DECLARATORIA DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO

Se expedirá a los mexicanos que adquirieron otra nacionalidad antes del 20 DE MARZO DE 1998 y deseen recuperar la nacionalidad mexicana.

NOTA: Las personas que adquirieron la nacionalidad de otro país DESPUÉS DEL 20 DE MARZO DE 1998, AUTOMÁTICAMENTE CONSERVAN LA NACIONALIDAD MEXICANA, por lo que NO ES NECESARIO SOLICITAR ESTE TRÁMITE.

 

R E Q U I S I T O S

Realizar cita previamente, llamando al número de teléfono: (213) 351 - 6800 Ext. 2204, de LUNES A VIERNES en un horario de atención de  7:00 AM – 10:00 AM, o enviando un correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Las citas para acudir al Consulado se asignarán para LOS DÍAS MARTES Ó JUEVES, de 7:00 AM a 10:00 AM.

 

  1. Ser mayor de 18 años y estar en pleno goce de sus derechos.


  2. El trámite es personal y se deberán presentar los siguientes documentos en ORIGINAL:

  3. ACTA DE NACIMIENTO MEXICANA, copia certificada del acta de nacimiento mexicana expedida por el Registro Civil.

- Si el ACTA MEXICANA ES EXTEMPORÁNEA, es decir, si su registro fue efectuado después de un año de la fecha de nacimiento, se debe presentar UN documento complementario el cual podrá ser:

 

  • Original de la Fe de Bautismo del interesado cotejada por notario público con los libros del archivo de la parroquia, asentada durante el primer año de su nacimiento.
  • Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por el Registro Civil, si éstos se casaron en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
  • Copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre mexicano(a) del interesado, registrado dentro del primer año de vida.
  • Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano(a) mayor, si nació en territorio nacional y fue registrado durante el primer año de vida. NO SE ACEPTAN MEDIOS HERMANOS.

- Otros aspectos importantes:

  • En caso de CAMBIO DE NOMBRE Y/O APELLIDO, deberá presentar los documentos que lo acrediten.
  • En el caso de UTILIZAR EL APELLIDO DEL CÓNYUGE, deberá presentar el acta de matrimonio, y sí fuera VIUDA EL ACTA DE DEFUNCIÓN.
  • En caso de haber contraído distintos matrimonios deberá de presentar acta de matrimonio y la “Disolución Certificada del vínculo matrimonialPOR CADA CASO (solo mujeres).

 

  1. COPIA CERTIFICADA DEL CERTIFICADO DE NATURALIZACIÓN (también conocida como Forma USCI G-24 / Certification of Documents). Este documento se puede solicitar a la oficina local del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) mediante previa cita en la página Web: INFOPASS: http://www.uscis.gov o al teléfono 1-800-375-5283.

  2. APOSTILLA DE LA COPIA CERTIFICADA DEL CERTIFICADO DE NATURALIZACIÓN (Forma G24), por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América (U.S. Department of State, Authentication Office: 518 23rd St., N.W., SA-1, Washington, D.C. 20520).

    DIRECCIÓN DE ENVÍO:

    U.S. Department of State
    Office of Authentications
    CA/PPT/S/TO/AUT
    44132 Mercure Cir.
    PO Box 1206
    Sterling, VA 20166-1206

    Página oficial del Departamento de Estado sobre los REQUISITOS PARA LA APOSTILLA:
     
    https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html
  1. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE con fotografía y firma.


  2. DOS FOTOGRAFÍAS DE RECIENTE EXPEDICIÓN (NO MAYOR A 6 MESES), A COLOR TAMAÑO PASAPORTE. Características: fondo blanco, de frente, sin lentes, cabeza descubierta, cabello recogido, en caso de mujeres no fleco, oídos descubiertos, varones bigote y barba recortados.


  1. Una vez aprobada su solicitud de Recuperación de Nacionalidad por la Oficina Consular, deberá de realizar el PAGO CORRESPONDIENTE A $23.00 DÓLARES/EE.UU conforme a la Ley Federal de Derechos.


  2. El Oficial Consular, podrá solicitarle documentos complementarios, sí su caso lo amerita.