El pasaporte mexicano es prueba de la nacionalidad mexicana, es un documento internacional de viaje y podrá tener una vigencia de uno (menores de tres años), tres, seis o diez años. Recuerda que para la emisión de pasaportes para menores de edad existen requisitos adicionales; por favor revisar detenidamente. 

 

INFORMACIÓN IMPORTANTE

Requisitos

El Consulado General los espera gustosamente y les solicita amablemente llevar consigo todos los documentos requeridos para facilitar su trámite, consulte los requisitos de acuerdo al tipo de pasaporte a realizar.

Lugar para la realización de trámite: La solicitud de pasaporte se realizará, como hasta ahora, en las oficinas de esta representación ubicadas en 11 King St. West, Suite 350, Toronto, ON. Debe presentarse 5 minutos antes de su cita sin acompañantes, y con una pluma de tinta negra para uso personal. No se permite la entrada a las instalaciones con objetos ajenos al trámite, alimentos, bebidas o mascotas.

Cita: Es importante tomar en cuenta que para presentar su solicitud en el Consulado, es obligatorio realizar una cita a través del nuevo servicio de citas:

 

Por llamada telefónica o a través de WhatsApp al

1 424 309 00 09 (número local en Estados Unidos)

y en la página: https://citas.sre.gob.mx/ 

 

 
Tarifas/Costo: El pago de derechos para la obtención del pasaporte debe realizarse en efectivo y directamente en nuestras oficinas, consulte aquí las tarifas consulares vigentes.

 

Seleccione el tipo de pasaporte a tramitar:

Pasaporte por primera ocasión
 Canje de pasaportes
 Reposición de pasaporte por robo o extravío

 Permiso de viaje a menores (Forma OP7)

 

 

IMPORTANTE:

La Oficina Consular podrá solicitar información adicional cuando los documentos presentados muestren huellas de alteración, mutilación, o se pueda presumir algún posible problema de autenticidad.

Se informa al público que en caso de renovación de pasaporte, cuando NO esté impreso en el mismo el MUNICIPIO del lugar de nacimiento del (la) interesado(a), se deberá presentar el acta de nacimiento para completar los datos generales y poder asentar el municipio en el nuevo pasaporte.

Si su pasaporte anterior se encuentra en trámites migratorios locales, deberá solicitar por escrito a las autoridades respectivas que le faciliten dicho documento. Si no cuenta con la copia certificada de su acta de nacimiento expedida en territorio nacional, puede solicitarla a través de cualquiera de las oficinas consulares de México en el exterior.

Para solicitar cualquier ajuste en los datos principales de su pasaporte --nombre de casada o de soltera por ejemplo-- se deberá entregar copia certificada por el registro civil del acta respectiva (nacimiento, matrimonio, etc.). Las actas expedidas por autoridades extranjeras, distintas a las de Canadá, deberán estar previamente legalizadas o apostilladas. Si el pasaporte a renovar tiene el apellido de casada, en lugar del apellido materno, deberá presentar copia certificada del acta de nacimiento.

 


 

Pasaporte por primera ocasión

Mayores de 18 años

Requisitos:

  1. Acta de nacimiento mexicana (original). 
    1. Se podrá acreditar la nacionalidad mexicana con certificado o declaratoria de nacionalidad mexicana o carta de naturalización.
    2. Si no cuenta con su acta de nacimiento mexicana, puede solicitarla a través de cualquiera de las oficinas consulares de México en el exterior o imprimirla en línea a través de la página  https://www.gob.mx/ActaNacimiento/
  2. Identificación oficial vigente con fotografía, firma y nombre completo como aparece en el acta de nacimiento mexicana. Las identificaciones que se pueden presentar son: Credencial de Elector (IFE o INE), Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, Matrícula Consular de Alta Seguridad, Cédula Profesional o Certificado de estudios (primaria, secundaria, preparatoria), Tarjeta de Residente Permanente en Canadá, Licencia de conducir de Canadá, Ontario Photo Card.
  3. CURP
    • Si no cuenta con su CURP actualizada (con código QR), puede solicitarla e imprimirla en línea a través de la página https://www.gob.mx/curp/
  4. Pago de derechos.
    • El pago se realiza en efectivo el día de su cita

