Traslado de Restos
Cuando los familiares de una persona que falleció en el exterior, desean que sus restos (cadáver, restos óseos, cenizas, etc.) sean trasladados a México para ser sepultados, deberá obtenerse un Certificado de Tránsito de Cadáver o Certificado de Tránsito de Cenizas.
El trámite se realiza en el Consulado y está exento del pago de derechos.
Requisitos
Un familiar deberá comparecer personalmente de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 horas para el inicio del trámite y según corresponda entregar: Copia certificada del acta de defunción del registrado expedida por autoridades del Condado de Imperial, California, EUA; su respectiva apostilla y una traducción al español.
Permiso de tránsito (de cadáver o cenizas) expedido por autoridades de salud del Condado de Imperial, California, EUA, y una traducción al español.
Certificado de embalsamamiento (o de cremación en casos de cenizas) expedido por autoridades de salud del Condado de Imperial y una traducción al español, o bien, por embalsamador autorizado o certificado por autoridades del Estado de California y una traducción al español, así como fotocopia de la licencia de embalsamar. Llenar la solicitud correspondiente y entregarla junto con una fotocopia (en papel tamaño carta) por ambos lados de cada uno de los documentos. Indicar de manera precisa la ruta o itinerario que recorrerán los restos hasta su destino final en territorio nacional.
IMPORTANTE: Los documentos quedan sujetos a revisión, deberán encontrarse en buenas condiciones, no mutilados o rotos, sin tachaduras ni enmendaduras y en ciertos casos podrán solicitarse otros adicionales. Las fotocopias en papel tamaño carta, claramente legibles no recortadas. Las copias certificadas de Actas del Registro Civil deberán ser de reciente expedición y en versión completa. No se aceptarán extractos. Si se presentan documentos que no sean del Condado de Imperial, California, EUA, deberán acompañarse de sus respectivas apostillas.