1). Realizar CITA, el día lunes a las 13:00 hr. para el departamento de REGISTRO CIVIL vía telefónica al número 1(424)309-0009 o por TEXTO vía WhatsApp.


2). La representación Consular, solo podrá registrar como MEXICANOS POR NACIMIENTO a:
*Nacido en el extranjero, hijo de padres mexicanos, o de padre o madre mexicanos.
*Nacido en el extranjero, hijos de padre y / o madre mexicano(s) por naturalización cuando el nacimiento en el exterior ocurrió en fecha posterior a la naturalización del padre y / o de la madre.
*Los nacidos en territorio nacional , hijos de padres mexicanos o extranjeros que NO hayan sido registrados en México . En estos casos se requiere que los padres acudan al Consulado General a una entrevista.


3). Recepción de documentos en Ventanilla de REGISTRO CIVIL. Se presentará solamente el padre, la madre, o el interesado mayor de edad, para la entrega de los siguientes DOCUMENTOS ORIGINALES, no se aceptan copias:
Formato de SOLICITUD DE REGISTRO DE NACIMIENTO, debidamente llena en todos los campos. Usar pluma de tinta negra o azul.
ACTA de NACIMIENTO local, original, en su formato tamaño carta (Long form birth certificate). Es el acta de nacimiento donde se indica la hora de nacimiento y la nacionalidad del padre y de la madre.
Si la persona a registrar nació en otro país diferente a los Estados Unidos de América, deberá presentar el certificado de nacimiento, APOSTILLADO por la autoridad correspondiente, del país donde nació.
ACTA DE NACIMIENTO MEXICANA en original de ambos padres, o de padre o madre mexicanos.
IDENTIFICACIÓN, CON FOTOGRAFÍA original del padre y madre de la persona a registrar en caso de que sea menor de edad.
Si la persona a registrar es mayor de edad (18 años), deberá presentar una IDENTIFICACIÓN OFICIAL con fotografía en original, así como su PASAPORTE EXTRANJERO vigente o LICENCIA DE MANEJAR con foto vigente.


4). Si toda la documentación está completa y correcta, SE AGENDARÁ UNA SEGUNDA CITA para realizar el registro; en esta ocasión si el registrado es menor de edad, deberán presentarse ambos padres,
o al menos uno de ellos.


5). El registro de nacimiento NO CAUSA COBRO DE DERECHOS y la PRIMER ACTA ES GRATUITAlas COPIAS CERTIFICADAS ADICIONALES tendrán un costo de $19.00 (diecinueve dólares americanos)
cada una.

 

---- FORMATO DE SOLICITUD DE REGISTRO DE NACIMIENTO ---

 

CONSULADO GENERAL DE MÉXICO EN AUSTIN, TX. 

5202 E. BEN WHITE BLVD. SUITE 150, AUSTIN, TX 78741 TELÉFONO (512)478-2866 EXT. 110 (SOLO INFORMACIÓN, NO CITAS)

Departamento de Comunidades

 

Contacto IMME    Ventanilla de Salud    Ventanilla de Orientación Educativa
         
Ventanilla de Asesoría Financiera   Vinculación Comunitaria   Cultural
         
Economía    Tarjeta de Financiera del Bienestar     

   

Departamento de Documentación

 

Tarifas Consulares    Requisitos para Nacionalidad Mexicana   Copias Certificadas de Actas de Nacimiento  
         
 Requisitos para Contraer Matrimonio     Pasaporte Mexicano     Matrícula Consular   
         
   

 

 Departamento de Protección

 

Conoce y Ejerce tus Derechos    Poder Notarial    Testamento 
         
         
         

 
 
 
   

 

 

 

 

 

 

Las acciones de protección y asistencia consular están encaminadas a proteger los derechos de nuestros connacionales sin importar su situación migratoria y orientarlos en su relación con las autoridades locales, a fin de evitar que sean víctimas de abuso, maltrato y/o discriminación. El Departamento de Protección actúa con estricto apego a la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y el derecho internacional aplicable a la materia, siempre respetuoso de la legislación local.

