OP7 (Pasaporte para menores de edad)
Formato El permiso OP7 deberá ser completado por ambos padres, o las personas facultadas para otorgar el consentimiento (quienes ejercen la patria potestad o tutela) de los menores de 18 años. Así mismo deberán presentar una identificación oficial. NOTA: Si alguno se identifica con un documento donde aparezca el apellido del cónyuge, debe presentar el acta de matrimonio original y una copia tamaño carta por ambos lados.
CONSIDERE LOS SIGUIENTES PUNTOS
Si alguno de los padres o personas facultadas para otorgar el consentimiento al menor: -Falleció, se debe presentar el acta de defunción y una copia tamaño carta. -Se encuentra en México, debe acudir a la oficina de emisión de pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio para otorgar su autorización al menor, mediante el permiso OP7. -Reside en otro estado dentro de Estados Unidos, debe acudir al Consulado de México más cercano a su domicilio para otorgar su autorización al menor mediante el permiso OP7. -Se encuentra desaparecido, usted puede solicitar asesoría sobre la patria potestad del menor en el departamento de protección del Consulado de México.
REQUISITOS:
1. Acta de nacimiento original del menor y una copia tamaño carta.
2. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, de los padres o las personas que ejercen la patria potestad o tutela del menor. Usted puede presentar cualquiera de los siguientes en original y una copia tamaño carta (ambos lados en la misma hoja) por cada menor. -Pasaporte mexicano o de su país de origen (en caso de ser extranjero) -Matrícula consular -Credencial para votar con fotografía (IFE) -Cartilla del Servicio Militar Nacional (liberada)
3. Clave Única de Registro de Población (CURP), del que otorga el permiso, el padre, madre o la persona que ejercen la patria potestad o tutela del menor, en original y una copia tamaño carta.
4. Clave Única de Registro de Población (CURP), del menor o menores, en original y una copia tamaño carta por cada menor.
NOTA: El nombre en la identificación presentada deberá coincidir sin excepción alguna, exactamente con el nombre del padre o la madre tal como aparece en el acta de nacimiento del menor, nombre completo sin abreviaciones u omisiones de nombres o apellidos, y deberán estar en el orden correcto.
VIGENCIA
El permiso OP7 deberá hacerse válido dentro de los 90 días naturales posteriores a la manifestación de la voluntad.
CASOS ESPECIALES:
a) La declaración expresa del trámite que se autoriza realizar; y b) La vigencia del pasaporte, en términos del artículo 28 del presente Reglamento.
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Servicios a personas mexicanas |
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PASAPORTE
Doble Nacionalidad: Registro de nacimiento de hijos de mexicanos nacidos en el extranjero Doble nacionalidad / Declaratoria de nacionalidad por nacimiento Requisitos para la expedición de Actas de Nacimiento por Reconocimiento de Identidad de Género Certificado de Supervivencia para pensionistas Constancia de Datos Registrales y Constancia de Antecedentes Penales |
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