Indiana

Consulados en el estado de Indiana

Legislación/
iniciativa/
procedimiento
Ámbito y características Estatus al día de hoy Recomendaciones y recursos

Orden Ejecutiva 25-29

Autoriza a las agencias estatales de Indiana para que apoyen las políticas federales de inmigración.

Realizar funciones de agentes migratorios en la investigación, detención y aprehensión de individuos que se encuentren en el país de manera indocumentada.

Indica que todas las agencias de procuración de justicia del estado deberán reportar al Centro de Fusión de Inteligencia de Indiana (IIFC), evidencia creíble de individuos con estatus irregular y que además:

  • Cuenten con historial criminal o sean sospechosos de haber cometido un delito;
  • Sean sospechosos de realizar actividades terroristas, espionaje, o espionaje industrial
  • Presenten una amenaza a la seguridad nacional.

La OE 25-29 también contiene las siguientes instrucciones:

  • Al Departamento de Seguridad Interior de Indiana, a registrar y atender las solicitudes del gobierno federal relacionadas con migración indocumentada y a dar una respuesta coordinada a nivel estatal ·
  • A la Guardia Nacional de Indiana, a cooperar en las peticiones en materia migratoria realizadas por el Departamento estatal de Seguridad Interior de Indiana, incluyendo poner a su disposición instalaciones, personal o recursos solicitados. ·
  • Al Departamento de Administración de Indiana, a evaluar, en una primera etapa, el uso del programa E-Verify entre las entidades que ofrecen servicios al estado de Indiana y, en una segunda etapa, a modificar los contratos de proveedores de servicios al estado para que sea incorporada la obligación del uso de E-Verify antes del 1 de abril de 2025.

 

En vigor desde el 28 de enero 2025

Promulgada por el gobernador de Indiana, Mike Braun

 
  • Procura conocer y cumplir todas las leyes y ordenamientos locales.
  • No tienes que consentir cateos ilegales de tu propiedad o vehículo sin una orden judicial.
  • Tienes derecho a un/a abogado/a si enfrentas acusaciones penales.
  • Tienes el derecho a permanecer callado/a, sin contestar preguntas sobre tu situación migratoria o como entraste a Indiana.
  • Si eres arrestado/a solo tienes que proporcionar: nombre, domicilio y fecha de nacimiento.
  • Si no estás bajo arresto, no necesitas proporcionar información.
  • Si no estás manejando, no necesitas enseñar identificación ni documentos.
  • Como no es requerido, el riesgo de enseñar documentos extranjeros puede pesar más que el beneficio y resultar arrestado.
  • Si se te otorgó algún tipo de beneficio migratorio, debes llevar la documentación probatoria.
  • En caso de ser detenido/a, solicita tu derecho a ser comunicado/a con tu abogado/a.
  • Memoriza números de teléfono importantes: abogados/as (en materia penal y en materia migratoria) y de familiares.
  • No firmes una orden de regresar a México sin hablar con un/a abogado/a.