Circunscripción
La Circunscripción Consular (área de servicio) del Consulado tiene una extensión de 175,361.5 kilómetros cuadrados, aproximadamente. Los condados que corresponden a la Circunscripción por estado, son los siguientes:
INDIANA
66 condados de 92 que tiene el estado: Bartholomew, Blackford, Boone, Brown, Carroll, Clark, Clay, Clinton, Crawford, Daviess, Dearborn, Decatur, Delaware, Dubois, Fayette, Floyd, Fountain, Franklin, Gibson, Grant, Greene, Hamilton, Hancock, Harrison, Hendricks, Henry, Howard, Jackson, Jay, Jefferson, Jennings, Johnson, Knox, Lawrence, Madison, Marion, Martin, Montgomery, Morgan, Ohio, Omroe, Orange, Owen, Parke, Perry, Pike, Posey, Putnam, Randolph, Ripley, Rush, Scott, Shelby, Spencer, Sullivan, Switzerland, Tippecanoe, Tipton, Union, Vanderburgh, Vermillion, Vigo, Warren, Warrick, Washington y Wayne.
KENTUCKY
Los 120 condados del estado: Adair, Allen, Anderson, Ballard, Barren, Bath, Bell, Boone, Bourbon, Boyd, Boyle, Bracken, Breathitt, Breckinridge, Bullitt, Butler, Caldwell, Calloway, Campbell, Carlisle, Carroll, Carter, Casey, Christian, Clark, Clay, Clinton, Crittenden, Cumberland, Daviess, Edmonson, Elliott, Estill, Fayette, Fleming, Floyd, Franklin, Fulton, Gallatin, Garrard, Grant, Graves, Grayson, Green, Greenup, Hancock, Hardin, Harlan, Harrison, Hart, Henderson, Henry, Hickman, Hopkins, Jackson, Jefferson, Jessamine, Johnson, Kenton, Knott, Knox, Larue, Laurel, Lawrence, Lee, Leslie, Letcher, Lewis, Lincoln, Livingston, Logan, Lyon, McCracken, McCreary, McLean, Madison, Magoffin, Marion, Marshall, Martin, Mason, Meade, Menifee, Mercer, Metcalfe, Monroe, Montgomery, Morgan, Muhlenberg, Nelson, Nicholas, Ohio, Oldham, Owen, Owsley, Pendleton, Perry, Pike, Powell, Pulaski, Robertson, Rockcastle, Rowan, Russell, Scott, Shelby, Simpson, Spencer, Taylor, Todd, Trigg, Trimble, Union, Warren, Washington, Wayne, Webster, Whitley, Wolfe y Woodford.
OHIO
55 condados de 88 que tiene el estado: Adams, Athens, Auglaize, Belmont, Brown, Butler, Carroll, Champaign, Clark, Clermont, Clinton, Coshocton, Darke, Delaware, Fairfield, Fayette, Franklin, Gallia, Greene, Guernsey, Hamilton, Hardin, Harrison, Highland, Hocking, Holmes, Jackson, Jefferson, Knox, Lawrence, Licking, Logan, Madison, Marion, Meigs, Mercer, Miami, Monroe, Montgomery, Morgan, Morrow, Muskingum, Noble, Perry, Pickaway, Pike, Preble, Ross, Scioto, Shelby, Tuscarawas, Union, Vinton, Warren y Washington.
OP7
Formato OP7
El permiso OP7 deberá ser completado por ambos padres, o las personas facultadas para otorgar el consentimiento (quienes ejercen la patria potestad o tutela) de los menores de 18 años. Así mismo deberán presentar una identificación oficial.
NOTA: Si alguno se identifica con un documento donde aparezca el apellido del cónyuge, debe presentar el acta de matrimonio original y una copia tamaño carta por ambos lados.
CONSIDERE LOS SIGUIENTES PUNTOS
Si alguno de los padres o personas facultadas para otorgar el consentimiento al menor:
Falleció, se debe presentar el acta de defunción y una copia tamaño carta.