 

 


Menores de 18 años(por primera vez y renovación)
 

  1. Comparecencia personal del menor en el Consuladopara la toma de biométricos (fotografía digital y huellas dactilares).
  2. Acta de nacimiento mexicanao carta de naturalización del menor (originales).
  • Si no cuenta con su acta de nacimiento mexicana, puede solicitarla a través de cualquiera de las oficinas consulares de México en el exterior o imprimirla en línea a través de la página línea e imprimirla https://www.gob.mx/ActaNacimiento/ 
  1. Pasaporte original que se desea renovar o identificación del menor, original, vigente con fotografía con el nombre completo como aparece el acta mexicanao documento probatorio de nacionalidad mexicana.
  •  Pasaporte canadiense, tarjeta de residencia permanente, index letter de la escuela (con fotografía).
  •  Para menores de cuatro años: Carta membretada del pediatra que incluya: Nombre completo; edad; fotografía con sello de la institución médica o firma del médico; nombre, firma y puesto del médico que emite la carta y datos de contacto.
  1. Consentimiento de ambos padres, a través de la firma en el Consulado de la Forma OP-7.
  •  Ambos padres deberán comparecer e identificarse con el original de su pasaporte vigente, credencial de elector o con identificación oficial que contenga fotografía y firma y nombre completo como aparece en el acta de nacimiento o documento probatorio de nacionalidad mexicana del menor. Si uno de los padres o la persona que tiene la patria potestad del menor se encuentra en México o en un país o ciudad distinta, puede acudir a cualquier Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México o a nuestras Embajadas u Oficinas Consulares a tramitar el formato OP7II.
  1. CURP del menor
  • Si no cuenta con su CURP actualizada (con código QR), puede solicitarla e imprimirla en línea a través de la página https://www.gob.mx/curp/
  1. Pago de Derechos
  • El pago se realiza en efectivo en dólares canadienses el día de su cita

 

Notas:

  • Los pasaportes expedidos a niños de más de 3 años de edad podrán tener una vigencia de 3 y 6 años.
  • Los pasaportes expedidos a niños menores de 3 años de edad podrán tener una vigencia de 1 o 3 años.
  • En caso de que el interesado haya sido registrado extemporáneamente (después del primer año de nacido) se requiere presentar documentación complementaria.
  • Si uno de los padres tiene la Patria Potestad, se requiere la sentencia del juez en la que se indique esto claramente. Tener solo la custodia no es suficiente, se requiere la Patria Potestad (Sole Custody)
  • Si uno de los padres ha fallecido, se debe presentar original del acta de defunción. Si el acta fue expedida por un país distinto a México o Canadá, dicho documento deberá estar legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Si usted tiene dudas adicionales puede enviar un correo a documentaciontor02@sre.gob.mx

Si su pasaporte anterior se encuentra en trámite migratorio en Canadá, deberá de solicitar por escrito a las autoridades respectivas que le faciliten dicho documento


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Canje de pasaportes (Renovación de pasaporte)

  1. Comparecencia personal en el Consuladopara la toma de biométricos (fotografía digital y huellas dactilares).
  2. Presentar el pasaporte original que se desea renovar y que no tenga observaciones.
    • En caso de que exista variación en los datos personales, daños o alteraciones en el documento, o que exista diferencia en los rasgos físicos del interesado, se deberá de presentar otra identificación oficial y acta de nacimiento original.
    • En caso de menores de edad, ver la sección correspondiente.
  1. Presentar acta de nacimiento o carta de naturalización (original)
    • Cuando NO esté impreso en el pasaporte el MUNICIPIO del lugar de nacimiento, se deberá presentar el acta de nacimiento para completar los datos generales y poder asentar el municipio en el nuevo pasaporte.

