REGISTRO DE NACIMIENTO


La Sección Consular de la Embajada de México en Francia podrá registrar como mexicanos por nacimiento a personas: 

  • Nacidas en el extranjero, hija de padre o madre mexicano(a) nacido(a) en territorio nacional o en el extranjero.
  • Nacidas en el extranjero, hija de padre o madre mexicano (a) por naturalización. 


REQUISITOS:
 

1.  Solicitud de Registro de nacimiento (solicitud). Favor de llenar todos los rubros en letra clara, incluyendo códigos postales de todos los domicilios requeridos. 


2.  Comprobante de nacionalidad mexicana del padre y/o de la madre de la persona a registrar. Se pueden presentar los siguientes documentos probatorios de nacionalidad mexicana: 

  • Acta de nacimiento original; o 
  • Certificado de nacionalidad mexicana;o
  • Carta de naturalización 

 Nota: No se requiere una fecha de expedición particular para las actas de nacimiento, siempre y cuando se encuentren en buen estado y legibles. 

 

3.  Identificación oficial vigente de la persona a registrar (menor de edad o adulto). Se puede presentar uno de los siguientes documentos:

  • Pasaporte francés (o de otro país) vigente en el que aparezcan los apellidos paterno y materno, tal como quedarán asentados en el acta de nacimiento mexicana;
  • Carta nacional de identidad francesa vigente en la que aparezcan los apellidos paterno y materno, tal como quedarán asentados en el acta de nacimiento mexicana;
  • Tratándose de menores de edad o adultos que no cuentan con identificación oficial con ambos apellidos, tal como quedarían en el acta de nacimiento mexicana, se debe de presentar una constancia, en papel membretado, (ver ejemplo) expedida y firmada por su pediatra (menores de 7 años), por el director de la institución en donde esté escolarizado (de 7-18 años) o por el empleador (adultos) la cual debe de contar con los siguientes elementos:

a.  Foto reciente cancelada con el sello oficial del médico, escuela o empleador, es decir, que tome parte de la foto y del papel sin tapar la cara;
b.  Nombres y apellidos paterno y materno, tal como quedarán asentados los apellidos en el acta de nacimiento mexicana;
c.  Fecha y lugar de nacimiento;
d.  Traducción libre al español de la constancia (no se requiere un traductor oficial, éstas pueden ser elaboradas por los interesados).

Nota: De conformidad al Derecho Consuetudinario que prevalece en el ámbito jurídico de México, la estructura de los apellidos se establece tomando el apellido paterno de los progenitores, en el entendido de que el apellido paterno es el que se traslada para acreditar la filiación de los ascendientes, asentando el apellido paterno tanto del padre como de la madre. En cuanto al orden de los apellidos el registro se sujetará al Código Civil federal mexicano, se asienta primero el apellido paterno, seguido del apellido materno. 

 

4.  Copia certificada integral del acta de nacimiento de la persona a registrar otorgada por la autoridad del país en donde nació (no se aceptan los extractos de actas).

Nota: Si el acta de nacimiento integral no fue expedida por autoridades francesas, deberá presentarse apostillada o legalizada (según corresponda) por la autoridad competente del país en donde nació la persona.


5.  Si el acta de nacimiento integral fue expedida en francés o en otro idioma (excepto inglés), se debe de presentar una traducción al español elaborada por un traductor oficial en Francia. 

Nota: Se sugiere solicitar una lista de traductores oficiales ante su Alcaldía (Mairie). No se aceptan actas de nacimiento plurilingües. 


6.  Identificación oficial vigente de los padres de la persona a registrar. 

El padre o madre de nacionalidad mexicana deberá presentar uno de los siguientes documentos: 

  • Pasaporte mexicano vigente, o
  • Credencial de elector vigente.

El padre o la madre de nacionalidad extranjera, deberá presentar: 

  • Pasaporte extranjero vigente, o 
  • Carta nacional de identidad vigente.

Nota: En caso de que la identificación de la madre contenga el apellido de casada, deberá remitir el acta de nacimiento y documento de identidad oficial vigente en los que aparezca el nombre con los apellidos de soltera. 


7.  Copia certificada integral del acta de matrimonio de los padres de la persona a registrar, en caso de estar casados (no se aceptan extractos de actas).