 

Los funcionarios consulares están capacitados para ofrecer asesoría y orientación legal principalmente sobre los ámbitos penal, migratorio, laboral, civil y administrativo. Asimismo, se cuenta con acuerdos con abogados especializados y con organizaciones legales que coadyuvan en la labor del Departamento de Protección para asesorar y orientar a los mexicanos que lo requieran.

 

A fin de que una persona pueda beneficiarse de la protección y asistencia consular se deben cumplir los siguientes requisitos:

  •  Que la persona sea de nacionalidad mexicana.
  •  Que el connacional solicite la asistencia y la protección consular.

 Para requerir los servicios del Departamento de Protección es necesario que el interesado o algún familiar se presente en las oficinas del Consulado, sin necesidad de hacer cita, en un horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M., o bien puede comunicarse al teléfono 512-478-2866 ext. 119, 109, 108, 106 o 105.

Para emergencias está a disposición el número 512-922-7906 los siete días de la semana.

 

LO QUE PUEDE HACER EL CONSULADO

LO QUE NO PUEDE HACER EL CONSULADO

  • Orientar a los nacionales mexicanos en su   trato con las autoridades extranjeras
  • Brindar asesoría jurídica
  • Informar sobre sus derechos y obligaciones  frente a la   Ley de la localidad donde reside.
  • Visitar a los mexicanos que se encuentran   detenidos, presos, hospitalizados o en        alguna otra situación de vulnerabilidad,     para conocer sus necesidades y actuar en  consecuencia.
  • En caso de que requiera asistencia médica, proporcionarle información sobre médicos y hospitales a los que puede recurrir, además de avisar a sus familiares.

 

  • Liberar a personas detenidas por algún delito o infracción o pedir que se le dé un trato distinto al de los ciudadanos estadounidenses.
  • Cubrir el costo de procesos legales que        enfrenten ciudadanos mexicanos.
  • Responsabilizarse por el pago de deudas o multas de un ciudadano mexicano
  • Responsabilizarse por el pago de medicinas o servicios hospitalarios de un ciudadano mexicano.
  • Regularizar la situación migratoria de          nacionales mexicanos
  • Conseguir trabajo o alojamientos

 

En el ámbito penal, el Departamento de Protección brinda orientación y asesoría a connacionales que se encuentran enfrentando un proceso penal, así como a sus familiares. Entre las acciones que el Departamento de Protección puede realizar en favor de los connacionales se encuentran:

 

  • Orientación en caso de detención por autoridades: Si eres detenido por autoridades judiciales recuerda que tienes derechos sin importar tu situación migratoria.

 

  • Asesoría y orientación a personas detenidas por autoridades penales o migratorias y a sus familiares. Personal del Departamento de Protección asesora y orienta a mexicanos en centros de detención y a sus familiares, sobre el proceso legal que enfrentan así como sobre su situación física en la prisión en la que están detenidos, con objeto de cerciorarse de que en todo momento se respete la integridad y los derechos de las personas.

 

  • Visitas a connacionales detenidos. Personal del Departamento de Protección realiza visitas periódicas a los centros de detención dentro de la circunscripción a fin de entrevistar a los connacionales detenidos, asistirlos en sus necesidades y vigilar que sus derechos sean respetados.

 

  • Traslado de reos a México. Las personas mexicanas que cumplen su sentencia en Estados Unidos y que cumplen ciertos requisitos, pueden solicitar su transferencia a una prisión en México para concluir con el tiempo que se les dictaminó. La aceptación de estas solicitudes depende tanto de la autorización del Gobierno de México como del Gobierno de Estados Unidos. En caso de presos estatales, también se deberá contar con la autorización del gobierno estatal.