Si no cuenta con su acta de nacimiento puede solicitarla e imprimirla en línea https://www.gob.mx/ActaNacimiento/ 

  1. CURP
    • Si no cuenta con su CURP actualizada (con código QR), puede solicitarla e imprimirla en línea a través de la página https://www.gob.mx/curp/

  1. Pago de derechos.
    • El pago se realiza en efectivo en dólares canadienses el día de su cita

 

Notas:

  • No es necesario presentar fotografías
  • Si la persona solicitante obtuvo otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, deberá presentar Declaración de Nacionalidad Mexicana.
  • Si su pasaporte anterior se encuentra en trámite migratorio en Canadá, deberá de solicitar por escrito a las autoridades respectivas que le faciliten dicho documento

Para solicitar cualquier ajuste en los datos principales de su pasaporte – como el nombre de casada o de soltera – se deberá presentar el acta original respectiva que compruebe el cambio (nacimiento, matrimonio, etc.). Las actas expedidas por autoridades extranjeras, distintas a las de Canadá, deberán estar previamente legalizadas o apostilladas.



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Reposición de pasaportes (robo o extravío)

  1. Comparecencia personal en el Consuladopara la toma de biométricos (fotografía digital y huellas dactilares).
  2. Presentar un reporte detallado de la policía de la circunscripción.
  • Debe acudir a la estación de policía más cercana a su domicilio y pedir un reporte por escrito en físico (si usted vive en Toronto, en la estación de policía solo le van a dar el número de reporte por escrito, con ese número de reporte debe acudir a la oficina central de la Policía de Toronto (Police Headquartes 40 College St. Toronto, On.) ahí va a hacer el pago para que nos envíen el reporte electronicamente (tenga en cuenta que tarda 10 días hábiles en llegarnos dicho reporte). Si vive fuera de Toronto debe solicitar el reporte por escrito ya que no tenemos acceso a la base de datos de la policía y solo el número de reporte no es suficiente.
  1. Presentar todos los documentos requeridos para el pasaporte por primera vez.

Notas:

  • Revisar los requisitos para pasaporte de menores o mayores de edad según sea el caso.
  • Si su pasaporte anterior se encuentra en trámites migratorios locales, deberá solicitar por escrito a las autoridades respectivas   que le faciliten dicho documento.
  • Si el solicitante obtuvo otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, deberá presentar Declaración de Nacionalidad Mexicana.

Si usted tiene dudas adicionales puede enviar un correo a documentaciontor02@sre.gob.mx

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Pasaporte de emergencia

Solo en casos de emergencias comprobadas (médicas, legales, muerte de un familiar directo, etc.) y con documentos comprobatorios en original se podrá expedir un pasaporte “E” de emergencia con una vigencia limitada.

Este tipo de pasaportes está sujeto a previa revisión y autorización por parte de la autoridad consular correspondiente.

Requisitos:

  • Alguna identificación mexicana y acta de nacimiento.
  • Comprobantes de la emergencia en original, firmados y sellados por la institución que los emite (si son certificados médicos deberán tener la cédula médica, nombre completo del doctor, datos de la clínica, etc) 
  • Datos de contacto (teléfono directo) para verificación de los documentos comprobatorios.
  • Entrevista consular: usted va a ser entrevistado minuciosamente por el Cónsul para determinar la veracidad de su caso y determinar si se expide, o no, un pasaporte de emergencia.
  • En caso de que exista duda sobre la veracidad de la emergencia, se tomaran las medidas correspondientes y se expedirá únicamente una "presunción de nacionalidad".

Casos que NO SON una emergencia:

  • Viajes familiares,
  • Vacaciones,
  • Boletos de avión comprados,

Le rogamos siempre verificar la vigencia de sus pasaportes antes de comprar boletos de avión, puesto que esos casos no serán considerados como emergencias. 

Para los casos de personas que no cuentan con pasaporte vigente, pero necesitan viajar a México (por ejemplo, en vuelo sin escalas desde Canadá por Aeroméxico), se puede utilizar el artículo 36 de la Ley de Migración que establece que los mexicanos no podrán ser privados del derecho a ingresar a territorio nacional. Por ello, aunque carezca de pasaporte, usted podrá ingresar a México presentando una credencial del INE, acta de nacimiento, pasaporte vencido, matrícula consular, etc. Contacte a su Aerolínea.

