¿QUÉ ES UN TESTAMENTO?

El testamento es el instrumento mediante el cual una persona expresa de manera clara y terminante, sin mediar ningún tipo de coacción su voluntad sobre el destino de sus bienes, una vez que fallezca.

El otorgamiento de Testamento público abierto ante el Cónsul General en sus funciones de Notario Público sólo se podrá llevar a cabo cuando los bienes enumerados en dicho instrumento se encuentren en México y no requerirá de legalización ni apostilla.

El Testamento es el acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o establece deberes para después de su muerte.


Testamento público abierto

Para el otorgamiento de un Testamento Público Abierto, el interesado debe acudir ante el Cónsul General a manifestar su voluntad.

REQUISITOS:

■ Para solicitar servicios notariales se requiere cita invariablemente, NO se atenderá si no cuenta con una cita programa.

Estamos abiertos de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm. Cerramos los días festivos de los EE.UU. y el 16 de septiembre.
Para solicitar un poder notarial (persona física/persona moral) o un testamento deberá:
Llamar al teléfono 786 268 4900 extensión 4908 en un horario de 3:30 pm a 5:00 pm, escribir al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o agendarla através de https://citas.sre.gob.mx/
Para re agendar o cancelar su cita deberá llamar a más tardar 24 horas antes de la cita programada.


■ Llenar el formato de información para testamento público abierto (descárguelo aquí).


■ Presentar original y dos copias legibles de los siguientes documentos:

a. Si usted es de nacionalidad mexicana, deberá presentar pasaporte o matrícula consular vigentes o credencial de elector con fotografía o cartilla del servicio militar. Si usted presenta licencia de conducir o identificación oficial del estado, además deberá presentar su acta de nacimiento.


b. Si es de nacionlidad estadounidense, deberá presentar acta de nacimiento, y una de las siguientes identificaciones: licencia de conducir, identificación del estado o pasaporte vigentes; si es ciudadano naturalizado, deberá presentar su certificado de naturalización.

■ El interesado deberá demostrar su estado civil. Además de los documentos anteriores debe presentar el acta de matrimonio, acta de divorcio o acta de defunción del cónyuge, según sea el caso.


■ Cuando el testador desconozca el idioma español, deberá designar un intérprete quien concurrirá al acto y firmará el testamento, asimismo, éste deberá llenar una solicitud y presentar una identificación oficial vigente.


■ Pago de los Derechos Consulares en efectivo y money order.

 

DESCARGA DE SOLICITUDES: 

                                  

 

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