MENAJE DE CASA

MENAJE DE CASA

 

Proceso para el registro en los consulados de connacionales que regresen a México de manera voluntaria y definitiva, para que puedan beneficiarse del Resolutivo del 2 de marzo.

 

Características principales de la medida: 

La medida de facilitación anunciada permite que durante un periodo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del resolutivo (es decir, hasta el 2 de septiembre de 2017), los connacionales en retorno introduzcan al país como parte adicional a su equipaje personal, los electrodomésticos que se describen en el Resolutivo, así como herramientas de trabajo hasta por 5 mil dólares, libre del pago de impuestos. Asimismo, la franquicia para estos connacionales se amplía de las cantidades originales establecidas en Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 (RGCE) hasta un límite de 1000 dólares, es decir, no son adicionales a las cantidades originales de la Regla 3.2.3, las cuales son exclusivas de quien no se registró en la ESM.

Las facilidades aplican para dos casos:

 

1)    Mexicanos deportados por autoridad migratoria. 

En estos casos, el Instituto Nacional de Migración (INAMI) informará a los connacionales cuando arriben a territorio nacional sobre este beneficio, y se les permitirá internar sus pertenencias a posteriori por conducto de un tercero que se encuentre en EUA. Será el mismo INAMI, a través del enlace Somos Mexicanos del estado de la República en el que resida el connacional, el que hará el registro en la ESM para que a partir de ese punto, se proporcionen al connacional las indicaciones específicas de los pasos que deberá seguir. 

2)    Mexicanos que retornen de manera voluntaria y definitiva. 

Para acceder a estas facilidades, los connacionales que deseen realizar un retorno voluntario deberán registrarse en la ESM por medio de los consulados en EUA como beneficiarios. No/no habrá ningún otro punto de registro. 

 

El INAMI ha indicado que concentrará las bases de datos de connacionales en las dos situaciones para que, por su conducto, se informen los registros de beneficiarios al SAT; en este orden de ideas, las autoridades aduaneras verificarán que los connacionales cuenten con el registro respectivo para otorgar las facilidades. La autoridad aduanera no/no dará facilidad alguna a mexicanos que no sean registrados ante la base de datos que creará INAMI (ESM).

 

Lo anterior implica que todos los registros que se lleven a cabo por los consulados, deberán ser, invariablemente, notificados de inmediato al INAMI al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Se considera menaje de casa el constituido por mercancías usadas que comprenden:

El ajuar y bienes muebles de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, tal como ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte, los instrumentos científicos de profesionistas, así como las herramientas de obreros y artesanos, siempre que sean indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio.

La lista de menaje de casa no comprenderá mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales, ni las que puedan ser reguladas bajo el ámbito de la Ley del Registro Federal de Vehículos. No es procedente importar libre de impuestos, vehículos automotores dentro del menaje de casa.

Las Representaciones Consulares podrán certificar la lista de menaje de casa a:

  • Mexicanos que radicaron en el extranjero por un periodo mínimo de seis meses,
  • Extranjeros con condición de estancia de residente permanente para importación en franquicia (definitiva y libre de impuestos)
  • Extranjeros con condición de estancia de residente temporal y residente temporal estudiante para importación temporal.

Para tener derecho a la exención del pago de impuestos al comercio exterior para la importación de los menajes de casa en franquicia, se requiere cumplir indistintamente con los siguientes plazos, para los cuales no hay prórroga:

  1. Que el pasajero traiga o lleve consigo el menaje de casa.
  2. Que el menaje de casa llegue o salga dentro de los tres meses anteriores a la entrada o salida del pasajero.
  3. Que llegue hasta seis meses después de la fecha en que el interesado haya arribado o salido.

Cuando se trate de matrimonios celebrados entre una persona de nacionalidad mexicana y otra extranjera, los solicitantes pueden escoger entre el régimen de repatriado, tomando en consideración la calidad del mexicano o el régimen de importación definitiva o temporal del extranjero.

 

MENAJE DE CASA PARA MEXICANOS

REQUISITOS

1. Presentar uno de los siguientes documentos en original y copia para acreditar su nacionalidad mexicana.

a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por cualquier oficina del registro civil mexicano o por las oficinas consulares mexicanas;
b) Certificado de Nacionalidad mexicana;
c) Carta de Naturalización
d) Pasaporte;
e) Cédula de Identidad Ciudadana
f)  Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad; o
g) Declaratoria de Nacionalidad mexicana por nacimiento.

