• Disposición por estados
  • Disposiciones Federales
  • Acuerdos 287(g)
  • Búsqueda Avanzada
    • Estado
      • Alabama
      • Alaska
      • Arizona
      • Arkansas
      • California
      • Carolina del Norte
      • Carolina del Sur
      • Colorado
      • Connecticut
      • Dakota del Norte
      • Dakota del Sur
      • Delaware
      • Florida
      • Georgia
      • Hawái
      • Idaho
      • Illinois
      • Indiana
      • Iowa
      • Kansas
      • Kentucky
      • Luisiana
      • Maine
      • Maryland
      • Massachusetts
      • Michigan
      • Minnesota
      • Misisipi
      • Missouri
      • Montana
      • Nebraska
      • Nevada
      • Nueva Jersey
      • Nueva York
      • Nuevo Hampshire
      • Nuevo México
      • Ohio
      • Oklahoma
      • Oregón
      • Pensilvania
      • Rhode Island
      • Tennessee
      • Texas
      • Utah
      • Vermont
      • Virginia
      • Virginia Occidental
      • Washington
      • Wisconsin
      • Wyoming
    • Estatus
      • Anulada por vía judicial
      • En vigor
      • Suspendida parcialmente por vía judicial
      • Suspendida provisionalmente por vía judicial
    • Año de promulgación
      • 2023
      • 2024
      • 2025
    • Fecha de entrada en vigor
      • 01/10/25
      • 01/06/25
      • 04/08/25
      • 01/12/24
      • 01/06/24
      • 01/10/24
      • 07/02/25
      • 01/08/25
      • 28/08/25
      • 24/01/25
      • 05/11/25
      • 01/07/24
      • 13/05/25
      • 12/02/25
      • 01/01/26
      • 13/02/25
      • 29/01/25
      • 01/05/24
      • 01/11/24
      • 01/07/23
      • 05/03/24
      • 18/02/25
      • 07/05/25
      • 27/03/25
      • 01/07/26
      • 12/03/25
      • 28/01/25
      • 01/07/25
      • 08/10/25
      • 28/05/24
    • Ámbito y características
      • Control fronterizo
      • Control migratorio
      • Coordinación estatal/federal
      • Detención
      • Educación
      • Empleo
      • Endurecimiento de penas
      • Servicios médicos
      • Tipificación de delitos
      • Transporte
      • Trato discriminatorio

Disposiciones Federales

  • Laken Riley Act
  • Órdenes Ejecutivas con impacto para México o a los Mexicanos

Laken Riley Act

Laken Riley Act
Legislación/
iniciativa/
procedimiento
Ámbito y características Estatus al día de hoy Recomendaciones y recursos
Laken Riley Act S. 5 (119 Congreso)
  • DHS tendrá las facultades para detener a cualquier inmigrante arrestado o acusado de delitos como robo o agresión a un agente de policía, así como por delitos que dejen muertos o heridos.

  • Autoriza a los fiscales generales de los estados a acudir ante jueces federales para solicitar órdenes judiciales que obliguen al poder ejecutivo a llevar a cabo acciones específicas de control migratorio o restricciones específicas sobre expedición de visas y documentos de viaje.

  • Las organizaciones civiles defensoras de los derechos migrantes advierten los riesgos altos de perfilamiento racial e impunidad, además de un gasto operativo alto: $26 mil millones de dólares anuales.

Entrada en vigor: 29 de enero 2025

  • La Ley Laken Riley fue aprobada por la Cámara de Representantes de Estados Unidos el 7 de enero de 2025, con una votación de 264 a favor y 159 en contra. Posteriormente, el Senado la aprobó el 20 de enero de 2025 con una votación de 64 a 35, recibiendo apoyo bipartidista.

  • Fue firmada por el presidente Trump el 29 de enero de 2025.

  • Mantente en todo momento informado/a sobre tus derechos.

  • Conoce la legislación local y procura cumplir con todas las leyes y ordenamientos.

  • Medidas antiinmigrantes como la anunciada por el gobierno federal no justifican que seas víctima de discriminación, perfilamiento racial o detenciones arbitrarias

  • No estás solo/a. Tu consulado y organizaciones aliadas están dispuestas a orientarte y apoyarte

Órdenes Ejecutivas con impacto para México o a los Mexicanos

Órdenes Ejecutivas con impacto para México o los mexicanos

Título

Ámbito y características

Demandas o litigios en contra

Recomendaciones y recursos

Declaración de emergencia en la frontera sur de los Estados Unidos

  • Declara una emergencia nacional en la frontera sur de EE. UU. argumentando la existencia de una “invasión” en curso, lo que permite utilizar recursos militares para acciones de control migratorio.

  • Ordena al Departamento de Defensa a apoyar al Departamento de Seguridad Interna (DHS) en actividades para tomar control operativo de la frontera sur, incluyendo proveer espacios de detención, transporte y demás apoyo logístico para acciones de control migratorio.

  • Ordena la construcción de barreras físicas adicionales en la frontera sur.

  • Elimina restricciones para que DHS pueda desplegar drones a 5 millas de la frontera.

  • Ordena que se impida y niegue la entrada de extranjeros que intenten cruzar desde la frontera sur.

