Las personas físicas residentes en el extranjero acreditadas como corresponsales para el desempeño de sus labores periodísticas en México, así como actividades relacionadas con la cinematografía, podrán importar temporalmente el equipo y accesorios necesarios para el desarrollo de sus actividades a través de las siguientes opciones:

PROCEDIMIENTO:

Para ambos procedimientos, y de conformidad con el artículo 155 del Reglamento de la Ley Aduanera, se deberá acreditar la importación de las mercancías relacionadas con actividades de periodismo para la prensa, radio o televisión, así como actividades relacionadas con la cinematografía con la constancia expedida por el consulado mexicano, en donde se señalen los datos de identificación de los medios de difusión o empresa a los que representen.

REQUISITOS:

Para ello, el solicitante deberá presentar una carta expedida por el medio de comunicación/empresa a la que pertenece donde se expresará

  • el motivo de viaje a México,
  • la fecha,
  • lugar de destino y
  • temporalidad de estancia en territorio nacional.

En caso de dudas, favor de escribir a tramitesrio@sre.gob.mx