 

IMPORTANTE:

 

 Si eres detenido por alguna autoridad recuerda que:

 

1)     Tienes derecho a guardar silencio. Si te detienen no estás obligado a contestar ninguna pregunta, excepto dar tu nombre y dirección y mostrar alguna identificación, si te lo piden, ya que todo lo que digas podrá ser usado en tu contra.

 2)    Tienes derecho a tener un abogado presente mientras te interrogan, aún si no tienes dinero para pagarlo, se te deberá asignar un abogado de oficio.

 3)    Tienes derecho a que notifiquen a tu Consulado, a fin de que el Departamento de Protección esté en posibilidad de brindarte la asistencia y orientación que requieras.

 4) No firmar ningún documento que no entiendas, sobre todo si está en inglés, sin el consejo de tu abogado o asistencia del Consulado.

 Para mayor información contáctenos en:

 (512) 478-2866 ext. 109

Teléfono Línea de Emergencia (512) 922-7906- Sólo para emergencias.

 También puedes acudir al Consulado de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. (no se requiere cita).

 

 El Departamento de Protección brinda asesoría y orientación en distintos temas del ámbito migratorio, entre los que se incluyen:

  •  Orientación en casos de detención migratoria. Personal del Departamento de Protección realiza visitas a centros de detención migratoria a fin de brindar asistencia a los mexicanos que se encuentran detenidos así como a sus familiares.
  •  Orientación a connacionales que enfrentan algún proceso de deportación.
  •  Asesoría migratoria en general. Personal del Departamento de protección puede brindar asesoría sobre temas de actualidad migratoria, cambio de estatus, peticiones familiares, entre otros.
  •  Asistencia en trámites de DACA (Acción Diferida para los Llegados en la infancia). El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) continuará procesando solicitudes de renovación de DACA. USCIS no está recibiendo solicitudes de personas que nunca han tenido DACA. 
  • Apoyo en la solicitud de permisos de internación por razones humanitarias. Los permisos humanitarios se solicitan para familiares en México de personas en  Estados Unidos que se encuentran en una situación médica urgente  o en un estado de emergencia y que requieren venir a EU por un periodo corto de tiempo.

 

IMPORTANTE:

Las leyes migratorias cambiam constantemente, por lo que es importante que te mantengas actualizado e informado sobre los programas y leyes vigentes para saber si puedes beneficiarte de alguno y evitar ser víctima de fraudes. Acércate al Consulado para manterte informado.

Para mayor información contáctenos en:

 
(512) 478-2866 ext. 105, 106 y 109

 Teléfono Línea de Emergencia (512) 922-7906- Sólo para emergencias.

 También puedes acudir al Consulado de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. (no se requiere cita).

 

 Es importante que sepas que todos los trabajadores en Estados Unidos tienen derechos, sin importar su situación migratoria. Entre ellos se encuentran recibir el salario mínimo que actualmente es de $7.25 USD por hora y si trabajas más de cuarenta horas  a la semana, tienes derecho a que se te pague el tiempo extra por 1.5 veces el salario mínimo por hora extra. Si tu patrón no te paga de acuerdo a lo anterior, acude al Consulado ¡Te podemos ayudar!

  •  Orientación en casos de salarios no pagados
  •  Asistencia en casos de accidentes laborales
  •  Información sobre los derechos de los trabajadores en Texas

 

 IMPORTANTE

 - Recuerda que es importante siempre tener la información de contacto de la persona o empresa que te contrata (nombre completo, dirección de la empresa/patrón, dirección donde se realizó el trabajo).

 

-Si te pagan por hora,  es recomendable que lleves por escrito una bitácora con las horas trabajadas así como la cuenta de los pagos recibidos.

 

-De esta manera será más sencillo hacer un reclamo si tu empleador te adeuda salarios.

 

Para mayor información contáctenos en:

 (512) 478-2866 ext. 106

 Teléfono Línea de Emergencia (512) 922-7906- Sólo para emergencias.

 También puedes acudir al Consulado de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. (no se requiere cita).

