://www.gov.br/mre/pt-br/consulado-hartford/tradutores-juramentados-no-brasil/lista-de-tradutores-juramentados-por-estado.
Al momento de su cita en el Consulado, deberá presentar los originales de los documentos arriba citados
Se solicita a los padres verificar detenidamente que los datos contenidos en el acta de nacimiento del menor se encuentren correctos, ya que, una vez que el acta es firmada por el Cónsul General, adquiere plena validez y los cambios al acta solo podrán hacerse a través de un juicio civil en México. Es decir, una vez firmada, el acta NO puede ser modificada o cancelada por este Consulado.
El acta del(a) hijo(a) y la de matrimonio de los padres no se devuelven, se retienen para su concentración al Juzgado Central del Registro Civil de de la Ciudad de México.
Registro de Matrimonio
Parejas de nacionales mexicanos que deseen contraer matrimonio podrán celebrarlo en las oficinas consulares en Brasilia, Rio de Janeiro y São Paulo.
Se recomienda establecer contacto con el Consulado a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (ASUNTO: REGISTRO DE MATRIMONIO) para realizar una verificación documental y programar la cita para el registro, en la cual deberán comparecer los contrayentes y los testigos con sus respectivas identificaciones.
Requisitos:
- Ambos contrayentes deberán acreditar su nacionalidad mexicana mediante pasaporte vigente, acta de nacimiento, certificado de nacionalidad mexicana, o carta de naturalización;
- Llenar una solicitud, será enviada por correo una vez establezcan contacto con el Consulado.
- Declaración de dos testigos por contrayente mayores de edad que los conozcan y a quienes les conste que no tienen impedimento legal para casarse (sino hubiere dos testigos que conozcan a ambos, presentarán dos testigos por cada uno de ellos);
- Certificado suscrito por médico titulado que asegure, bajo protesta de decir verdad, que los contrayentes no padecen sífilis, tuberculosis ni enfermedad alguna que sea crónica, incurable, contagiosa o hereditaria;
- Convenio en el cual los pretendientes arreglan la situación de sus bienes presentes y de los que adquieran durante el matrimonio. Este convenio, denominado Capitulaciones Matrimoniales, puede celebrarse bajo uno de los dos tipos de régimen:
- De sociedad conyugal
- De separación de bienes
- En el caso de matrimonios de menores (varones mayores de 16 y mujeres mayores de 14 años), se acompañará el consentimiento de las personas que ejercen la patria potestad o la tutela, en su caso. Estas mismas aprobarán el convenio de Capitulaciones;
- Si uno de los contrayentes es viudo, se debe anexar la copia del acta de defunción del cónyuge fallecido;
- Si alguno o ambos contrayentes son divorciados, se debe presentar copia certificada de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o, en su caso, de la nulidad de matrimonio.
- Realizar el pago de derechos correspondiente. Puede realizarse por PIX o boleto bancario al momento de su cita.
Copias certificadas
Las representaciones consulares únicamente entregan a los interesados constancia del registro de matrimonio, se recomienda obtener copias certificadas de dicha acta.
Registro de Defunción
Se recomienda establecer contacto con el Consulado a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (ASUNTO: REGISTRO DE DEFUNCIÓN) para realizar una verificación documental y programar la cita para el registro, en la cual deberán comparecer el declarante con la documentación completa.
Para registrar una defunción, el solicitante deberá presentar los siguientes documentos:
- Llenar la solicitud correspondiente, será enviada por correo una vez establezcan contacto con el Consulado.
- Acta de defunción brasileña, que establezca día, hora y causa de la defunción.
- En su caso, certificado de cremación.
- Copia del pasaporte mexicano del finado.
- Identificación del declarante.
Copias certificadas
Las representaciones consulares únicamente entregan a los interesados constancia del registro de defunción. Por lo tanto, se sugiere obtener copias certificadas de dicha acta.