Nota: Si se presenta únicamente la madre (o un adulto) de nacionalidad mexicana para el registro de un menor, sin el padre, es necesario que la madre (o el adulto registrado) presenten un acta de matrimonio en el que esté asentado que los padres del registrado contrajeron matrimonio al menos 180 días antes de su nacimiento, o bien un poder notarial ante notario público mexicano en el que el padre autorice que se lleve a cabo el registro con su apellido. De no estar presente el padre y no cumplirse éstos requisitos, el registro no podrá tener lugar. 

Si la madre de nacionalidad mexicana se presenta sola, sin el padre, o un adulto se presenta por sí mismo, sin el padre, el acta de matrimonio deberá presentarse traducida por un traductor oficial. Si el matrimonio de los padres tuvo lugar en otro país que no sea México o Francia, será necesario que el acta de matrimonio se presente apostillada o legalizada (según corresponda) por la autoridad competente del país en donde  el acta fue expedida.

 

8.  Si los padres de la persona a registrar no están casados, se debe de enviar copia del 'Livret de Famille' (únicamente de la página en donde aparece la información del padre o madre extranjero). No requiere ser traducido. En caso de no contar con el 'Livret de Famille', se debe de hacer llegar una copia del acta de nacimiento del padre o madre de nacionalidad extranjera. No requiere ser traducida. 

Nota: Si los padres de la persona a registrar no están casados y en su acta de nacimiento extranjera figura el padre, es obligatorio que el padre comparezca el día del registro.

 

9.  Si alguno de los padres del registrado ya falleció, se deberá enviar el acta de defunción correspondiente. De proceder el registro, posteriormente el servicio de registro civil le indicará si ésta requiere ser traducida y/o apostillada.


10.  Proporcionar identificaciones oficiales vigentes de dos testigos mayores de edad. No es necesario que tengan relación familiar con el registrado, tampoco importa su nacionalidad. Sin embargo, si un testigo es de nacionalidad mexicana, éste deberá presentar identificación oficial mexicana vigente, como puede ser:

  • Pasaporte; o
  • Credencial de elector; o
  • Carta nacional de identidad.

 Nota: Los pasaportes y otras identificaciones oficiales no requieren ser traducidas. 

 

PROCEDIMIENTO: 

1.  Enviar por correo electrónico al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. el formulario de solicitud debidamente requisitado y una sola copia de todos los documentos arriba citados. El archivo adjunto debe ser digitalizado en formato PDF y todas las copias deben ser perfectamente legibles.

Una vez que se reciba la documentación se procederá a su revisión y hasta que el expediente se integre completamente, el servicio de registro civil tomará contacto con los interesados al teléfono que proporcionen en el formulario, a fin de fijar una fecha para el registro. Los registros tienen lugar exclusivamente en París de lunes a viernes por la mañana. 

El día de la cita, es necesario:

  • La comparecencia de la persona a registrar (menor o adulto);
  • La comparecencia del padre y la madre de la persona a registrar (salvo se cumpla lo requerido en el punto 7 );
  • Presencia de los dos testigos con las mismas identificaciones presentadas previamente, y dos copias de cada identificación;
  • Presentar todos los documentos que se enviaron previamente, en original y con dos copias de cada uno de ellos, incluyendo las traducciones. 

Nota: Poner especial atención a que el día de la cita se presenten las actas en original y no se trate de copias a color. En el caso de la copia certificada del acta de nacimiento y del acta de matrimonio, se solicita atentamente asegurarse de presentar las mismas que fueron enviadas y traducidas. Poner atención en la fecha de expedición y funcionario que firmó las actas.

 

ESPECIFICACIONES PARA LAS COPIAS: 

  • Actas: Las copias deben de ser claras, en formato A4, sólo en recto y sin aumento de dimensiones. En el caso de que el acta de nacimiento o matrimonio no salga completa en una sola hoja de formato A4, se sugiere reducir la dimensión de la copia para que salgan todos los elementos del documento (incluyendo los folios) en una sola hoja. No se aceptarán fotografías.
  • Pasaportes: en la copia debe de aparecer la foto y firma del titular bien visible y legible.
  • Otras identificaciones: Se requiere copia del recto y verso de la misma y que aparezcan en la misma página. También debe de aparecer foto y firma del titular.

 

Nota: El registro de nacimiento es un trámite gratuito. Se entregará a los interesados un comprobante del registro y una (1) copia certificada gratuita. Si se desea obtener copias certificadas adicionales del acta de nacimiento, podrá solicitarlas el mismo día en que se lleve a cabo el registro, pagando los derechos consulares vigentes en el mes de la expedición (ver tarifas consulares). El pago se debe de hacer con tarjeta bancaria francesa.