FM-3

 

Mexican Consulates in the USA no longer issue nor renew FM-3s.

For FM3 and Visa petitions please contact INAMI (Mexico's National Migration Institute).

Their web site is at: http://www.inm.gob.mx

Empleo en el Consulado

 

Por el momento no hay plazas disponibles, pero si te gustaría ser considerado cuando existan puestos vacantes en el Consulado General de México en San Diego, envía tu currículum con foto a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Areas de interés:

Relaciones Internacionales

Derecho

Trabajo Social

Contabilidad

Comercio Internacional

Comunicación

Cartas Rogatorias

 

Aviso importante

 

Tramite de exhortos y cartas rogatorias

Con fundamento en la fracción xi del artículo 28 de la ley orgánica de la administración publica federal y las fracciones VIII y IX del artículo 33 del reglamento interior de la secretaria de relaciones exteriores el procedimiento que se debe seguir para analizar, dictaminar y dar tramite a los exhortos y cartas rogatorias que las autoridades en México, dirijan al extranjero, se deberán iniciar ante la dirección general de asuntos jurídicos de la secretaria de relaciones exteriores en México.

En este sentido, usted cuenta con dos opciones:

 

  • Presentar directamente el exhorto o carta rogatoria en las oficinas centrales de la dirección general de asuntos jurídicos, ubicadas en plaza Juárez, no. 20, piso 5, colonia centro, delegación Cuauhtémoc, C.p. 06010. México, D.F., o
  • Presentar el exhorto o carta rogatoria en la delegación de la secretaria de relaciones exteriores de su estado, para que esta a su vez, lo envié a la dirección general de asuntos jurídicos, ubicadas en la dirección mencionada en el punto anterior.

Llamar a México desde Prisiones del Condado de San Diego

 

Si usted está internado en alguna cárcel del Condado de San Diego y quiere llamar a México, puede usted usar el sistema prepagado implementado conjuntamente con el Departamento de Correccionales de California y la empresa Global Tel*Link.

Para usar el sistema, llamado "GTL International Avdvance pdvance Pay", es necesario que algún familiar o amigo abra una cuenta en alguna representación de Western Union en México (ubicadas por ejemplo en Electra, Banco Azteca, Salinas y Rocha). La apertura de la cuenta tedrá un costo de aproximadamente $10 a $15 dólares.

Toque aquí para ver el instructivo detallado.

O descargue un instructivo sencillo aquí.

A continuación se transcriben las instrucciones generales para usar el sistema:

 

DEPARTAMENTO CORRECCIONAL Y DE REHABILITACIÓN DE CALIFORNIA

HOJA INFORMATIVA SOBRE LLAMADAS POR COBRAR PARA

PRESOS/PERSONAS EN CUSTODIA

 

El Departamento Correccional y de Rehabilitación de California (California Department of Corrections and Rehabilitation, CDCR) preparó esta hoja informativa como una guía de referencia rápida para las llamadas por cobrar para presos/personas en custodia. Todas las cuestiones relativas al bloqueo, facturación, etc. deben ser dirigidas al servicio de atención al cliente de GTL.

 

  • 1) El Contrato: El CDCR utiliza el Contrato de sistema telefónico para presos/personas en custodia (Inmate/Ward Telephone System, IWTS) del Departamento de Servicios Generales (Department of General Services, DGS) que ofrece únicamente servicios de llamadas por cobrar para presos/personas en custodia.
  • 2) El proveedor de IWTS: El proveedor de IWTS era MCI. En vigencia a partir del 30 de junio de 2007, MCI se fusiona con Global Tel*Link (GTL) y GTL se convierte en el nuevo proveedor de servicios de llamadas telefónicas para presos/personas en custodia.
  • 3) Notificaciones emitidas por CDCR, MCI, o GTL relativas a las llamadas para presos: A partir del 16 de julio de 2007, las notificaciones anteriores y las nuevas relacionadas con las llamadas telefónicas para presos/personas en custodia emitidas por CDCR, MCI o GTL estarán publicadas en el sitio Web de CDCR en Internet: www.cdcr.ca.gov/Visitors.
  • 4) Comunicación con el servicio de atención al cliente de GTL: El número gratuito para realizar llamadas por cobrar a números nacionales es 1-866-770-4896. Llame a este número si desea hacer preguntas relacionadas con el bloqueo de llamadas nacionales, facturación, etc. En el futuro cercano también habrá disponible un sitio Web para clientes de GTL. Hay varios números gratuitos diferentes para atención al cliente en países que reciben llamadas internacionales por cobrar de presos. La lista de números de servicio internacional de atención al cliente se encuentra en www.gtl.net/AdvancePayInternational
  • 5) Llamadas bloqueadas de presos/personas en custodia: Es posible que las llamadas de presos/personas en custodia sean bloqueadas por uno u otro motivo; consulte el folleto titulado CDCR Information Sheet About Inmate Collect Calls (CDCR - Hoja Informativa sobre llamadas por cobrar de los presos), de fecha 9/1/2006 que se encuentra en el sitio Web de CDCR. Después de la fecha de entrada en vigencia de la fusión, algunos números telefónicos podrían quedar bloqueados si GTL no tiene un convenio de facturación con el proveedor de servicio telefónico local. En caso de bloqueo, la persona que recibe la llamada necesita establecer un convenio de facturación con GTL.
  • 6) Cambio en las llamadas internacionales para presos/personas en custodia: Un cambio significativo que traerá la fusión para los presos/personas en custodia y familiares/amigos es la manera de realizar y pagar una llamada internacional. La fecha de entrada en vigencia de este cambio es el 31 de julio de 2007.

