INSCRIPCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO EXTRANJERA – 2026

 

A partir del 1 de noviembre de 2025, las oficinas consulares podrán iniciar la expedición de inscripciones de nacimiento efectuados en el extranjero cuando alguno de los padres del interesado es mexicano por nacimiento.

 

Requisitos:

 

Requisitos:
I. Agendar cita al teléfono o WhatsApp (424) 309 0009 desde Estados Unidos (opción: REGISTRO CIVIL), o creando un usuario en línea en citas.sre.gob.mx
II. A la cita se deberá traer llena la solicitud y entregar original de los siguientes documentos:

   1. Acta de nacimiento /birth certificate de la persona que se va a inscribir como mexicana;
   2. Copia por ambos lados de una identificación oficial vigente y reciente, con nombre, firma, fotografía y fecha de nacimiento de la persona haga la inscripción ante el consulado (declarante). - Declarante o personas autorizadas para solicitar la inscripción (mayores de 18 años de edad):

  1. Misma persona a inscribirse.
  2. Progenitores (padre o madre).
  3. Abuelos/Abuelas.
  4. Tíos o sobrinos directos.
  5. Hermanos directos.
  6. Hijos, nietos, bisnietos.     

    3. Comprobar la nacionalidad mexicana de uno de los progenitores (padres), con uno de los siguientes documentos:

  1. Acta de nacimiento mexicana;o
  2. Certificado de nacionalidad mexicana;o
  3. Carta de naturalización mexicana.       

El trámite es GRATUITO. Si desea obtener copias certificadas del acta de nacimiento adicionales deberá comparecer de lunes a viernes, en horario de 8am a 3pm con el comprobante que se le entregó el día de las firmas y pagar los derechos correspondientes ($20 dólares, en efectivo). Se le entrega en el mismo momento.

IMPORTANTE:

  • Ya no es necesario traer a la cita a los menores de 18 años de edad.
  • A la cita siempre deberá compadecer la persona que funja como "declarante" del naciemiento trayendo consigo los documentos mencionados.
  • Los documentos quedan sujetos a revisión y aceptación. Deberán coincidir entre los mismos, encontrarse en buenas condiciones, legibles, no rotos, sin tachaduras y en ciertos casos podrán solicitarse otros adicionales.
  • Cuando el acta del registrado NO sea de Estados Unidos, se requerirá su verificación o apostilla.
  • En caso de que el acta esté en otro idioma diferente a inglés o español se requiere traducción al español.
  • No se aceptan extractos de actas, deberá presentar la versión completa (versión larga / long version). 

Para descargar la solicitud haga click AQUI