 

 El Departamento de Protección puede brindar asesoría y orientación en cuestiones de derecho civil y familiar, entre los que destacan los siguientes temas:

  •  Orientación en casos de reclamos civiles y demandas por indemnización.
  •  Casos de custodia de menores
  •  Orientación en divorcios
  •  Asistencia en casos  de pensiones alimenticias
  •  Asistencia a víctimas de violencia doméstica (asistencia para el trámite de la visa U y visa VAWA)

IMPORTANTE

Si una persona es víctima de violencia doméstica o fue víctima de algún crimen violento, es importante que haga la denuncia a la policía, sin importar su situación migratoria. También acude al Consulado para informarte de los programas disponibles para atención a víctimas.

 

Para mayor información contáctenos en:

 (512) 478-2866 ext. 105, 108 y 109

 Teléfono Línea de Emergencia (512) 922-7906- Sólo para emergencias.

 

También puedes acudir al Consulado de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. (no se requiere cita).

 

 El Departamento de Protección realiza distintas acciones a favor de los connacionales en el ámbito administrativo, entre los que destacan:

  • Asistencia en localización de connacionales. El Departamento de Protección asiste a los connacionales que buscan a sus familiares con quienes perdieron contacto en los Estados Unidos o en su intento por cruzar la frontera. Es importante que la asistencia la soliciten los familiares directos y que cuenten con toda la información referente a la última vez que se supo de la persona que se busca.
  • Recuperación de pertenencias. El Consulado asiste a los connacionales en recuperar sus pertenencias que son retenidas por autoridades migratorias cuando son detenidas en su intento por cruzar la frontera a fin de hacerlas llegar a sus familiares ya sea en México o en Estados Unidos. Es importante que la solicitud la haga la persona detenida lo más pronto posible después de su arresto, ya que las autoridades migratorias únicamente resguardan las propiedades por un plazo de 30 días, al término de los cuales, si los objetos no fueron reclamados, son destruidos.
  • Repatriación de personas vulnerables. El Departamento de Protección asiste a personas en situación de vulnerabilidad (por ejemplo niños no acompañados, mujeres embarazadas o adultos mayores) a regresar a Territorio Nacional, si así es su deseo.
  • Repatriación de pacientes. El Consulado apoya a pacientes mexicanos que desean regresar a México, con objeto de continuar su tratamiento médico en territorio nacional. Es importante señalar que el paciente tiene que estar de acuerdo en regresar y debe contar con el apoyo de sus familiares en México. La repatriación de pacientes a territorio nacional se realiza en coordinación con las instituciones de salud en México, por lo que es importante tener en cuenta que el proceso tarda en completarse un mínimo aproximado de dos semanas. Lo anterior a fin de estar en posibilidad de realizar una repatriación segura y digna para nuestros connacionales.
  • Repatriación de restos a México. El Departamento de Protección ofrece apoyo cuando un connacional fallece en Estados Unidos y sus familiares desean repatriar sus restos a territorio nacional.

 

IMPORTANTE

A fin de estar en posibilidad de brindar apoyo en este tipo de casos es necesario que el interesado compruebe ser de nacionalidad mexicana, por lo que es indispensable presentar un documento de nacionalidad al momento de hacer la solicitud (acta de nacimiento, pasaporte, cartilla militar, credencial de elector, entre otros).

 

Para mayor información contáctenos en:

 (512) 478-2866 ext. 105 y 106

 Teléfono Línea de Emergencia (512) 922-7906- Sólo para emergencias.

 También puedes acudir al Consulado de lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. (no se requiere cita).

