Descripción de este trámite
Dar constancia, registrar y expedir acta de matrimonio de una pareja de personas mexicanas en España.
¿A quién está dirigido?
Pareja de personas mexicanas residentes en España que desean celebrar y registrar su matrimonio en la Embajada.
Solo se puede celebrar el matrimonio cuando ambas personas tienen nacionalidad mexicana.
Requisitos
- Presentar el formato de solicitud debidamente llenado en ordenador. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
- Original y copia de certificado suscrito por médico legalmente establecido en España en el que se haga constar, bajo protesta de decir verdad, que ninguna de las personas contrayentes padece de sífilis, tuberculosis ni enfermedad alguna crónica e incurable, que sea además contagiosa y hereditaria.
- Original y copia de las actas de nacimiento de cada una de las personas contrayentes.
- Original y dos copias del pasaporte vigente de cada uno de los contrayentes.
- Original y dos copias de las identificaciones vigentes de los testigos (dos por cada una de las personas contrayentes).
- Si alguna de las personas contrayentes es viuda, original y copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido.
- Si alguna de las personas contrayentes es divorciada, original y copia del acta de divorcio o de la sentencia ejecutoriada que declare la disolución del vínculo matrimonial o nulidad del matrimonio, en su caso.
- Empadronamiento vigente en castellano de los contrayentes.
Tenga en cuenta: si se trata de documentos expedidos fuera de México o de España, deberán presentarse apostillados o legalizados, según sea el caso.
Todas las fotocopias deberán ser legibles a colores, completas, tamaño DIN A4 a una sola cara, y en el caso de DNI ambas caras estarán contenidas en la misma página.
Procedimiento para presentar la solicitud
Tenga en cuenta que este trámite conlleva tres etapas:
- Enviar copia digital en formato PDF de la documentación señalada en los requisitos al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- En respuesta recibirá un correo electrónico con la confirmación de su documentación recibida. En caso que la documentación no esté completa o tenga alguna observación, nos pondremos en contacto con usted.
Una vez revisada y autorizada se le enviará unos formatos para su verificación y si todo está correcto, se le asignará fecha para realizar el matrimonio.
- El día de su cita deberán presentarse puntualmente los contrayentes y testigos presentando su documentación en original. Este trámite puede tardar unas 4 horas.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Este trámite únicamente se realiza en el Consulado de México en Barcelona o en la Sección Consular de la Embajada de México en España.
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
Costo del trámite y forma de pago
Los derechos por concepto de expedición de Copia certificada acta Registro Civil se realizan preferentemente con tarjeta bancaria en este Consulado. Si hará el pago en efectivo, deberá traer la cantidad exacta.
Para ver el listado general de las tarifas consulares de los trámites, dar click en este enlace.
Tiempo de respuesta y conclusión
El titular de la Representación señalará día y hora para la celebración del matrimonio, una vez que haya realizado la ratificación de firmas de la solicitud de matrimonio.
La celebración se realizará dentro de los siguientes ocho días a partir de la notificación de ratificación de firmas.
El trámite concluye con la celebración de la ceremonia y la entrega de las copias certificadas del matrimonio registrado.
Aspectos importantes a considerar
La copia certificada de este documento expedida en el Consulado podría ser utilizada para trámites y gestiones en España.
Para ello, una vez que le sea entregado el documento debe realizar la legalización ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Gobierno de España. Para mayor información de este procedimiento verificar el siguiente enlace:
Al realizar la legalización del documento, no es necesario que tenga la apostilla para que sea aceptada.
Fundamento jurídico y privacidad de datos
Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace.
Contacto con el Consulado
Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.
El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación del Consulado por otorgar una atención de calidad y eficiente.
Su opinión y valoración es muy importante para el Consulado. Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
También le invitamos a seguir nuestras redes sociales para informarse sobre fechas de apertura de citas y de temas de interés para nuestra población mexicana. Encuéntrenos como @ConsulMexBCN en Facebook, Twitter e Instagram.
Preguntas frecuentes sobre este trámite
Una vez que realice el registro del matrimonio y obtenga la copia certificada correspondiente, ¿es necesario hacer otro trámite para que tenga validez en México?
No. El matrimonio inscrito en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de ninguna certificación.
Mi pareja es de nacionalidad española, ¿puedo celebrar mi matrimonio en el Consulado?
No. Como ha sido señalado, para llevar a cabo el matrimonio en el Consulado, ambas personas contrayentes deben tener nacionalidad mexicana.
¿El Consulado puede celebrar matrimonios igualitarios?
