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Se constituyen por el acto jurídico mediante el cual el mandatario (apoderado) se obliga a ejecutar por cuenta del mandante (poderdante) los actos jurídicos que éste le encarga, por ejemplo: venta de una propiedad, representación en un juicio, etc.
 
Requisitos:
  • Presentar al Consulado en original y una copia el documento de comprobación de nacionalidad (acta de nacimiento, pasaporte, declaratoria de nacionalidad) e identificación oficial vigente en original y tres copias, acta de matrimonio, divorcio o defunción, en el caso de estar casado (a), divorciado(a), viudo(a). En caso de haber obtenido otra nacionalidad, deberá presentar el Certificado de Naturalización.
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    Proporcionar los datos sobre el poder que va a otorgar: nombre completo de la persona que lo va a representar, trámite que se va a realizar en México, si se refiere a una propiedad, los datos precisos de la misma (lote, manzana, ubicación). Si es un juicio, el tipo de juicio, número de expediente, juzgado donde se tramita. En caso de poderes para Actos de dominio o Administración de Bienes o especiales para venta de propiedades, cesión de derechos, hipotecas, si usted está casado, debe venir acompañado de su cónyuge, quien deberá presentar los mismos requisitos señalados en el punto 1. Las personas que no hablen español, deberán traer un intérprete, que presentará prueba de nacionalidad  e identificación oficial válida.
  • En caso de contar con un borrador del tipo de documento que requiere deberá presentarlo en la primera visita.
  • Pagar los derechos consulares vigentes.
Será necesario que usted acuda 2 veces a nuestras oficinas. En su primera visita, deberá llenar la solicitud correspondiente y presentar los requisitos; en su segunda visita, recibirá y firmará sus documentos.
El testamento es  el acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o establece deberes para después de su muerte.

Requisitos:
  • Ser mayor de 18 años.
  • Estar en su cabal juicio.
  • Manifestar su voluntad claramente.
  • Elaborar una relación de los bienes que va a dejar en herencia, y su ubicación (estos datos no son necesarios si se nombra a un heredero universal).
  • Proporcionar su información general y domicilio.
  • Presentar copia certificada de su acta de nacimiento y una copia simple  e identificación en original y tres copias, tal como el pasaporte o su matrícula consular vigentes.
  • Proporcionar los nombres de los padres, cónyuge, e hijos (incluso si han fallecido), sus fechas y lugares de nacimiento.
  • Comunicar el nombre de la persona que designará como albacea.
Será necesario que usted acuda 2 veces a nuestras oficinas. En su primera visita, deberá llenar la solicitud correspondiente; en su segundo visita, recibirá y firmará sus documentos.