Se encuentra en México, debe acudir a la oficina de emisión de pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio para otorgar su autorización al menor, mediante el permiso OP7.
Reside en otro estado dentro de Estados Unidos, debe acudir al Consulado de México más cercano a su domicilio para otorgar su autorización al menor mediante el permiso OP7.
Se encuentra desaparecido, usted puede solicitar asesoría sobre la patria potestad del menor en el departamento de protección del Consulado de México.
REQUISITOS:
1. Acta de nacimiento original del menor y una copia tamaño carta.
2. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, de los padres o las personas que ejercen la patria potestad o tutela del menor. Usted puede presentar cualquiera de los siguientes en original y una copia tamaño carta (ambos lados en la misma hoja) por cada menor.
Pasaporte mexicano o de su país de origen (en caso de ser extranjero)
Matrícula consular
Credencial para votar con fotografía (INE)
Licencia de conducir de Estados Unidos o identificación del estado (sin errores ortográficos, abreviaciones o apellidos invertidos)
Cartilla del Servicio Militar Nacional (liberada)
NOTA: El nombre en la identificación presentada deberá coincidir sin excepción alguna, exactamente con el nombre del padre o la madre tal como aparece en el acta de nacimiento del menor, nombre completo sin abreviaciones u omisiones de nombres o apellidos, y deberán estar en el orden correcto.
VIGENCIA
El permiso OP7 deberá hacerse válido dentro de los 90 días naturales posteriores a la manifestación de la voluntad.
CASOS ESPECIALES:
1. En territorio nacional mexicano, podrá otorgarse el permiso ante Notario Público. El testimonio o copia certificada del mismo deberá hacerse válido dentro de los treinta días naturales posteriores a la autorización de la escritura pública y deberá contener:
a) La declaración expresa del trámite que se autoriza realizar; y
b) La vigencia del pasaporte, en términos del artículo 28 del presente Reglamento.
2. Si alguno de los padres, o tutores ha perdido la patria potestad o tutela, o la tiene suspendida, el que la ejerza en exclusiva entregará copia certificada de la resolución judicial correspondiente y del auto por el que causó ejecutoria.
3. Si la sentencia fue expedida por un tribunal extranjero, ésta deberá ser homologada para que surta efectos en territorio nacional, en términos de la legislación aplicable.
4. Quien o quienes ejerzan la tutela deberán además acreditar dicho carácter entregando una copia certificada por la autoridad competente de la resolución judicial que le confiere el cargo, del auto por el que causó ejecutoria o en el que se hizo constar la protesta y discernimiento del mismo. De igual forma, dicho requisito deberá cumplirse si la patria potestad es ejercida por los abuelos.
5. En caso de suplencia del consentimiento de quien ejerce la patria potestad o tutela por parte de la autoridad judicial competente, se deberá entregar a la Secretaría copia certificada de la resolución judicial mediante la cual el juez autoriza la salida del país de la persona menor de edad y, por consiguiente, la expedición del pasaporte. El tiempo autorizado por la autoridad judicial determinará la vigencia del pasaporte.
INE
Obtén tu credencial para votar
Ya no tienes que viajar a México para tramitar tu Credencial
El INE, a través de la red de Consulados y Embajadas de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), te permite solicitarla desde el país donde resides.
¿Qué es?
Es una identificación oficial que avala la ciudadanía mexicana y que emplean millones de personas para ejercer su derecho al voto en México y en el extranjero.
Paso 1. Programa tu cita.
1. Podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica 1-(424)-309-0009 o en la página web https://citas.sre.gob.mx.
Paso 2. Acude al Consulado con tu documentación.
1. Documento que acredite la nacionalidad. (Da clic aquí para verificar el listado de los documentos aceptados). Si eres mexicano nacido en el extranjero, deberás presentar de manera adicional acta de nacimiento de alguno de tus padres.