 
  • En caso de ser detenida/o, solicita tu derecho a ser comunicada/o con tu Consulado de México.

  • Memoriza números de teléfono importantes: abogados/as (en materia penal y en materia migratoria) y de familiares.

  • Procura recordar colores y letreros de vehículos de oficiales realizando el arresto, incluso nombres o descripciones de autoridades de aprehensión, con la finalidad de reportar posibles discriminaciones o abusos de poder en el proceso; desde el arresto, la detención, así como en la futura deportación.

  • En caso de violaciones a tus derechos humanos durante tu detención o encarcelamiento, contacta a tu Consulado de México para ser atendido y/o interponer la queja correspondiente.

Asegurando nuestra frontera

 
  • Elimina vías temporales para la migración regular (“CBP One”, “CHNV”) y reinstaura MPP, que obliga a solicitantes de ingreso permanecer en México mientras se resuelve su petición.

  • También busca criminalizar sin mayor claridad a quienes faciliten el ingreso y la presencia de migrantes indocumentados y busca ampliar el uso de Acuerdos de Tercer País Seguro.

 
  • Evita cruzar la frontera de manera irregular: En ninguna circunstancia se recomienda intentar cruzar la frontera entre los puertos de entrada debidamente establecidos. Las autoridades de los Estados Unidos han reforzado las medidas de seguridad, lo que incrementa significativamente los riesgos, tanto legales como físicos. Podrías enfrentar detención inmediata, procesos legales severos y riesgos a tu integridad física.

  • No confíes en personas que prometan trasladarte ilegalmente: Evita caer en fraudes de traficantes de personas que ofrecen cruzarte a los Estados Unidos de forma irregular. Estas prácticas no solo son peligrosas, sino que también podrían poner en peligro tu vida y la de tus acompañantes, exponiéndolos a extorsión, violencia o abandono en condiciones extremas.

  • Consulta opciones legales para tu ingreso: Algunas plataformas y mecanismos previamente establecidos, como CBP One, ya no están vigentes. Por ello, infórmate sobre los procesos legales actuales para ingresar a los Estados Unidos. Acércate a las instituciones oficiales del Gobierno de México o a organizaciones de apoyo a migrantes para recibir orientación confiable, y evita exponerte a riesgos innecesarios.

 

Protegiendo al pueblo americano contra la invasión

  • Amplía mecanismos de control migratorio de rápido efecto (remoción expedita, salidas voluntarias) que no requieren la adjudicación de casos ante cortes migratorias.
  • Restringe el acceso a fondos federales para jurisdicciones “santuario” y para agencias que prestan beneficios a migrantes irregulares.

  • Restringe vías de ingreso temporal (TPS y parole).

  • Impone multas y requisitos para disuadir la migración irregular.

 
 
  • Si tienes alguna duda sobre tu condición migratoria, o sobre alguna ley estadounidense que pudiera afectar tus derechos, acércate a tu consulado para solicitar orientación o un diagnóstico migratorio.
  • En caso de ser detenida/o, solicita tu derecho a ser comunicada/o con tu Consulado de México.

  • Memoriza números de teléfono importantes: abogados/as (en materia penal y en materia migratoria) y de familiares.

  • Procura recordar colores y letreros de vehículos de oficiales realizando el arresto, incluso nombres o descripciones de autoridades de aprehensión, con la finalidad de reportar posibles discriminaciones o abusos de poder en el proceso; desde el arresto, la detención, así como en la futura deportación.

  • En caso de violaciones a tus derechos humanos durante tu detención o encarcelamiento, contacta a tu Consulado de México para ser atendido y/o interponer la queja correspondiente.

 

Restituir la pena de muerte y protección de la seguridad pública

  • Pone fin a la moratoria en las ejecuciones federales, instaurada en julio de 2021 por el entonces Fiscal General, Merrick B. Garland.
  • Instruye al Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) a perseguir la pena capital federal en contra de aquellos crímenes severos que demanden su aplicación, así como aquellos cometidos por personas en situación migratoria indocumentada.

  • Alienta a los fiscales generales estatales y a los fiscales de distrito a imputar cargos penales capitales en todos aquellos crímenes punibles con dicha condena.

  • Instruye al DOJ a tomar todas las medidas legales necesarias para asegurarse de que, cada estado que practique la pena capital cuente con suficientes suministros de medicamentos suficientes para llevar a cabo ejecuciones vía inyección letal.

  • Alienta a los fiscales generales estatales y a los fiscales de distrito para que, en concordancia con las disposiciones federales, adopten políticas y prácticas que permitan perseguir la sentencia máxima en contra de aquellos crímenes que demanden su aplicación.

 
 
  • En caso de detención por cargos penales, tienes derecho a contactar al Consulado de México para recibir la asistencia y protección consular correspondiente.

  • Tienes derecho a mantener silencio y a únicamente dialogar con tu abogado defensor sobre las circunstancias acontecidas previo a tu detención por las autoridades.

  • La Secretaría de Relaciones Exteriores, a través del Programa de Asistencia Jurídica a Casos de Pena Capital en Estados Unidos (MCLAP) identifica aquellos casos de personas mexicanas que pudieran verse perjudicadas por dicha medida.