El pasaporte mexicano es prueba de la nacionalidad mexicana, es un documento internacional de viaje y podrá tener una vigencia de uno (menores de tres años), tres, seis o diez años. Recuerda que para la emisión de pasaportes para menores de edad existen requisitos adicionales; por favor revisa detenidamente la información en este vínculo de ser el caso.
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Pasaporte por primera ocasión |
Canje de pasaportes |
Reposición de pasaporte por robo o extravío |
IMPORTANTE:
- El Consulado podrá solicitar información adicional cuando los documentos presentados muestren huellas de alteración, mutilación, o se pueda presumir algún posible problema de autenticidad.
- Si su pasaporte anterior se encuentra en trámites migratorios locales deberá solicitar por escrito a las autoridades respectivas que le faciliten dicho documento. Si no cuenta con la copia certificada de su acta de nacimiento expedida en territorio nacional, podrá solicitarla en esta o cualquier otra oficina consular de México.
- Para solicitar cualquier ajuste en los datos principales de su pasaporte --nombre de casada o de soltera por ejemplo-- se deberá presentar copia certificada por el registro civil del acta respectiva (nacimiento, matrimonio, etc.). Las actas expedidas por autoridades extranjeras deberán estar previamente legalizadas o apostilladas. Si el pasaporte a renovar tiene el apellido de casada, en lugar del apellido materno, deberá presentar copia certificada del acta de nacimiento.
- Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.
- Tu pasaporte se entregará el mismo día.
Mayores de 18 años
1. Presentarse en el Consulado para firma, toma de huellas y llenado de la solicitud OP-5.
2. Acta de nacimiento certificada por el oficial del Registro Civil o en su caso por alguna oficina consular mexicana. En caso de que la persona interesada haya sido registrada extemporáneamente (después del tercer año de nacido) se realizarán consultas por medios electrónicos para verificar la autenticidad del acta, o bien deberá presentar documentación complementaria. Igualmente, se podrá acreditar la nacionalidad mexicana con certificado o declaratoria de nacionalidad mexicana, carta de naturalización o certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad.
3. Identificación oficial con fotografía; estas pueden ser: Credencial de Elector (IFE o INE), Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, Matrícula Consular de Alta Seguridad, Cédula Profesional o Certificado de estudios (primaria, secundaria, preparatoria con fotografía), licencia de conducir de Canadá, Tarjeta de Residente Permanente en Canadá. Los nombres y apellidos deberán coincidir con los asentados en el acta de nacimiento o documento probatorio de nacionalidad mexicana.
4. Pago conforme a la Tabla de derechos en vigor.
Nota: No es posible realizar este trámite por correo y no es necesario presentar fotografías.
1. Presentarse en el Consulado para firma, toma de huellas y llenado de la solicitud OP-5 (en caso de ser menor de edad deberán estar presentes ambos padres o la persona autorizada; también se presentará la Forma OP-7 debidamente llenada por los padres o quien ejerza la Patria Potestad).
2. Presentar pasaporte anterior que no tenga observaciones. Si el pasaporte fue expedido en libreta tipo “E” después del 1º de enero de 2016 o bien contiene alguna observación, deberá presentar los requisitos de pasaporte por primera vez.
3. Documento de identificación. El pasaporte podrá constituir la identificación solicitada, siempre y cuando no haya variación en los datos personales, no se observen alteraciones en el documento y exista coincidencia de rasgos físicos del interesado con la imagen del documento. En caso de que el pasaporte no cumpla con estas especificaciones, el interesado deberá presentar otra identificación oficial.
4. Pago conforme a la Tabla de derechos en vigor.
5. De conformidad con el artículo 30 del Reglamento de Pasaportes, para tramitar la renovación del pasaporte expedido en territorio nacional antes del año 1995 y aquellos expedidos por las oficinas consulares antes del 1º de enero de 2006, deberán acreditar su nacionalidad mexicana e identidad, entregando adicionalmente copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano u oficina consular según sea el caso y una identificación oficial con fotografía.
Notas:
Cuando NO esté impreso en el pasaporte el MUNICIPIO del lugar de nacimiento, se deberá presentar el acta de nacimiento para completar los datos generales y poder asentar el municipio en el nuevo pasaporte.
Si la persona solicitante obtuvo otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, deberá presentar Declaración de Nacionalidad Mexicana.
Reposición de pasaporte (robo o extravío)
1. Comparecencia personal para firma, toma de huellas y llenado de la solicitud OP-5 (en caso de ser menor de edad también firmará en la representación la forma OP-7).
2. Acta de nacimiento certificada por el oficial del Registro Civil.
3. Presentar reporte de policía de la circunscripción debidamente sellado y firmado por la institución policial de la circunscripción, así como los documentos requeridos para el pasaporte por primera vez.
4. Fotocopia del pasaporte anterior o en su caso los datos de fecha y lugar donde se obtuvo dicho pasaporte, así como una identificación oficial, de contar con ella.
6. Pago de derechos, conforme a la Tabla en vigor.
Nota:
Si su pasaporte anterior se encuentra en trámites migratorios locales, deberá solicitar por escrito a las autoridades respectivas que le faciliten dicho documento. No se aceptan copias certificadas.
Si la persona solicitante obtuvo otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, deberá presentar Declaración de Nacionalidad Mexicana.
Documentos complementarios
En caso de registro de nacimiento extemporáneo y éste no se encuentre en la herramienta ActaMex del Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación, se deberá presentar uno de los siguientes documentos:
1. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante;
2. Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor, expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y registrado dentro de los tres años posteriores al nacimiento;
3. Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicana, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si fueron registrados dentro de los tres años posteriores al nacimiento;
4. Documento expedido por la autoridad migratoria de la fecha de internación al país de la madre extranjera, si ésta ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.
SRE-01-020-A
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A
SRE-01-020-B
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B
SRE-01-020-C
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C
SRE-01-020-D
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D
SRE-01-020-E
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E
SRE-01-020-F
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F
SRE-01-020-G.
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G
SRE-01-020-H
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H
SRE-01-020-I
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I
SRE-01-020-J
Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J
SRE-01-020-K
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K
Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MiConsulado o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.