Sí. Este trámite se realiza en pleno respeto y reconocimiento de los derechos de las personas mexicanas que lo soliciten sin discriminación o distinción alguna, siempre que se cumplan con los requisitos y procedimientos señalados.

Si desea información sobre este u otro trámite contacte con nosotros a través del correo
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Descripción de este trámite
Dar constancia, registrar el nacimiento y expedir la respectiva acta de nacimiento mexicana de una persona nacida en el extranjero y cuyo padre y/o madre sea mexicano.
¿A quién está dirigido?
Este trámite está generalmente dirigido en España a los siguientes casos:
Menores de edad nacidos en España y que el padre o madre (o ambos) sean nacidos en México.
Menores de edad nacidos en España y que el padre o madre sean naturalizados mexicanos, siempre y cuando el nacimiento en el exterior haya tenido lugar en fecha posterior a la naturalización, y que el padre o madre no se encuentren en causal de pérdida de nacionalidad.
Requisitos*
- Presentar el formato de solicitud debidamente llenado en ordenador. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
- Original certificado del acta literal de nacimiento española de la persona de la que se realizará el registro. Si el certificado de nacimiento no es español, deberá estar apostillada y con traducción jurada
- Original y una copia simple de la identificación vigente de la persona a registrar: DNI, pasaporte español, tarjeta de residencia.
Identificación con fotografía según sea el caso (requisito indispensable independientemente de la edad que tenga la persona a registrar):
- Certificado médico oficial EN CASTELLANO expedido como máximo 30 días antes del día de su cita y estar impreso en hoja membretada con los datos de la Institución que expide el documento con el nombre completo del menor, fecha de nacimiento y sexo (revisar que sea legible y que no contenga faltas de ortografía) con una fotografía reciente del niño/a, la cual contenga de forma parcial sello o firma del doctor (Verificar que sea sellada la fotografía por el médico sin cubrir el rostro),O
- Pasaporte vigente de otra nacionalidad, NIE o DNI del menor
Ejemplos de este tipo de documento los puede verificar dando click en este enlace.
- Madre o Padre quien otorga la nacionalidad mexicana:
- Pasaporte mexicano o INE vigente
- Acta de nacimiento mexicana
- Padre o Madre con una nacionalidad diferente a la mexicana:
- Pasaporte vigente
- Acta de nacimiento en castellano
- Acta de matrimonio (si aplica)(si el acta no es mexicana o española, requiere estar apostillada y traducida al castellano o en inglés) El libro de familia no es válido ante autoridades mexicanas por favor no anexarlo.
- Acta de divorcio (si aplica)
* La información relativa a requisitos es indicativa. Las solicitudes se resuelven caso por caso y el consulado podrá solicitar documentación adicional para integrar el expediente.
Personal del Consulado puede apoyar participando como testigos.
Información importante:
En caso de personas naturalizadas mexicanas, se deberá presentar original y copia de carta de naturalización.
Si alguno de los padres ha fallecido, se deberá presentar original y copia del acta de defunción.
Si la persona a registrar es mayor de edad, deberá presentar copia certificada del acta de nacimiento mexicana del padre o madre.
Proporcionar teléfono de contacto.
Procedimiento para presentar la solicitud
Tenga en cuenta que este trámite conlleva dos etapas:
- Para verificar que la documentación sea correcta, debe enviar copia digital en un solo formato PDF de cada uno de los puntos señalados en los requisitos, al siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- En respuesta se le contactará con el resultado de la revisión de su caso y, de ser procedente, se puede solicitar documentación adicional.
- Una vez sea aprobado su expediente, se le otorgará una cita por correo electrónico.
- El día y hora de la cita gestionada deberán acudir de manera presencial los padres y el menor a registrar junto con los documentos originales y dos copias simples a colores de cada uno de los señalados en el apartado de requisitos a una sola cara tamaño A4, sin engrapar y buena resolución.
El día de su cita el trámite de Registro de Nacimiento tiene una duración aproximada de dos horas, por lo que se requiere máxima puntualidad para concluir el trámite.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Este trámite únicamente se realiza en la Sección Consular de la Embajada de México en España y en el Consulado de México en Barcelona.
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
Costo del trámite y forma de pago
El trámite del registro de nacimiento como persona mexicana y la primera copia certificada del acto son gratuitos.
Tiempo de respuesta y conclusión
Tan pronto remita la documentación completa del expediente, el tiempo para asignar fecha para el registro de nacimiento puede tomar dos o tres semanas, pudiendo variar según la alta demanda de este trámite.