2. Identificación con fotografía (Da clic aquí para verificar el listado de los documentos aceptados).
3. Comprobante de domicilio (Da clic aquí para verificar el listado de los documentos aceptados).
IMPORTANTE: En caso de que no cuente con acta de nacimiento, o esta se encuentre alterada, mutilada, enmicada o no sea legible; usted podrá adquirir una nueva acta de nacimiento en https://www.gob.mx/actas o en el módulo de Registro Civil del Consulado, siempre y cuando se encuentre en el sistema.
Paso 3. Espera tu credencial y confirma su recepción.
1. Una vez que tu trámite sea validado, el Instituto Nacional Electoral enviará por mensajería, en un periodo de tres a cinco semanas, la credencial a tu domicilio. Es importante mencionar que solo tú podrás recibirla por lo que deberás identificarte en ese momento.
2. Sabemos que ya recibiste tu Credencial, pero necesitamos confirmar que tú la recibiste a fin de evitar que le den mal uso. Además, al hacerlo será válida para que puedas votar e identificarte. Una vez recibida, llama al número que viene en el sobre para validarla.
3. Puedes verificar el estatus de tu trámite en el Sistema de Consulta o llamando a INETEL desde Estados Unidos sin costo al 1 (866) 986 8306 o desde otros países por cobrar: +52 (55) 5481 9897.
NOTA: Después de tres intentos de entrega, tu Credencial estará disponible hasta 30 días en la oficina más cercana a tu domicilio. Si no la recoges en este plazo, se regresará a México y deberás acceder al Sistema de Consulta y solicitar que sea enviada nuevamente.
Copias Certificadas de Acta de Nacimiento
El acta de nacimiento sirve para acreditar la identidad ante organismos o autoridades públicas que lo soliciten, constando de modo fehaciente junto a los datos personales, la localidad, la provincia y el país de nacimiento
El trámite es sencillo. Para realizarlo es necesario:
Presentarse en una Oficina Consular.
Llevar una identificación oficial que acredite que es el titular del acta de nacimiento.
Proporcionar su Clave Única de Registro de Población (CURP) si cuenta con ella.
Llenar la solicitud correspondiente.
Cubrir el pago de derechos correspondiente
Nota: En el Consulado no se realizan registros de personas nacidas en México.
También es posible obtener el acta de nacimiento en línea, entrando a la siguiente página web: https://www.gob.mx/actas
Acta Extemporanea
¿Qué es un acta de nacimiento extemporánea?
Cuando los padres de un menor lo llevan a registrar pasado el año de haber nacido, el acta de nacimiento se considera extemporánea.
¿Qué pasa cuando tengo un acta de nacimiento extemporánea?
Cuando esto ocurre, el pasaporte que solicita se expedirá únicamente por un año (1) y para la siguiente ocasión que lo renueve deberá presentar algunos de los siguientes documentos llamados PRUEBAS SUPLETORIAS (documentos complementarios):
- Certificado o constancia de alumbramiento en la cual se manifieste que el menor nació vivo y además, debe contener el nombre de uno o ambos progenitores.
- Fe de bautizo del interesado, la cual debe ser cotejada en los libros de la parroquia correspondiente por notario público o autoridad legalmente facultada para ejercer dichas funciones. Las partidas parroquiales deben tener como fecha límite, un año después del nacimiento del interesado.
- Copia certificada del acta de matrimonio de los padres del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de los padres es mexicano y que se casaron en territorio nacional antes de la fecha de nacimiento del solicitante.
- Copia certificada del acta de nacimiento de padre o de la madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil, que no sea extemporánea y donde conste la nacionalidad del registrado.
- Copia certificada por el oficial de registro civil del acta de nacimiento de un hermano mayor que haya nacido en territorio nacional y que no sea extemporánea.
- Certificado de educación primaria, secundaria o boleta de calificaciones de alguno de los grados básicos, expedida por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Secretaría.
- Matrícula Consular de Alta Seguridad vigente expedida después del 15 de septiembre de 2005.