GUÍA DE RECURSOS PARA PERSONAS INDOCUMENTADAS EN SAN DIEGO CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19

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SALUD:

  • El Departamento de Ciudadanía y Servicios Migratorios (USCIS) confirmó que la regla de Carga Pública no restringe acceso a pruebas, exámenes o tratamiento de enfermedades transmisibles, incluyendo COVID-19. https://www.uscis.gov/es/tarjeta-verde/carga-publica
  • Visitas médicas sin seguro médico para individuos indocumentados. Esto incluye cuidados en salas de emergencia, clínicas comunitarias y migratorias, clínicas gratuitas, y hospitales públicos. Si un individuo no tiene doctor, puede hablar a un centro de salud local comunitario para recibir asistencia. 
  • En el siguiente enlace se encuentra un directorio para encontrar un centro de salud: https://findahealthcenter.hrsa.gov/
  • La campaña “Protecting Immigrant Families” del National Immigration Law Center (NILC) explica los derechos de las personas indocumentadas en materia de acceso a la salud: https://protectingimmigrantfamilies.org/know-your-rights/
  • La Ventanilla de Salud del Consulado General de México en San Diego, opera vía telefónica para consultas urgentes en el número +1 619 308 9964 o vía correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)

APOYOS ECONÓMICOS:

  • El San Diego Immigrant Relief Fund ha lanzado un fondo de ayuda por hasta $500 USD para inmigrantes que viven en el condado de San Diego y que han perdido total o parcialmente sus ingresos debido a la pandemia. Los individuos elegibles deben residir en el condado de San Diego haber experimentado una pérdida de ingresos. Se dará preferencia a individuos que no califiquen para otros recursos o asistencia. Para solicitar el apoyo se debe visitar: https://www.immigrantsandiego.org/fondo_de_ayuda_para_inmigrantes_de_sdirc
  • United Way of San Diego Countyha lanzado la “Iniciativa de Asistencia al Trabajador”. Este programa ayuda a trabajadores de bajo recursos a realizar sus pagos de servicios públicos en caso de haber perdido su empleo o haber sufrido una reducción de ingresos desde el 1 de marzo de 2020 debido al coronavirus. Para más información y para solicitar el apoyo se debe visitar: https://uwsd.org/covid19/.
  • One Fair Wage Emergency Fund ofrece asistencia gratuita en efectivo a los trabajadores de restaurantes, repartidores y otros trabajadores que necesitan ayuda durante esta crisis. Los fondos serán distribuidos a trabajadores en la medida en que haya fondos disponibles. Para solicitar el apoyo se debe visitar: https://ofwemergencyfund.org/ayuda
  • Para fondos adicionales disponibles a trabajadores indocumentados en California se debe visitar: https://legalaidatwork.org/sin-categorizar/relief-funds/?lang=es

APOYOS EN ESPECIE:

DESALOJOS:

  • El Consejo de la Ciudad de San Diego (San Diego City Council) adoptó una ley el 25 de marzo de 2020 que prohíbe temporalmente los desalojos por falta de pago de la renta debido a los efectos financieros de COVID-19. La ley de la Ciudad de San Diego se puede encontrar en línea en: https://docs.sandiego.gov/council_reso_ordinance/rao2020/O-21177.pdf
  • Un arrendador no puede desalojar a un inquilino si:
    • El inquilino no puede pagar el alquiler debido a los impactos financieros relacionados con COVID-19.
    • El inquilino proporciona un aviso por escrito (mensaje de texto o el correo electrónico están bien) al arrendador el día de vencimiento del alquiler o antes.
    • El inquilino proporciona documentos o información verificable al arrendador dentro de una semana de la notificación por escrito para mostrar el impacto financiero de COVID-19.
  • Si el inquilino no proporciona los documentos o la información requeridos en el tiempo indicado, el propietario puede tomar medidas de ejecución.
  • Si un inquilino se muda mientras la prohibición temporal de los desalojos está vigente, todos los alquileres adeudados se deben al arrendador, a menos que el contrato de arrendamiento indique que se manejará de manera diferente.
  • Los inquilinos tienen hasta seis meses a partir del 25 de marzo de 2020 para pagar todos los alquileres impagos. El arrendador aún puede solicitar el alquiler al inquilino, pero no puede desalojarlo ni cobrarle un recargo.
  • La prohibición temporal de los desalojos está vigente hasta el 31 de mayo de 2020. Si el inquilino sigue sin poder pagar el alquiler debido a COVID-19 después del 31 de mayo de 2020, el inquilino debe, cada mes, proporcionar avisos y documentación de los impactos financieros de COVID-19 al propietario. En ningún caso esta opción estará disponible para el inquilino después del 25 de septiembre de 2020.
  • Puede encontrar un modelo de carta al propietario en: https://www.sdhc.org/wp-content/uploads/2020/03/COVID-Letter_FINAL_Spanish_pdf
  • Además de la orden ejecutiva del gobernador de California, Gavin Newsom, el condado de San Diego (únicamente para áreas no incorporadas) y las ciudades de Chula Vista, Imperial Beach, Oceanside, San Marcos y San Diego han aprobado moratorias de desalojo residencial y comercial. No hay instrucciones para verificar el estatus migratorio de quienes lo soliciten. El proceso incluye una carta del afectado al rentista explicando el motivo por el cual no puede pagar la renta ese mes siempre y cuando esté relacionado con el brote del COVID-19 (pérdida de empleo, contagio de la enfermedad, etc) así como un documento probatorio de su situación (carta del empleador, estado de cuenta del banco, recibos médicos por tratamiento de COVID-19, etc.) el cual deberá ser confidencial y de conocimiento únicamente para el rentista.

SERVICIOS BÁSICOS (AGUA, ELECTRICIDAD, OTROS):

  • Algunos operadores de Internet ofrecen acceso gratuito o de costo reducido a Internet para estudiantes y familias de bajos ingresos. Se sugiere contactar directamente al proveedor del servicio. 
  • Los servicios públicos de California, como San Diego Gas & Electric, Sweetwater Authority, y Otay Water District han suspendido la clausura de servicios para quienes no puedan cumplir con sus pagos a tiempo. 

PAGO DE IMPUESTOS:

  • Si usted tiene dudas relevantes a su declaración anual de impuestos ante el Servicio de Impuestos Internos (Internal Reveneu Service o IRS) y requiere información sobre los cambios que esta institución esta implementado debido a la actual pandemia COVID-19, les informamos que el IRS ha establecido una sección especial centrada en los pasos para ayudar a los contribuyentes, empresas y otras personas afectadas por esta pandemia. Favor de ingresar a https://www.irs.gov/es/coronavirus donde el IRS denota las medidas de alivio tributario que está tomando.
  • Ponemos a su disposición los siguientes enlaces del IRS que contienen avisos que pueden ser de su interés:
  1. El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos extendió la fecha de vencimiento para las declaraciones de impuestos federales del 15 de abril al 15 de julio de 2020. https://www.irs.gov/es/newsroom/payment-deadline-extended-to-july-15-2020.
  2. El IRS temporalmente cerró todos los Centros de Ayuda al Contribuyente y descontinuó el servicio personal en todo el país hasta nuevo aviso: https://www.irs.gov/es/newsroom/taxpayer-assistance-center-statement.
  3. Iniciativa de Persona Primero presentada por el IRS donde se suspenden principales programas de cumplimiento para apoyar a aquellos afectados por asuntos derivados del COVID-19.
  4. https://www.irs.gov/es/newsroom/irs-unveils-new-people-first-initiative-covid-19-effort-temporarily-adjusts-suspends-key-compliance-program.
  5. Preguntas y respuestas acerca de plazos de presentación y pago: https://www.irs.gov/es/newsroom/filing-and-payment-deadlines-questions-and-answers.

Otros:

  • La Alianza de Justicia Juvenil para Inmigrantes de California ha desarrollado una página de recursos para personas indocumentadas: https://bit.ly/3bIbTDQ

Se ha difundido ampliamente el número 211 San Diego, base de datos telefónica y en línea (211sandiego.org) que provee información 24/7 sobre servicios disponibles para residentes de San Diego, independientemente de su estatus migratorio.

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