El registro y expedición del acta de nacimiento mexicana se realizan el día de la cita, así como el pasaporte si lo desea. La gestión del trámite toma alrededor de 2 horas.
Aspectos importantes a considerar
- La información contenida en todos y cada uno de los documentos presentados debe coincidir plenamente.
- Toda la documentación que sea expedida por autoridades diferentes a las de España o México, deberá estar debidamente apostillada o legalizada, según corresponda. En caso de ser documentos que se encuentren en idioma diferente al español e inglés, deben venir acompañados de una traducción simple a español.
- Si usted es una persona mayor de edad nacida en España o en el extranjero y alguno de sus padres es mexicano, puede solicitar su registro de nacimiento como mexicano cumpliendo con los requisitos arriba señalados. En este caso no es necesaria la presencia de los padres el día de la cita.
- En España y otros países se contempla la posibilidad de que en el acta de nacimiento se intercambien los apellidos paternos del padre y la madre. Para los registros de nacimiento que se realizan en las Embajadas y Consulados de México solamente se puede registrar, invariablemente y sin excepciones, el nombre, seguido de los apellidos paternos del padre y de la madre.
Fundamento jurídico y privacidad de datos
El registro de nacimiento en una oficina consular mexicana se fundamenta en los artículos 43, inciso IV, 44, fracción III, 84 de su Reglamento, el Código Civil Federal y las disposiciones emitidas por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace.
Contacto con el Consulado
Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.
El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación del Consulado por otorgar una atención de calidad y eficiente.
Su opinión y valoración es muy importante para el Consulado. Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
También le invitamos a seguir nuestras redes sociales para informarse sobre fechas de apertura de citas y de temas de interés para nuestra población mexicana. Encuéntrenos como @ConsulMexBCN en Facebook y Twitter.
Todos los comentarios y consultas se realizan exclusivamente a través de correo electrónico.
Preguntas frecuentes sobre este trámite
¿Puedo realizar el trámite de pasaporte mexicano en la misma fecha que se realice el registro de nacimiento?
En principio, sí. Debe verificar los requisitos que debería cumplir y gestionar una cita para ese trámite a través del sistema MiConsulado, buscando hacer coincidir la fecha de ambos trámites. Lo prioritario es contar con la cita para el registro de nacimiento para proceder con la otra cita.
¿Qué otras alternativas tengo si quiero que el nombre de mi hijo/a aparezca como en su acta de nacimiento de España con los apellidos materno-paterno?
En este caso, es necesario hacer la inserción del acta de nacimiento extranjera en alguna de las oficinas del Registro Civil en México. Para ello, deberá presentar el acta de nacimiento apostillada, entre otros requisitos. Se sugiere contactar con la oficina que corresponda para mayor seguimiento y orientación.
¿Debe acudir el menor recién nacido al trámite?
Sí. Como se ha señalado, el día de la cita deben acudir ambos padres y el menor de edad, junto con el original y las copias señaladas en el apartado de requisitos.
¿Cuál es el acta de nacimiento literal española que se refiere en los requisitos?
Se trata de la copia literal de la inscripción del nacimiento en España que contiene todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento. Para mayor detalle, se sugiere consultar el siguiente enlace del Ministerio de Justicia en España: https://bit.ly/3ij0UEt
¿La documentación que debo presentar tiene que estar apostillada?
Como se ha mencionado, los documentos emitidos por autoridades mexicanas o españolas no es necesario que tengan la apostilla para este trámite.
No cuento con personas que puedan acudir como testigos, ¿qué alternativa tengo?
Como se ha mencionado, personal del Consulado puede participar como testigo del registro de nacimiento. Para ello, le solicitamos indicarlo en el momento que haga llegar copia de la documentación por correo electrónico.
Descripción de este trámite
Copia certificada de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción que hayan sido expedidas originalmente en una oficina del Registro Civil en México o en alguna Embajada o Consulado de México en el exterior.
¿A quién está dirigido?
Personas mexicanas que requieren obtener una copia certificada de su acta de nacimiento, matrimonio, divorcio o de la defunción de un familiar, a efecto de presentarla como parte de una gestión o trámite en España o México.
Requisitos
- Presentar el formato de solicitud debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
- Original y copia simple de identificación mexicana vigente (de preferencia pasaporte).
- En caso de actas de menores de edad, identificación de cualquiera de los padres.
- En caso de solicitud de copia certificada de acta de matrimonio o divorcio, identificación de cualquiera de los cónyuges.
- En caso de solicitud de copia certificada de acta de defunción, identificación de hijos o padres.
