REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE NACIMIENTO
DE HIJOS DE MEXICANOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO
(DOBLE NACIONALIDAD)
TRÁMITE DE REGISTRO CIVIL SOLO CON CITA:
Agenda tu cita llamando al 1-(424)-309-0009 o enviando un mensaje de WhatsApp al número +1 424 499 0908
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ATENCIÓN AL PÚBLICO DE LUNES A VIERNES DE 7:00 A 13:00 HORAS
El Registro Civil permite que se registren en el Consulado a las personas nacidas en cualquier país diferente de México y que sean hijos de padres o madres mexicanos.
El registro se efectuará en tres citas:
- Primera cita (revisión de documentos): En la primera cita no se requiere la presencia de todos los interesados, sólo de la persona que mostrará la documentación para el registro de nacimiento, pudiendo ser el padre, la madre o la persona a registrar mayor de edad. Si en esta cita se cumple con la totalidad de los requisitos, el mismo día se le asignará fecha para su segunda cita. Recuerde que cada caso es distinto, por lo que podría necesitar más documentos el día de la primera cita. Recuerde que cada caso es distinto, por lo que podría necesitar más documentos el día de la primera cita.
- Segunda cita (en la que se realiza el registro): En esta cita comparecen todos los interesados (padre o madre y/o ambos, así como la persona a registrar).
- Tercera cita (entrega de la copia certificada del acta): Cualquier persona podrá recoger la copia certificada del acta de nacimiento presentando el “Comprobante de Registro”. El registro de nacimiento al igual que la primera copia certificada, son gratuitos. El costo de las copias adicionales es de $19.00 USD, conforme a la Ley Federal de Derechos vigente.
REQUISITOS
- Acta de nacimiento original de Estados Unidos (no abstract) en buen estado, expedida por el Hall of Records. Los nombres de los padres de la persona a registrar deben ser idénticos en el acta de nacimiento estadounidense a los que aparecen en las actas de nacimiento de los padres mexicanos y las identificaciones de éstos.
- Identificación Oficial vigente de la persona a registrar, que contenga nombre y fecha de nacimiento. Para los menores, la fotografía de la identificación deberá coincidir con las características físicas de la persona a registrar.
- Original de las actas nacimiento de los padres que sean mexicanos. En caso de que éstos sean extranjeros y se hayan naturalizado como mexicanos, deberán presentar Carta de Naturalización Mexicana.
- Si el registro de nacimiento lo realizará la propia persona interesada, deberá presentar original del acta de matrimonio de sus padres, cuya fecha de matrimonio sea anterior (seis meses) a la fecha de nacimiento de la persona a registrar y pasaporte estadounidense.
Si los padres no están casados o se casaron después del nacimiento de la persona a registrar, el padre deberá comparecer a la segunda cita personalmente o por medio de “poder especial” notarial, sin importar si el interesado es menor o mayor de edad, a fin de otorgar su consentimiento para que su nombre y apellidos figuren en el acta de nacimiento de la persona a registrar.
- Identificación oficial vigente con fotografía, nombre completo y firma de cada uno de los padres (si la madre tiene el apellido de casada, presentar acta de matrimonio). Los padres extranjeros comprobarán su nacionalidad e identidad con su pasaporte vigente que incluya su firma (pasaporte de libro).
- Si alguno de los padres falleció, se deberá presentar el acta original de defunció
- Si el padre o madre de nacionalidad mexicana obtuvo la nacionalidad estadounidense por naturalización, deberá mostrar el Certificado de Naturalización. Dicho documento le será devuelto inmediatamente.
Si el padre falleció y no se llevó a cabo el matrimonio de los padres, o el matrimonio fue posterior al nacimiento, el registro no procede en el consulado. Deberá contactar a la oficina del registro civil en México.
IMPORTANTE: Las personas que nacieron en México y nunca fueron registradas, podrán acudir al Consulado en horario de atención al público para solicitar información para la obtención del acta de nacimiento.
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