Consulta los requisitos para obtener tus documentos: 

 

 


 

 

Registro Civil

Servicio a personas mexicanas

Doble Nacionalidad

Acta de Nacimiento

Acta de Matrimonio

Acta de Defunción

Certificado de Supervivencia para pensionistas

Cotejos

Apostilla

Tarifas y formas de pago

 

ACTA DE NACIMIENTO

Acta de nacimiento

Copias Certificadas de Acta de Nacimiento

El acta de nacimiento sirve para acreditar la identidad ante organismos o autoridades públicas que lo soliciten, constando de modo fehaciente junto a los datos personales, la localidad, la provincia y el país de nacimiento

El trámite es sencillo. Para realizarlo es necesario:

  • Presentarse en una Oficina Consular.
  • Llevar una identificación oficial que acredite que es el titular del acta de nacimiento.
  • Proporcionar su Clave Única de Registro de Población (CURP) si cuenta con ella.
  • Llenar la solicitud correspondiente.
  • Cubrir el pago de derechos correspondiente (Consultar tabla de Derechos Consulares)

Nota: En el Consulado no se realizan registros de personas nacidas en México.

También es posible obtener el acta de nacimiento en línea, entrando a la siguiente página web: https://www.gob.mx/actas

 

DOBLE NACIONALIDAD

Doble nacionalidad

Registro de hijos nacidos en el extranjero de padres mexicanos

 

     

 

 

En caso de que:

Los interesados no acepten los preceptos jurídicos mexicanos al registrar a sus hijos y deseen registrarlo conforme al derecho extranjero del acta local, se recomienda entonces que el acta de nacimiento local sea insertada en las oficinas del registro en territorio nacional, previa legalización o apostilla de los documentos y su traducción al español por perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia en México. 


MATRIMONIO

Matrimonio

Ambos contrayentes deben ser mexicanos y mayores de 18 años.

Requisitos (Presentar el original y dos copias los siguientes documentos):

   ➤ Acta de nacimiento en buen estado de cada uno de los contrayentes.

   ➤ Identificación oficial vigente con fotografía, firma y nombre completo de cada uno de los contrayentes.

   ➤ Identificación oficial vigente con fotografía, firma y nombre completo de dos testigos por cada uno de los contrayentes (cuatro en total).

   ➤ Examen médico de cada uno de los contrayentes (SIDA, sífilis y tuberculosis) en caso de estar en idioma inglés, estos deberán ser traducidos al idioma español y notariado.

   ➤En caso de existir un matrimonio anterior, se debe presentar el acta de divorcio o de defunción, según sea el caso.

 

Procedimiento: Llenar la solicitud que se proporciona en el Consulado y entregarla con los documentos anteriores, una vez recibida se le dará una primera cita para que se presenten los contrayentes, testigos y los padres si es necesario para que lean y firmen la solicitud de matrimonio, convenio de sociedad conyugal, cotejo de firmas y la notificación para celebrar el matrimonio.

Se le dará una segunda cita para realizar la ceremonia, en la cual tendrán que acudir las personas que se presentaron en la primera cita.

Las solicitudes se reciben sin cita de  de 2:30pm a 4:30 pm.

Favor de consultar la tabla de Derechos Consulares para confirmar los costos del registro de matrimonio y actas certificadas.

 

 

{/slide}{slide=PERSONAS NACIDAS EN MÉXICO SIN REGISTRO DE NACIMIENTO}

equisitos para el registro de las personas nacidas en México sin registro de nacimiento.

Primera visita:

Sin cita, de lunes a viernes de 8:00am a 1:00 pm y de 2:30 a 4:30 pm únicamente para recepción de documentos.

I.- Para el registro de nacimiento de una persona de cualquier edad nacida en territorio nacional que nunca fueron registradas y son hijos de mexicanos (padre, madre o ambos), se requiere presentar el original de los siguientes documentos:

  1. Certificado de nacimiento emitido por el hospital o clínica de salud donde nació la persona a registrar, o por la partera debidamente registrada, o la constancia de parto o alumbramiento, o prueba de ADN certificado por la institución oficial de salud para comprobar la filiación.
  2. Acta de nacimiento, pasaporte vigente, matrícula consular vigente del padre o madre de nacionalidad mexicana. En caso de que ambos sean mexicanos se deberán presentar las dos actas.
  3. Identificación de la persona a registrar o cualquier tipo de documentación oficial que acredite su identidad.
  4. Identificación oficial vigente de ambos padres.
  5. Certificado de inexistencia emitido por el Registro Civil del Estado de nacimiento.
  6. Comprobante de domicilio a nombre de la persona a registrar.

II.- Para el registro del hijo/a de padres o madre extranjera, nacido en México se requiere presentar el original de los documentos antes mencionados, además de pruebas documentales del paso de la madre por México en la fecha del alumbramiento. Por ejemplo, documentos relativos a atención medica recibida en el país o, documentos migratorios.

Los documentos oficiales de un país diferente a Estados Unidos o México, deberán venir debidamente legalizados o apostillados, según corresponda.

Una vez aprobados los documentos, se agendará una cita.

Segunda visita

Para llevar a cabo el registro nacimiento, el registrado debe presentar dos testigos, los cuales deberán presentar identificación oficial vigente. No pueden ser abuelos, ni padres de la persona a registrar.

Se requiere de la presencia de ambos padres y de la persona a registrar.