Procedimiento para presentar la solicitud
Tenga en cuenta que este trámite conlleva dos etapas:
- Para verificar que el acta solicitada se encuentre registrada en el sistema para expedición, debe enviar copia digital en formato PDF de la documentación arriba señalada en los requisitos al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- En respuesta recibirá un correo con el resultado de la búsqueda del documento y la fecha de cita para que se presente a la oficina consular a realizar el trámite.
- Acuda de manera personal el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación, hacer el pago correspondiente y recibir el documento.
Realice el procedimiento señalado para una óptima atención de su solicitud.
Nota: Puede imprimir el acta en línea si necesita realizar algún trámite para México en el siguiente enlace: www.gob.mx/actas
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Este trámite únicamente se realiza en el Consulado de México en Barcelona o en la Sección Consular de la Embajada de México en España.
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
Costo del trámite y forma de pago
Los derechos por concepto de expedición de Copia certificada acta Registro Civil se realizan preferentemente con tarjeta bancaria en este Consulado. Si hará el pago en efectivo, deberá traer la cantidad exacta.
Para ver el listado general de las tarifas consulares de los trámites, dar click en este enlace.
Tiempo de respuesta y conclusión
El día que acude a su cita recibe de manera inmediata el documento.
Aspectos importantes a considerar
Para que la copia certificada de este documento expedida en el Consulado pueda ser utilizada para trámites y gestiones en España, debe ser apostillada.
La apostilla solamente se puede tramitar en México.
El Consulado no puede intervenir en el proceso de apostilla de documentos de México o España. Para mayor información, puede consultar la información dando click en este enlace.
Fundamento jurídico y privacidad de datos
Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace.
Contacto con el Consulado
Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.
El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación del Consulado por otorgar una atención de calidad y eficiente.
Su opinión y valoración es muy importante para el Consulado. Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
También le invitamos a seguir nuestras redes sociales para informarse sobre fechas de apertura de citas y de temas de interés para nuestra población mexicana. Encuéntrenos como @ConsulMexBCN en Facebook, Twitter e Instagram.
Descripción de este trámite
Este certificado es un documento que se expide a solicitud de parte interesada quien mediante manifestación expresa o mediante documentos pretende hacer constar un hecho o hacer valer un derecho, pero no prueba la verdad de lo declarado o manifestado.
¿A quién está dirigido?
El Certificado a Petición de Parte se expide tanto a nacionales como a extranjeros y es útil para múltiples situaciones, particularmente para casos de protección consular, en los que con frecuencia resulta indispensable certificar hechos que por su naturaleza jurídica deberían adoptar otra forma.
Requisitos
- Presentar el formato de solicitud debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
- Original y copia de pasaporte mexicano vigente.
- Original y copia de toda la documentación necesaria para acreditar su declaración.
Procedimiento
- Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
- Enviar su documentación en un solo archivo en formato pdf al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., incluyendo una breve descripción de su requerimiento.
- Una vez revisada su documentación, se le enviará un borrador y se otorgará una cita para que acuda de manera personalel día y hora de la cita asignada para entregar la documentación como se encuentra señalado en los requisitos y realizar su trámite.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Este trámite únicamente se realiza en la Sección Consular de la Embajada de Este trámite únicamente se realiza en el Consulado de México en Barcelona o en la Sección Consular de la Embajada de México en España.
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
Costo del trámite y forma de pago
El pago del trámite se realiza el día de su cita, preferentemente con tarjeta bancaria. Si hará el pago en efectivo, deberá acudir al banco más cercano.
El costo que hay que cubrir se confirmará al momento de recibir el borrador de su certificado y la fecha de su cita.
Tiempo de respuesta y conclusión
El documento se expide y entrega el mismo día de la cita.
Aspectos importantes a considerar
Este certificado en ningún caso puede sustituir procedimientos y documentos establecidos en la legislación mexicana, entre los cuales se pueden encontrar los certificados de soltería o estado civil, constancia de datos registrales o antecedentes penales, validez o antigüedad de licencias de manejo, comprobar identidad o parentesco entre personas, o hacer constar actos jurídicos (contratos, hipotecas, etc.).
Fundamento jurídico y privacidad de datos
Para conocer los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales de click en este enlace.
Contacto con el Consulado
Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.
El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación del Consulado por otorgar una atención de calidad y eficiente.
Sugerimos que revise la sección de preguntas frecuentes que encontrará abajo para clarificar cualquier situación.
Su opinión y valoración es muy importante para el Consulado Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Página 2 de 3