Actas de Nacimiento por Reconocimiento de Identidad de Género
A partir del 20 de enero de 2022, conforme a las indicaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, las personas mexicanas que se encuentran en el exterior ya pueden obtener un acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género en una oficina consular.
Requisitos
- Copia certificada del acta de nacimiento mexicana primigenia.
- Identificación con fotografía en la que el nombre corresponda con los datos asentados en el acta primigenia.
- Dos testigos mayores de edad con identificación oficial.
- En caso de tratarse de personas menores de edad, se requerirá la comparecencia de quien o quienes ejerzan la patria potestad plenamente identificados.
El proceso y la emisión de la primera acta de nacimiento no tienen costo.
Copias Certificadas de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción
Las representaciones de México en el exterior están facultadas para emitir copias certificadas de actas de nacimiento, matrimonio y defunción que fueron generadas y registradas por una oficina de Registro Civil en México.
Sin embargo, también se puede realizar de manera remota en la página https://www.gob.mx/ActaNacimiento/ ya que el documento generado en el portal GOB.MX puede imprimirse en papel bond y tiene validez en todo el territorio nacional así como en todas las representaciones de México en el exterior.
En caso de que su acta no sea localizada, se deberá establecer contacto directamente con la oficina de Registro Civil competente para solicitar que sea proporcionada la información. Haga aquí enlace para encontrarel directorio de las oficinas del Registro Civil en México.
Si desea hacerlo en el Consulado, durante su visita deberá realizar el pago correspondiente US$19.00 pagables por PIX o boleto bancario al tipo de cambio del mes.
Requisitos Generales:
- Presentar una identificación oficial que acredite que es el titular del acta de nacimiento (pasaporte, matrícula consular, credencial para votar, licencia de conducir)
- Proporcionar su Clave Única de Registro de Población (CURP), verificada por el registro civil. Puede obtenerla de manera gratuita en este enlace: https://www.gob.mx/curp/. Si su CURP no ha sido verificada no será posible emitir una copia certificada en el Consulado.
Menores de Edad:
- El padre, madre o quien acredite tener la patria potestad, deberá presentar una identificación oficial (pasaporte, matrícula consular, credencial para votar, licencia de conducir)
- Proporcionar la Clave Única de Registro de Población (CURP) del menor, si cuenta con ella. Si su CURP no ha sido verificada no será posible emitir una copia certificada en el Consulado.
NOTA: La información que se encuentra en estas actas es proporcionada y es responsabilidad exclusiva de las oficinas de Registro Civil en México. Este Consulado General no se encuentra facultado para llevar a cabo modificación alguna.
FUNCIONES NOTARIALES
Poderes Notariales
El Cónsul General, en funciones de Notario Público, está facultado para expedir:
Mandatos o poderes notariales:
- Poderes Generales
- Poder general para pleitos y cobranzas: para representar en juicios y efectuar cobros.
- Poder general para actos de administración:para administrar bienes e intereses del mandante.
- Poder general para actos de dominio:para comprar, vender o hipotecar bienes.
- Poderes especiales
- En este tipo de poderes se especifican las facultades que tendrá el apoderado. De igual forma en los poderes generales se puede agregar una limitación.
- Revocación de poderes otorgados en territorio nacional o ante cualquier consulado mexicano.
- Testamentos público abierto.
- Renuncia de derechos hereditarios
- Repudio de herencia.
- Autorización que sobre menores otorguen las personas que ejercen la patria potestad.
- Cotejo de documentos.
Para cualquiera de estos propósitos, se recomienda establecer contacto con el Consulado a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (Asunto: PODER NOTARIAL/TESTAMENTO) enviando el siguiente formulario debidamente requisitado para realizar una verificación documental y programar la cita para el poderdante en función de las labores de este Consulado General.
OTROS
A continuación, encontrará una lista con los servicios que ofrece el Consulado General de México en Sao Paulo.