Actualmente las llamadas internacionales se procesan a través de una operadora humana autorizada de MCI. En el nuevo proceso se eliminará la operadora humana.

Los familiares y amigos de los presos/personas en custodia tendrán que establecer una cuenta de prepago con GTL a través de Western Union, quien creará la cuenta y cobrará en moneda extranjera. Debido a los miles de idiomas y dialectos diferentes que existen, GTL necesitará que el preso/persona en custodia comparta la información de este cambio con sus familiares en otros países. GTL ha elaborado documentos en inglés y en español:

  • (1) folleto sobre llamadas internacionales prepagadas con GTL (GTL International Advance Pay), tarifas y preguntas más frecuentes y
  • (2) folleto sobre Western Union. A partir del 16 de julio podrán encontrarse copias de estos folletos en el sitio Web de CDCR: www.cdcr.ca.gov/Visitors.

Se emitieron notificaciones para presos/personas en custodia con la información de arriba. Los presos/personas en custodia deben compartir esta información con familiares/amigos por teléfono o por correo. Si los familiares/amigos no tienen una cuenta prepagada establecida con GTL para el 31 de julio, entonces el preso/persona en custodia no podrá realizar llamadas telefónicas internacionales para comunicarse con ellos.

ACTA DE DEFUNCIÓN MEXICANA

Atención al público y recepción de documentos:
únicamente con cita.

Con el propósito de facilitar los trámites de traslado de cadáveres a México, y evitar complicaciones posteriores, se les informa que las autoridades aduanales y sanitarias de la República Mexicana solicitan la presentación del Acta de Defunción Mexicana expedida por este Consulado General o acta de defunción estadounidense apostillada y traducida al español, así como el Permiso de Tránsito (Permiso de Disposición de Restos Humanos expedido por el Departamento de Salud de California) mismo que se obtiene en las oficinas del “County Vital Records” del Condado de San Diego ubicado en 3851 Rosecrans st. San Diego, 92110) y el Certificado de Embalsamamiento original emitido por la casa funeraria. Ambos documentos deberán ser visados por esta oficina consular previa presentación de los mismos.

PROCEDIMIENTO:

El procedimiento se inicia de manera electrónica, por lo que deberá enviar escaneados todos los documentos originales -en formato PDF, o fotografías, legibles, y anexos a su mensaje, no en el mismo texto- al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para su revisión. Una vez aprobada la documentación, este Consulado le proporcionará una cita para llevar a cabo el registro de defunción. El Acta de Defunción mexicana se entregará, de ser posible, el mismo día o al día siguiente hábil de recibida la documentación. Es indispensable la presencia del (la) Declarante para firma de los documentos.

REQUISITOS:

1. Solicitud. Debe llenarse en su totalidad.

Defuncion- español
Defuncion- ingles

 

 2. Certificado de Defunción Estadounidense (Certificate of Death). Original y 2 copias tamaño carta. El acta original NO se devuelve y NO se aceptan actas que estén deterioradas, rotas, tachadas, enmendadas ni borradas o que no sean legibles. El nombre del/la finado/a debe estar asentado tal y como aparece en su acta de nacimiento mexicana ya sea como “nombre” o como AKA.

3. Acta de Nacimiento Mexicana de la persona fallecida. Original y 2 copias tamaño carta.

4. Identificación oficial vigente del declarante que contenga nombre, fotografía y firma. Original y 2 copias tamaño carta). Puede presentar Pasaporte; o Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente, licencia de conducir expedida por el Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV); o identificación del DMV (California Identification Card). El Declarante es quien regularmente entrega y recibe la documentación.

5. Consultar precio en tabla de servicios

6. Opcionalmente - Identificación oficial vigente de la persona fallecida. Original y 2 copias tamaño carta. Puede presentar Pasaporte; o Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional; licencia de conducir expedida por el Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) vigente; o identificación del DMV (California Identification Card). Es importante mencionar que la identificación deberá contener nombre completo tal cual como aparece en su acta de nacimiento mexicana. 

INFORMACION IMPORTANTE

  • NO se aceptan documentos mutilados, rotos, tachados, borrados o que no sean legibles. Tampoco se aceptan las versiones cortas (abstracts) de las actas (nacimiento, matrimonio y/o defunción).
  • Con respecto a los documentos para el visado de traslado de restos (cenizas y/o embalsamamiento), deberá de contactar al Departamento de Registro Civil de esta Representación Consular.
  • Todas las solicitudes están sujetas a revisión de los documentos para su aprobación. En algunos casos podría solicitarse documentación adicional.
  • En caso de errores u omisiones en los documentos presentados, el interesado deberá solicitar primero la corrección ante las autoridades correspondientes.
  • Todas las fotocopias que se presenten deben leerse claramente y en el caso de la identificación, la fotografía y la firma debe verse claramente. No olvide fotocopiar la parte del reverso de la identificación.


Si tiene alguna pregunta adicional, por favor comuníquese al (619) 308-9913