| SB 2-C |
Control migratorio
La SB 2C implementa medidas para reforzar la aplicación de las leyes de inmigración en el estado. Entre sus disposiciones más destacadas se incluyen:
- Se considera un delito grave que cualquier persona indocumentada en EUA vote en una elección.
- El Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados tiene prohibido emitir licencias de conducir o identificaciones a inmigrantes indocumentados.
- Requiere que los fiscales estatales busquen penas más severas para ciertos individuos clasificados como “delincuentes peligrosos sin estatus legal”.
- Se establece la Junta Estatal de Aplicación de Inmigración dentro del Departamento de Aplicación de la Ley de Florida para coordinar esfuerzos con agencias federales y locales en asuntos migratorios.
- Se crea un programa dentro de la División de Manejo de Emergencias para facilitar el traslado de inmigrantes sin estatus regular.
- Creación del Programa de Fondos para el Control Migratorio Local con retribuciones para agencias locales de orden público que colaboren en tareas de control migratorio.
- Cancela el financiamiento de colegiaturas de educación superior (college in-state tuition) para residentes del estado que no puedan demostrar estatus migratorio regular.
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Vigente desde 13 de febrero 2025
Firmada por el gobernador Ron DeSantis
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Múltiples organizaciones de la sociedad civil especializadas han señalado que esta ley genera conflictos constitucionales y se espera que pudieran presentarse demandas.
- Si eres mexicana o mexicano que visita o reside en Florida, conoce y ejerce tus derechos.
- Si tienes alguna duda sobre la inscripción a instituciones de educación, acude a tu consulado para buscar orientación.
- No tienes que consentir cateos ilegales de tu propiedad o vehículo sin una orden judicial.
- Tienes derecho a un/a abogado/a si enfrentas acusaciones penales.
- Tienes el derecho a contactar a tu consulado si eres arrestado. Se te brindará protección y orientación sobre tu proceso judicial.
- Tienes el derecho a permanecer callado/a, sin contestar preguntas sobre tu situación migratoria o como entraste a Florida.
- Si no estás bajo arresto, no necesitas proporcionar información.
- Si no estás manejando, no necesitas enseñar identificación ni documentos.
- No muestres tu pasaporte extranjero a una autoridad policiaca si el documento no demuestra que entraste documentadamente por un puerto de entrada con la forma I-94.
- Como no es requerido, el riesgo de enseñar documentos extranjeros puede pesar más que el beneficio y resultar arrestado.
- En caso de ser detenido/a, solicita tu derecho a ser comunicado/a con tu abogado/a.
- Memoriza números de teléfono importantes: abogados/as (en materia penal y en materia migratoria) y de familiares.
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