Copias Certificadas de Acta de NacimientoEl acta de nacimiento sirve para acreditar la nacionalidad ante organismos o autoridades públicas que lo soliciten, constando de modo fehaciente junto a los datos personales, la localidad, la provincia y el país de nacimiento El trámite es sencillo. Para realizarlo es necesario:
También es posible obtener el acta de nacimiento en línea, entrando a la siguiente página web: https://www.gob.mx/actas
CONSIDERACIONES IMPORTANTES:
¿Qué hago si en el consulado me dijeron que mi acta no se encuentra en el sistema? La disponibilidad de las actas depende de las bases de datos de los registros civiles en territorio nacional, por lo que el usuario deberá contactar directamente a la oficina de registro civil en México donde se llevó a cabo el acto y solicitar su digitalización. Puede consultar la información completa en el portal del Gobierno de México: Plataforma Nacional del Registro Civil
Requisitos para el registro de las personas nacidas en México sin registro de nacimiento. Primera visita: Sin cita, de lunes a viernes de 2:30 a 4:30 pm únicamente para recepción de documentos. I.- Para el registro de nacimiento de una persona de cualquier edad nacida en territorio nacional que nunca fueron registradas y son hijos de mexicanos (padre, madre o ambos), se requiere presentar el original de los siguientes documentos:
II.- Para el registro del hijo/a de padres o madre extranjera, nacido en México se requiere presentar el original de los documentos antes mencionados, además de pruebas documentales del paso de la madre por México en la fecha del alumbramiento. Por ejemplo, documentos relativos a atención medica recibida en el país o, documentos migratorios. Los documentos oficiales de un país diferente a Estados Unidos o México, deberán venir debidamente legalizados o apostillados, según corresponda. Una vez aprobados los documentos, se agendará una cita. Segunda visita Para llevar a cabo el registro nacimiento, el registrado debe presentar dos testigos, los cuales deberán presentar identificación oficial vigente. No pueden ser abuelos, ni padres de la persona a registrar. Se requiere de la presencia de ambos padres y de la persona a registrar.
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