 

 

 

 

 

 

Cónsul General de México en Austin

El Cónsul General Carlos González Gutiérrez fue  nombrado por el presidente de la República Enrique Peña Nieto, y  ratificado por el Senado, para fungir como Cónsul General de México en Austin, Texas, con jurisdicción en 23 condados de este estado.
El Cónsul General González es Licenciado en Relaciones Internacionales, egresado de El Colegio de México y también posee una maestría en Relaciones Internacionales otorgada por la Universidad del Sur de California.
Es miembro del  Servicio Exterior Mexicano desde 1987 y ha ocupado los siguientes puestos, tanto en México como en el exterior:
Cónsul de Asuntos Comunitarios en el Consulado General de México en Los Ángeles, Ca., (1989-1995).
Director de Asuntos Comunitarios del Programa para las Comunidades Mexicanas en el Extranjero de la Secretaría de Relaciones Exteriores, (1995-1999).
Consejero para Asuntos Latinos de la Embajada de México en los Estados Unidos de América (1999-2003).
Director Ejecutivo del Instituto de los Mexicanos en el Exterior (2003-2009).

Cónsul General de México en Sacramento (2009-2015).



Es autor de varios artículos sobre las relaciones de México con las poblaciones de origen mexicano en Estados Unidos.
El Cónsul General González está casado con la señora Alina Flores y tienen dos hijas: Marina y Camila.

 

Seguirlo en su cuenta de Twitter: @carlos_glezgtez

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AVISO: Nuevos espacios de citas para la expedición de pasaportes, se encontrarán disponibles todos los jueves a partir de las 12 P.M. a través del sistema de citas MiConsulado.

MiConsulado teléfono: 1-424-309-0009

MiConsulado WhatsApp: 1-424-309-0009

MiConsulado sitio electrónico: citas.sre.gob.mx

 

La matrícula consular es un documento que expiden las Oficinas Consulares que certifica la nacionalidad e identidad de una persona y que hace constar que se encuentra registrado como mexicano en el exterior.

La matrícula consular sirve para identificarse ante algunas instituciones estadounidenses y ante cualquier autoridad mexicana.

La expedición de la matrícula consular se rige por el Reglamento de Matrícula Consular, publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2005. 

EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ

Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener matrícula consular, cumpliendo con los siguientes requisitos.

1. Comparecer personalmente ante este Consulado General con cita previamente agendada a través del servicio de atención telefónica 1-424-309-0009, vía WhatsApp 1-424-309-0009 o en la página web citas.sre.gob.mx.
2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:

· Acta de nacimiento.

· Certificado de nacionalidad mexicana.

· Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.

· Carta de naturalización.

· Pasaporte mexicano.

3. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que está acreditando su nacionalidad:

· Pasaporte mexicano.

· Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral vigente.

· Cartilla o Precartilla de identidad del Servicio Militar Nacional.

· Cédula profesional.

· Título profesional.

· Certificado de nacionalidad mexicana.

· Declaratoria de nacionalidad mexicana.

· Carta de naturalización.

· Licencia de conducir Mexicana con medidas de seguridad.

· Licencia de conducir de Estados Unidos de América.

· Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América.

· Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América.

· Certificado de Primaria o Secundaria con fotografía y sello oficial.

· Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial.

· Credencial del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución mexicana.

4. Presentar en ORIGINAL, algún comprobante de domicilio que esté a su nombre. Este comprobante debe indicar todos los datos de la dirección donde radica, es decir, número y nombre de la calle, número interior, ciudad y código postal.

5. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

  • Vigencia de 5 años - $40.00 dólares.

¿Qué pasa si no tengo ningún comprobante de domicilio a mi nombre?

Usted puede pedirle a algún conocido que le mande una carta a través del correo a su domicilio y presentar dicha carta como comprobante de domicilio.

¿Qué pasa si en mi identificación aparece el apellido de mi cónyuge?

Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de casada, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

De igual manera si desea que en su matrícula consular aparezca el apellido del esposo, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

Se recuerda que en la matrícula consular se asienta el nombre o nombres, apellidos paterno y materno de la interesada. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial de la matrícula.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal del Consulado llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

RENOVACIÓN

Para la renovación o canje de matrícula consular, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Comparecer personalmente ante este Consulado General con cita previamente agendada a través del servicio de atención telefónica 1-424-309-0009, vía WhatsApp 1-424-309-0009 o en la página web citas.sre.gob.mx.