Se recomendará que el interesado presente pasaporte vigente, que podrá servir también de identificación.

2. Acreditar su identidad, presentando original y copia de alguno de los siguientes documentos con fotografía:

a) Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
b) Pasaporte mexicano;
c) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional;
d) Cédula Profesional;
e) Título Profesional;
f) Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;
g) Certificado de nacionalidad mexicana;
h) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
i)  Carta de naturalización;
j)  Cédula de Identidad Ciudadana;
k) Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad;
l)  Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;
m)  Licencia de manejar extranjera valida en la circunscripción consular;
n)  Identificación oficial extranjera valida en la circunscripción consular.

3. Acreditar con documentos que demuestren, a juicio del funcionario consular, que el interesado estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado por un plazo mínimo de seis meses, por ejemplo:

a) Recibos de pago de salarios o de servicios públicos;
b) Cartas de trabajo;
c) Contrato de arrendamiento;
d) Contrato de trabajo;
e) Estados de cuenta de tarjetas de crédito, de cheques u otra similar;
f)  Licencia de conducir de la circunscripción consular o del país;
g) Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad;
h) Constancias escolares;
i) Carta notariada del propietario del inmueble donde vivió.

4. Lista de menaje de casa firmada por el interesado, por cuadruplicado. Deberá contener una descripción detallada y la cantidad de los bienes que lo integran. Para los artículos electrónicos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. (Cada ejemplar deberá ser firmado de forma autógrafa.)

5. Declaración bajo protesta de decir verdad, en la que se señalará el lugar donde establecerá su residencia en territorio nacional. 

6. Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.

https://consulmex.sre.gob.mx/mcallen/index.php/costos-consulares

 

 

MENAJE PARA EXTRANJEROS

MENAJE DE CASA PARA EXTRANJEROS

 

Existe la posibilidad de que el menaje de casa a extranjeros ingrese al país como importación en franquicia o temporal.

Importación en franquicia.

Los extranjeros con condición de estancia de Residente Permanente  tendrán los mismos derechos y obligaciones que los nacionales mexicanos por tratarse de una importación definitiva o en franquicia libre de impuestos.

El interesado deberá cubrir ante la oficina consular los siguientes requisitos:

  1. Presentar identificación con fotografía vigente y visa mexicana, en la que se establece que ha cumplido con los requisitos para internarse a México o, en su caso, la tarjeta migratoria de residente permanente que le haya sido expedida en territorio nacional por el Instituto Nacional de Migración.  
  2. Señalar el domicilio donde estableció su residencia en el extranjero;
  3. Señalar el lugar en el que establecerá su residencia en territorio nacional
  4. Lista de menaje de casa firmada por el interesado, por cuadruplicado. Deberá contener una descripción detallada y la cantidad de los bienes que lo integran. Para los artículos electrónicos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. (Cada ejemplar deberá ser firmado de forma autógrafa.)
  5. Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.

             https://consulmex.sre.gob.mx/mcallen/index.php/costos-consulares

Importación temporal.

Los extranjeros con la condición de estancia de Residentes Temporales y Residentes Temporales Estudiantes, podrán ingresar a México, al amparo del régimen de importación temporal, un menaje de casa por el plazo que dure su calidad migratoria, incluyendo sus prórrogas, siempre que a su salida las retornen al extranjero.

El interesado deberá cubrir ante la oficina consular los siguientes requisitos:

 

  1. Presentar identificación con fotografía vigente y la visa mexicana en la que se establece que ha cumplido con los requisitos para internarse a México bajo una condición de estancia determinada o, en su caso, la tarjeta migratoria de Residente Temporal o Residente Temporal Estudiante que le haya sido expedida en territorio nacional por el Instituto Nacional de Migración.
  2. Señalar el lugar en el que establecerá su residencia en territorio nacional.
  3. Lista de menaje de casa firmada por el interesado, por cuadruplicado. Deberá contener una descripción detallada y la cantidad de los bienes que lo integran. Para los artículos electrónicos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. (Cada ejemplar deberá ser firmado de forma autógrafa.)
  4. Manifestar por escrito que se obliga al retorno de la mercancía y que, en caso de cambio de domicilio, dará aviso a la autoridad aduanera.
  5. Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.

        https://consulmex.sre.gob.mx/mcallen/index.php/costos-consulares