Si su caso es una emergencia, antes de hacer cita le sugerimos enviar su información al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 


 

Permiso de viaje a menores. Forma OP-7

La OP7 es el formato que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.

Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para su menor hijo, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato OP7 para ser enviado a este Consulado General o deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato OP7.

1.-Solicitar una cita:

Enviar un correo electrónico a recepciontor@sre.gob.mx con la siguiente información:

  • Nombre completo de quien autoriza la OP7
  • Número de teléfono para contacto
  • Indicar cuántas OP7 necesita tramitar (Considerando una OP7 por cada menor de edad)

 

2.-Presentarse a su cita con la siguientes documentación:

  • Copia del acta de nacimiento del menor (impresa)
  • Original y copia de su identificación vigente (pasaporte mexicano o INE). Una copia de identificación por cada OP7 a tramitar
  • Pluma tinta negra para llenar su formato

 

Importante:

-La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar la OP7.

-El OP7 tarda en llegar a la oficina de pasaportes que la persona elija entre 5 – 10 días hábiles y tiene una vigencia máxima de 90 días a partir de la fecha de su cita. El trámite es gratuito.

 


 

AVISO SOBRE VIAJE DE MENORES A MEXICO.

 Se informa que el 2 de diciembre de 2013, se publicó el Decreto por el que se reforman las disposiciones del Reglamento de la Ley de Migración, relativas al viaje a México de menores de 18 años y que entran en vigor el 24 de enero de 2014:

 a)   NO REQUIEREN de autorización o carta de consentimiento de sus padres o tutores los menores extranjeros (menores de 18 años) que ingresen y salgan de México solos o con terceros mayores de edad (abuelo, tíos, etc.) como visitantes (turistas o con estancias cortas de estudio hasta 180 días). La autoridad migratoria mexicana permitirá la salida de territorio nacional a estos menores con la presentación de sus pasaportes vigentes.

 

b)   SI REQUIEREN AUTORIZACIÓN o carta de consentimiento de sus padres o tutores los menores de edad (menores de 18 años) que salgan de México y que viajen solos o acompañados por una tercera persona mayor de edad distinta a los padres o a quien ejerza la patria potestad o la tutela (abuelos, tíos, hermanos, otros) en los casos siguientes: 

  • Mexicanos que radican en el país;
  • Mexicanos que radican en el extranjero;
  • Extranjeros con doble nacionalidad (una de ellas mexicana);
  • Extranjeros con residencia temporal, temporal estudiante o permanente en México;

 

Requisitos:

Al momento de salir de México en el filtro de Migración del INAMI se deberá presentar además del pasaporte vigente de los menores, el formato autorizado por el INAMI (gratuito), mediante el cual ambos padres o tutores o quienes ejerzan la patria potestad, autorizan la salida de los menores de edad de territorio nacional; o bien, carta autorización/consentimiento otorgada ante notario público o emitido por autoridad facultada para ello.

En caso de optar por el formato autorizado por el INAMI, se deberá ingresar a la siguiente página para llenarlo de manera electrónica: www.inami.gob.mx

Dicho formato deberá de ser impreso y firmado por triplicado y se deberá incluir a cada uno la siguiente documentación: 

  • Copia del pasaporte o documento de identidad y viaje de la niña, niño o adolescente o persona bajo tutela jurídica,
  • Copia del pasaporte de la persona quien ejerce la patria potestad o la tutela y otorga el permiso,
  • Copia del acta de nacimiento del menor y,
  • Copia del pasaporte de la persona con quien salga el menor.

Los menores en los supuestos antes citados que viajen con uno de los padres NO requerirán de dicha autorización.

En caso de optar por la carta autorización/consentimiento otorgada en Canadá, deberá estar traducida al español, autenticada por el Gobierno canadiense y legalizada por el Consulado o la Embajada de México en Canadá.

 

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