2. Presentar matrícula para renovar

3. Presentar comprobante de domicilio si la persona se cambió de lugar de residencia y la dirección que aparece en su matrícula consular a renovar ya no es donde vive.

4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de derechos

  • Vigencia de 5 años - $40.00 dólares. 

¿Qué pasa si no encuentro mi matrícula consular anterior o me lo robaron?

En estos casos usted deberá llenar un formato que le será proporcionado en el Consulado donde asentará las circunstancias que dieron origen a la pérdida de su matrícula consular.

Sin este formato, el sistema no permite la expedición de una matrícula consular nueva.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal del Consulado llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

MENORES DE EDAD

Se entiende por menor de edad, la persona aún no ha cumplido los dieciocho años y que no haya contraído matrimonio.

Para la expedición de matrícula consular a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:

1. Comparecer personalmente en compañía de la persona menor de edad ante este Consulado General con cita previamente agendada a través del servicio de atención telefónica 1-424-309-0009, vía WhatsApp 1-424-309-0009 o en la página web citas.sre.gob.mx.

2. Acreditar la nacionalidad mexicana del menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos: 

· Acta de nacimiento.

· Certificado de nacionalidad mexicana.

· Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.

· Carta de naturalización.

· Pasaporte mexicano vigente.

3. Acreditar la identidad del menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos: 

·Pasaporte mexicano vigente.

· Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana.

· Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana.

· Credencial de estudiante emitida por la institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía del menor.

· Constancia de grado de estudios que cursa debidamente sellado por la institución educativa y con fotografía del menor.

· Identificación oficial emitida por autoridad de Estados Unidos de América.

· Tarjeta de Residencia de Estados Unidos de América.

· Para menores de 7 años, presentar constancia con fotografía y sello de una institución médica o de un médico particular del lugar donde radica el menor.

4. Otorgar el consentimiento de ambos padres a través de la firma del formato de autorización que se le proporcionará en el Consulado General. 

5. Presentar identificación oficial vigente, con fotografía y firma de ambos padres y donde los nombres asentados en las identificaciones coincidan fielmente con el nombre que aparece en el acta de nacimiento del menor de edad. 

6. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

  •  Vigencia de 5 años - $40.00 dólares. 

¿Qué pasa si uno de los padres no se encuentra en Austin y no puede firmar el formato de autorización?

Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de matrícula consular para su menor hijo, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México y llenar el formato correspondiente para ser enviado a este Consulado General o deberán acudir al Consulado mexicano que le corresponda si vive en el extranjero, para llenar el formato de autorización.

¿Si soy la madre/padre del menor y estoy divorciada/o y tengo la guardia y custodia de mi hijo, puedo sacarle su matrícula consular sin el consentimiento de su padre/madre?

No. La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle la matrícula sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar el formato de autorización.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el trámite de la matrícula consular y de autorización para menores de edad?

Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos dos formatos. Corresponde al personal del Consulado llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

VIGENCIA

Todas las matrículas consulares tienen una vigencia de cinco años a partir de día de su expedición.

TIEMPO DE ENTREGA

Una vez que usted acude a su cita en el Consulado General y cumple con todos los requisitos, el pasaporte es entregado el mismo día de su cita. La totalidad del trámite es de dos horas (tiempo sujeto a cambios).

¿Qué pasa si al entregarme mi matrícula consular, detecto que hay un error en los datos?

Antes de enviar la matrícula consular a imprimir, el sistema arroja un comprobante de datos que el personal del Consulado le debe de entregar para que usted lo revise cuidadosamente. Si al revisarlo detecta un error, éste se puede corregir. Sin embargo, una vez que la matrícula consular es impresa y entregada al interesado, ya no se puede corregir, por lo que usted tendrá que volver a realizar el trámite pagando los derechos de un nuevo documento.

** Estimado usuario, antes de acudir al Consulado General, asegurate de contar con todos los requisitos. Tu colaboración es muy importante para brindarte un servicio eficiente **