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 Las citas para Registro Civil se habilitan los días lunes a partir de mediodía. 

Una vez aprobada la solicitud, personal del Consulado General de México en Austin le agendará la segunda cita, para llevar a cabo el registro de matrimonio.

 

El Registro Civil tiene por objeto hacer constar los hechos y actos del estado civil de las personas.

Los Titulares de las Representaciones Diplomáticas y Consulares, quienes actúan en su calidad de Juez del Registro Civil, tienen la facultad de levantar actos de Registro Civil de nacimiento, matrimonio y defunción, así como de expedir copias certificadas de los mismos.

Estos actos surten efecto jurídico pleno en territorio nacional sin necesidad de legalización o apostilla, ni de inscripción alguna ante autoridad en la República Mexicana.

REQUISITOS:

Para la entrega SOLAMENTE DOCUMENTOS ORIGINALES, se requiere realizar una primera cita a través del sistema MiConsulado. La pareja debe de entregar en el Consulado General de México en Austin, ubicado en 5202 E Ben White Blvd. Austin, TX 78741, los siguientes DOCUMENTOS ORIGINALES:

  • Presentar la solicitud debidamente llenada en todos sus campos. Esta solicitud debe ser llenada por los pretendientes, los testigos y en caso de menores de edad, por la persona o personas que otorguen su consentimiento.
  • Presentar original de actas de nacimiento de los contrayentes.
  • Presentar original de las Identificaciones oficiales vigentes, con fotografía y firma, de los contrayentes. (Pasaporte mexicano, Matricula consular y credencial para votar).
  • Presentar original de las Identificaciones oficiales vigentes de los cuatro testigos mayores de edad (Pasaporte Mexicano, Credencial para votar, Matricula Consular, Pasaporte extranjero, Licencia o identificación de Estados Unidos).
  • Presentar certificados médicos prenupciales de los contrayentes, mismos que deberán estar firmado por un doctor titulado que asegure, bajo protesta de decir verdad, que los contrayentes no padecen sífilis, tuberculosis ni enfermedad alguna que sea crónica, incurable, contagiosa o hereditaria.
  • Ser mayores de edad. Se entiende como personas mayores de edad aquellas que hayan cumplido los 18 años al momento del matrimonio. Para los menores de edad (los hombres de 16 años y las mujeres de 14 años), sólo podrán contraer matrimonio con el consentimiento del padre o de la madre si viviesen ambos o del que sobreviva. Dicho consentimiento debe otorgarse por escrito.
  • Presentar las capitulaciones matrimoniales. Las capitulaciones se refieren al convenio que los pretendientes deberán celebrar con relación a sus bienes presentes y a los que adquieran durante el matrimonio. En el convenio se expresará si el matrimonio se contrae bajo el régimen de sociedad conyugal o bajo el régimen de separación de bienes.
    • Sociedad conyugal: es el régimen patrimonial que abarca todos los bienes muebles e inmuebles, así como los productos de los mismos, que los consortes lleven al matrimonio o adquieran durante su vida matrimonial, incluyendo el producto del trabajo.
    • Separación de bienes: cada cónyuge conservará la exclusiva administración y propiedad de los bienes que lleva al matrimonio y que adquiera en el futuro, así como sus frutos y beneficios.
  • Si alguno de los contrayentes es viudo, se requerirá copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido. En caso de que alguno de los contrayentes hubiese estado casado anteriormente, entregar copia certificada del acta de divorcio o de nulidad de matrimonio.
  • Pago de derechos: el costo del trámite del matrimonio asciende a $60.00 dólares. Por su parte, cada copia certificada del acta de matrimonio tiene un costo de $19.00 dólares, mismas que serán entregadas a los dos días hábiles siguientes a la celebración del matrimonio.

Una vez recibida la solicitud, con su respectivo convenio de capitulaciones y una vez cumplidos todos los requisitos, el Cónsul General solicitará que ante él se reconozcan, por separado, las firmas de los pretendientes. Asimismo, los testigos ratificarán, bajo protesta de decir verdad, sus declaraciones sobre la inexistencia de impedimento alguno que invalide el acto. Posteriormente se fijará el día y la hora para la celebración del matrimonio. Durante este acto deberán estar presentes los contrayentes y dos testigos por cada uno, además de aquellas personas que dieron su consentimiento en caso de que los contrayentes sean menores de edad.